Victimización secundaria en víctimas de diferentes delitos 2. FACTORES EXPLICATIVOS DE LA VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
allojuResumen29 de Abril de 2017
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TEMA 3
VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
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- CONCEPTO DE VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
- Definición
- Victimización secundaria en víctimas de diferentes delitos 2. FACTORES EXPLICATIVOS DE LA VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
- La cultura y el proceso de socialización
- Aspectos cognitivos y afectivos implicados
- PRINCIPALES CREENCIAS CULTURALES DISTORSIONADAS RESPECTO AL MALTRATO DOMÉSTICO Y SU REFUTACIÓN
- PREVENCIÓN DE LA VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
- En víctimas de maltrato de pareja
- En víctimas de agresiones sexuales
- En víctimas de abuso sexual en la infancia
- En víctimas de terrorismo
- REFERENCIAS
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CONCEPTO DE VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
- Definición
Según Tamarit (2006) la victimización secundaria “constituye un conjunto de coste personales que tiene para la víctima de un hecho delictivo su intervención en el proceso penal en el que éste es objeto de enjuiciamiento”. A partir de esta definición se incluirían los problemas derivados de interrogatorios (policiales, judiciales…), la exploración médico- forense o el contacto con el ofensor en el juicio oral, así como los efectos del tratamiento informativo del suceso por parte de los medios de comunicación.
Según Kühne, la victimización secundaria se refiere a “todas las nuevas agresiones psíquicas que la víctima recibe indefectiblemente tanto durante el periodo de investigación policial como a lo largo del procedimiento judicial (interrogatorio, reconstrucción de los hechos, lentitud y demora de los procesos, asistencia a los juicios, etc. (cit. Baca, 2006).
Victimización secundaria en víctimas de diferentes delitos
Maltrato de pareja
La victimización secundaria se refiere a las distintas formas mediante las cuales una persona, que está siendo maltratada en el contexto familiar, vuelve a ser victimizada cuando recurre a instituciones o profesionales en busca de ayuda (Corsi, 1994). Por otra parte, la victimización secundaria también puede ser ejercida por personas civiles allegadas o no a la víctima, ya que es muy difícil que de la sociedad en general desaparezcan los estereotipos, las ideas y los valores sociales que existen en relación con la violencia doméstica.
A nivel social, existen una serie de mitos y estereotipos -más o menos arraigados en la cultura y en cada persona- que es preciso desacreditar para evitar la victimización secundaria de las mujeres maltratadas. Estas distorsiones representan una realidad sesgada y poco objetiva del fenómeno del maltrato doméstico. Además, impiden que se erradique la lacra social que supone este grave problema social. Asimismo, estas creencias erróneas - asentadas en la mente del ser humano desde hace siglos- son muy difíciles de eliminar. De hecho, no sólo el ciudadano de "a pie" puede estar influenciado
por estos estereotipos y mitos, sino también algunos profesionales que por su trabajo deben atender a víctimas de maltrato doméstico. Existen textos como el titulado “Mujer y refranero” que dan cuenta de múltiples creencias que todavía hoy siguen viciando las relaciones entre hombres y mujeres.
Por otra parte, las instituciones que con mayor frecuencia reciben víctimas de malos tratos domésticos son las comisarías de policía, los tribunales, los hospitales y los gabinetes psicológicos o los consultores privados (Almarcha, 2000). En ocasiones, los profesionales y las instituciones, influidos por los mitos y estereotipos culturales en torno a la violencia familiar, pueden dar respuestas inadecuadas a quienes piden ayuda. Por ejemplo, en los casos de denuncia, la dinámica judicial desempeña un papel importante en las consecuencias emocionales que presentan las víctimas. En concreto, la demora de los juicios, la exposición pública de lo ocurrido, así como en ocasiones la culpabilización de la víctima, contribuyen a la victimización secundaria de las mujeres maltratadas. Otros ejemplos son tener que aguantar burlas, reproches, descalificaciones o incluso comentarios que las responsabilizan del maltrato sufrido, por parte de algunos "profesionales"; en otras ocasiones se minimiza el problema o se intenta disuadir a la víctima de la denuncia, sin haber considerado en profundidad las razones que la llevan a tomar tal decisión. Un ejemplo fue el de una mujer que acudió a una comisaría de policía a denunciar y además de disuadirle de que lo hiciera cuando llegó su pareja agresora les metieron juntos y a solas en una habitación para que “arreglaran sus problemas”. También las leyes vigentes hasta hace unos pocos años en España podían ser claramente objeto de victimización secundaria (por ejemplo, las cuotas multa que debía pagar el agresor redundaban en perjuicio de la economía familiar y del arrepentimiento de la víctima por haber denunciado, o el arresto domiciliario que en ocasiones se realizaba en el propio hogar y con la víctima presente).
Por otra parte, en ocasiones la absolución del maltratador lleva a la mujer a sentirse desprotegida ante la justicia. Otras veces su vida –o, cuando menos, su integridad física y/o psicológica- se ve seriamente amenazada. Igualmente, algunos medios de comunicación -en su desmedido afán de lograr mayores niveles de audiencia- sacan a la luz los casos de maltrato más graves o incluso entrevistan a las víctimas, sin reparar en las consecuencias negativas para ellas (retroceso en la recuperación psicológica, riesgo para la vida de la víctima al ser reconocida por el maltratador y sentirse ofendido públicamente, desesperado en extremo, etc.). En definitiva, las intervenciones erróneas de diferentes profesionales e instituciones tienden a agravar el dolor moral en la víctima, además de poner con frecuencia en peligro su integridad física y psicológica.
Agresiones sexuales
La dinámica judicial desempeña un papel importante en relación con las consecuencias emocionales sufridas por las víctimas. El maltrato institucional, en el caso de que lo haya, o un trato inadecuado, pueden contribuir a agravar el daño psicológico de la víctima o a cronificar las secuelas psicopatológicas (Echeburúa y Guerricaechevarría, 2006). En cambio una actuación judicial eficiente resulta fundamental en el reestablecimiento del equilibrio emocional de las víctimas. En estos casos es fundamental que las víctimas no aspiren a la venganza sino a una condena justa del culpable (Carrasco y Maza, 2005).
Algunas conductas que generan victimización secundaria son las siguientes:
- declaraciones repetidas.
- exploraciones psicológicas o médicas reiteradas.
- falta de delicadeza en las preguntas formuladas.
- juicio oral tardío.
- declaración en público y con la presencia del agresor.
- Críticas al estilo de vida de la víctima o cuestionamiento de su testimonio.
Abuso sexual en la infancia
Dentro del abuso sexual infantil existen diferentes fuentes de victimización secundaria (Echeburúa y Guerricaechevarría, 2006). Por una parte, la intervención de los menores en la vista oral. Muchos menores tienen diversos miedos: a hablar en público, a no comprender bien las preguntas, a no saber si serán capaces de responder, a perder el control en el estrado, a no ser creídos, o incluso a ser responsabilizados de lo ocurrido. También temen encontrarse con el agresor en la sala y ser testigos de sus reacciones. En este caso, la victimización secundaria derivaría de no prestar atención por parte del sistema judicial a estas cuestiones, o de banalizarlas.
Por otra parte, otra fuente de victimización secundaria tiene que ver con una inadecuada respuesta del entorno tras revelar el menor el abuso sufrido. El descubrimiento del abuso suele tener unas graves consecuencias sobre la familia (separación de los padres, sentimientos de culpa, vergüenza, respuestas de ansiedad, etc.), y por extensión sobre el menor. Asimismo, los peores casos son aquellos en los que la familia no solo no
cree al menor sino que es culpado de habérselo inventado o “provocado”. Todas estas cuestiones también son muy dolorosas y difíciles de asumir por parte de la familia.
Terrorismo
Algunas de las características de la victimización secundaria en el ámbito del terrorismo –y que son comunes a otros tipos de victimización- es que las víctimas aparecen como un sujeto pasivo y no reciben información oficial de la marcha de las diligencias policiales ni de los procedimientos judiciales (Baca, 2006). Asimismo a esto se le suma el encontrarse durante el procedimiento judicial cara a cara con el agresor o los agresores y con los que apoyan los hechos delictivos (simpatizantes de los terroristas), tener que compartir el mismo espacio con los familiares y amigos del acusado, la sensación de no sentirse incluido ni escuchado en el proceso penal, etc.
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