PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS
criscastrobioTesis9 de Noviembre de 2012
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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 300
PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS
(Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)
CONTENIDO
Introducción
Apartado
Alcance de esta NIA........................................................................................ 1
La función y el momento de realización de la planificación .......................... 2
Fecha de entrada en vigor ............................................................................... 3
Objetivo.......................................................................................................... 4
Requerimientos
Participación de miembros clave del equipo del encargo ............................... 5
Actividades preliminares del encargo ............................................................. 6
Actividades de planificación ........................................................................... 7-11
Documentación ............................................................................................... 12
Consideraciones adicionales en los encargos de auditoría iniciales ............... 13
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
La función y el momento de realización de la planificación .......................... A1-A3
Participación de miembros clave del equipo del encargo ............................... A4
Actividades preliminares del encargo ............................................................. A5-A7
Actividades de planificación ........................................................................... A8-A15
Documentación ............................................................................................... A16-A19
Consideraciones adicionales en los encargos de auditoría iniciales ............... A20
Anexo: Consideraciones en el establecimiento de la estrategia global de auditoría.
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La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 300, “Planificación de la auditoría de estados financieros”, debe interpretarse conjuntamente con la NIA 200, “Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría”.
Introducción
Alcance de esta NIA
1. Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de planificar la auditoría de estados financieros. Esta NIA está redactada en el contexto de auditorías recurrentes. Las consideraciones adicio- nales en un encargo de auditoría inicial figuran separadamente.
La función y el momento de realización de la planificación.
2. La planificación de una auditoría implica el establecimiento de una estrategia global de auditoría en relación con el encargo y el desarrollo de un plan de auditoría. Una planificación adecuada favorece la auditoría de estados finan- cieros en varios aspectos, entre otros los siguientes: (Ref: Apartados A1-A3)
• Ayuda al auditor a prestar una atención adecuada a las áreas importantes de la auditoría.
• Ayuda al auditor a identificar y resolver problemas potenciales oportunamente.
• Ayuda al auditor a organizar y dirigir adecuadamente el encargo de audito- ría, de manera que éste se realice de forma eficaz y eficiente.
• Facilita la selección de miembros del equipo del encargo con niveles de capacidad y competencia adecuados para responder a los riesgos previstos, así como la asignación apropiada del trabajo a dichos miembros.
• Facilita la dirección y supervisión de los miembros del equipo del encargo y la revisión de su trabajo.
• Facilita, en su caso, la coordinación del trabajo realizado por auditores de componentes y expertos.
Fecha de entrada en vigor
3. Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.
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Objetivo
4. El objetivo del auditor es planificar la auditoría con el fin de que sea realizada de manera eficaz.
Requerimientos
Participación de miembros clave del equipo del encargo
5. El socio del encargo y otros miembros clave del equipo del encargo participa- rán en la planificación de la auditoría, incluida la planificación y la participación en la discusión entre los miembros del equipo del encargo. (Ref: Apartado A4)
Actividades preliminares del encargo
6. El auditor llevará a cabo las siguientes actividades al comienzo del encargo de auditoría actual:
(a) la aplicación de los procedimientos requeridos por la NIA 220 relativos a la continuidad de las relaciones con clientes y el encargo específico de auditoría142;
(b) evaluación del cumplimiento de los requerimientos de ética aplicables, in- cluidos los relativos a la independencia, de conformidad con la NIA 220143; y
(c) establecimiento de un acuerdo de los términos del encargo, tal como requie- re la NIA 210144. (Ref: Apartados A5-A7)
Actividades de planificación
7. El auditor establecerá una estrategia global de auditoría que determine el al- cance, el momento de realización y la dirección de la auditoría, y que guíe el desarrollo del plan de auditoría.
8. Para establecer la estrategia global de auditoría, el auditor:
(a) identificará las características del encargo que definen su alcance;
(b) determinará los objetivos del encargo en relación con los informes a emitir con el fin de planificar el momento de realización de la auditoría y la natu- raleza de las comunicaciones requeridas;
(c) considerará los factores que, según el juicio profesional del auditor, sean significativos para la dirección de las tareas del equipo del encargo;
142 NIA 220, “Control de calidad de la auditoría de estados financieros”, apartados 12-13.
143 NIA 220, apartados 9-11.
144 NIA 210, “Acuerdo de los términos del encargo de auditoría”, apartados 9-13.
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(d) considerará los resultados de las actividades preliminares del encargo y, en su caso, si es relevante el conocimiento obtenido en otros encargos realiza- dos para la entidad por el socio del encargo; y
(e) determinará la naturaleza, el momento de empleo y la extensión de los recursos necesarios para realizar el encargo. (Ref: Apartados A8-A11)
9. El auditor desarrollará un plan de auditoría, el cual incluirá una descripción de: (a) la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos
planificados para la valoración del riesgo, como determina la NIA 315145;
(b) la naturaleza, el momento de realización y la extensión de procedimientos de auditoría posteriores planificados relativos a las afirmaciones, tal como establece la NIA 330146;
(c) otros procedimientos de auditoría planificados cuya realización se requiere para que el encargo se desarrolle conforme con las NIA. (Ref: Apartado A12)
10. El auditor actualizará y cambiará cuando sea necesario en el transcurso de la audi- toría la estrategia global de auditoría y el plan de auditoría. (Ref: Apartado A13)
11. El auditor planificará la naturaleza, el momento de realización y la extensión de la dirección y supervisión de los miembros del equipo del encargo, así como la revisión de su trabajo. (Ref: Apartados A14-A15)
Documentación
12. El auditor incluirá en la documentación de auditoría147: (a) la estrategia global de auditoría;
(b) el plan de auditoría; y
(c) cualquier cambio significativo realizado durante el encargo de auditoría en la estrategia global de auditoría o en el plan de auditoría, así como los motivos de dichos cambios. (Ref: Apartados A16-A19)
Consideraciones adicionales en encargos de auditoría iniciales
13. El auditor realizará las siguientes actividades antes de empezar una auditoría inicial:
(a) la aplicación de los procedimientos requeridos por la NIA 220 relativos
145 La NIA 315, apartado 10, establece los requerimientos y proporciona orientaciones sobre la discusión del equipo del encargo sobre la exposición a incorrecciones materiales de los estados financieros de la entidad. La NIA 240, “Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude”, apartado 15, proporciona orientaciones sobre el énfasis puesto durante esta discusión en la exposición de los estados financieros de la entidad a una incorrección material debida a fraude.
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