Planificación Del Estado
arandy25 de Febrero de 2015
3.904 Palabras (16 Páginas)181 Visitas
LA JUSTIFICACION DEL ESTADO
Estamos en el territorio de la Ética Política, por ello, el problema de la justificación del Estado se plantea en el terreno del deber ser. Esta teoría va contra las teorías positivas a las que solo les importan datos y cifras. El Estado no es una mera creación de la técnica, sino el fruto de una proyección total del espíritu humano, con todos sus valores materiales e inmateriales.
¿Cómo, pues, vino a ponerse en tela de juicio la necesidad y el valor del Estado? Ello se debió, fundamentalmente, a las corrientes socialistas y anarquistas del siglo XIX, que, objetaron rudamente la legitimidad del poder político y le negaron justificación para el porvenir. Pierre-Joseph Proudhon se lanza contra toda autoridad y sueña con una sociedad anárquica en la que el poder político Engels, en su libro sobre El Origen de la Familia, la Propiedad Privada y el Estado, afirma que el Estado fue necesario en la sociedad dividida en clases, como instrumento de la clase explotadora sobre la explotada, pero que no tendrá razón de ser en la sociedad sin clases del comunismo.
Los anarquistas Bakunin y Kropotkin. Rechazan toda legislación, autoridad e influencia privilegidad, aun salida del sufragio universal, porque se volverían siempre en provecho de una minoría dominante y explotadora contra los intereses de la inmensa mayoría sojuzgada.
La justificación se dirige, evidentemente, al elemento central y cardinal del Estado, que es el poder, y , en ultima instancia, al principio mismo de la autoridad pública. Se trata de buscar la fundamentación última del derecho de mandar que tienen los gobernantes y el deber de obedecer que tienen los súbditos.
Entre dos perspectivas: una teórica, de principios, en la cual se considera al Estado en general, en su naturaleza y tiempo y en un lugar determinados, y otra práctica, en la cual se trata de hallar la legitimidad de un Estado particular de acuerdo con criterios de estimativa jurídica y política. Adoptaremos aquí un punto de vista teórico.
Jellinek nos dice que: “Cinco son las direcciones con las cuales se trata de probar la necesidad del Estado, a saber: partiendo de una necesidad religiosa, física, jurídica, moral y psicológica”.
La posición teológico religiosa, parte, fundamentalmente, del principio de la existencia de un Dios creador y providente, y sostiene que todas las cosas han sido creadas por Dios y en El se encuentran su primer principio y su último fin, por lo que el Estado, con su poder coactivo, siendo una realidad creada, tiene también su origen en la divinidad y se justifica en la medida en que acata sus mandamientos.
Encontramos expresiones de ese espíritu religioso, de justificación del Estado lo mismo entre los pueblos paganos, politeístas, que entre los pueblos de la tradición judeo-cristiana, monoteísta.
Homero y Hesíodo nos hablan como guardianas del orden jurídico así divino como humano. La frase de Demóstenes, recogida en el Digesto, conforme a la cual “hay que prestar obediencia a la ley por ser obra y don de Dios”. Esto demuestra que en la Ciudad Antigua, en la que había coincidencia del orden político con el religioso, existía una profunda convicción popular acerca de la sanción divina del orden establecido.
En el momento solemne en que se encontraban frente a frente las dos potestades, Poncio Pilatos y Cristo el acusado expresó categóricamente “No tendrías poder alguno sobre mi, si no te fuera dado de arriba”.
Esta doctrina cristiana primitiva fue la que siguió rigiendo el pensamiento político de los siglos posteriores. En la Escuela Patrística, San Ambrosio, San Juan Crisóstomo, San Agustín y San Gregorio Magno fueron brillantes expositores y ardientes defensores de la misma.
San Agustín niega el origen divino de la autoridad del Estado y declara que ésta es una consecuencia necesaria de la caída en el pecado, por lo cual tiene que recibir al fin de los tiempos el pago de la obra del mal. Esto es inexacto, fruto de una confusión en las ideas y de una interpretación torcida de los textos agustinianos y de la mente del gran teólogo.
La ciudad de Dios, con la finalidad de criticar al paganismo y defender a la religión cristiana del ataque de haber atraído sobre Roma la calamidad del saqueo de los godos, fue que la autoridad del Estado, en cuanto poder coactivo, en cuanto imposición de una voluntad humana sobre otra u otras, no era algo natural, ni querido por Dios para el hombre en el estado de justicia original, ya que en este estado de inocencia todos los hombres eran libres e iguales. La coacción era entonces una consecuencia del pecado origina por virtud del cual quedaron unos hombres sometidos a la autoridad de otros.
Los gobernantes representaban a Dios en la Tierra y debían contar, por tanto, con la obediencia de los súbditos.
“El Estado es obra de Dios al dar a los hombres la paz temporal y todo lo que a ésta es necesario”.
Se malinterpretaron sus palabras y sus intenciones. No se entendió en una concepción iusnaturalista.
Siendo el Estado una obra del pecado, convenía que se sometiese en todo a la Iglesia. La institución viciada y corrompida debía subordinarse a la sociedad espiritual y pura.
Así nació el agustinismo político que condujo el sacerdotalísmo medieval. Esto trajo las controversias de la Edad Media entre el poder espiritual y el temporal.
Santo Tomás, intentó, con éxito, hacer una síntesis armónica de los datos de la fe revelada con las doctrinas aristotélicas sobre la vida moral y política. Partiendo ordenadamente de la esencia mísma del hombre encuentra su natural sociabilidad.
“porque siendo el hombre naturalmente un animal sociable los hombres en el estado de inocencia hubieran vivido en sociedad; y la vida social de mucho no es posible si no hay alguno que presida dirigiendo a todos al bien común., puesto que muchos se dirigen por sí mismos a muchos fines y uno a uno solo. Por esto dice Aristóteles que cuando muchas cosas se ordenan a una sola, siempre hay una que es como la principal y directriz”.
“SI es natural al hombre que viva en sociedad con otros, es necesario que alguien rija la multitud. Porque existiendo muchos hombres y cada uno buscando aquello que le conviene, la multitud se disolvería si no hubiese quien cuidase del bien de la multitud, del mismo modo que se disolvería el cuerpo del hombre y el de cualquier animal si no existiese en su cuerpo una fuerza de dirección que atendiese al bien común de todos los miembros. Esta consideración movió a Salomón a decir: “donde no hay un gobernador, el pueblo se disipa. Acontece esto razonablemente, pues no es lo mismo lo propio que lo común. Porque en cuanto a lo propio, las cosas difieren, y en cuanto a lo común se unen. Porque cosas diversas tienen causas diversas. Es, pues necesario que además de lo que mueve a cada uno a su bien propio, haya algo que los mueva al bien común de todos.
En el dominio de las realidades temporales- el Derecho, la Política, la Economía, ni la fe sola ni la razón sola, sino ambas, en armoniosa conjunción.
La Iglesia como el Estado son sociedades perfectas, autónomas en su orden. Cada una tiene su esfera propia de acción: la de lo espiritual, la Iglesia; la temporal, el Estado. Lo espiritual, es superior, en su orden, a lo temporal, como lo es el alma con respecto al cuerpo. Y de allí viene que la Iglesia tenga cierta potestad, preferente, en materias temporales, cuando está en juego el bien espiritual de los hombres, la Iglesia respeta la autonomía del Estado y reconoce el pleno derecho que por ley natural le corresponde.
Esta posición realista de la Iglesia Católica, fue compartida y perfeccionada por los grandes teólogos-juristas del siglo de oro español. Todos ellos afirmaron que el poder político venia de Dios, como de su fuente primordial y originaria, pero que en forma inmediata brotaba de fundamentalmente partidarios de la democracia, en cuanto reconocieron como raíz de la autoridad pública el libre consentimiento de la comunidad.
“Ningún cuerpo puede conservarse si no hay algún principio al que corresponda procurar e intentar el bien común de él, como consta en el cuerpo natural; en el político enseña lo mismo de experiencia. Y la razón es clara, porque todo miembro privado atiende a su comodidad privada, la cual es muchas veces contraria al bien común y frecuentemente hay muchas cosas que son necesarias para el bien común, que no lo son para los particulares; y aunque lo sean a veces, no las procuran como comunes sino como propias; luego en la comunidad perfecta es necesaria la potestad pública, a la que pertenece por oficio intentar el bien común y procurarlo. De todo esto, pues, se concluye evidentemente la honestidad y necesidad del magistrado civil, porque son con este nombre no se significa otra cosa sino un hombre conjunto de hombres en os que está la predicha potestad de regir la comunidad perfecta: pues consta que tal potestad debe estar en los hombres porque los hombres no son gobernados naturalmente en lo político por los ángeles, ni inmediatamente por Dios mismo, el cual de ordinario obra por las causa segundas, prote por Dios mismo, el cual de ordinario obra por las causas segundas proporcionadas.
En los siglos XVI y XVII desarrollaron los partidarios del absolutismo real con el hombre del derecho divino de los reyes. Esta línea tuvo dos manifestaciones principales: una es el campo protestante y otra en el católico. Considerar a los reyes como representantes directos de Dios y a los pueblos como súbditos incondicionales de ellos.
Los católicos sostienen que los reyes son los lugartenientes de Dios y que, por
...