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Las excepciones.


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2013  •  Trabajos  •  3.655 Palabras (15 Páginas)  •  224 Visitas

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Unidad I. Las excepciones.

1. 1 Qué es la excepción.

Deriva de exceptio que da origen a la voz exipiendo, desmembración o turbación. Desmembración de la intentio, es decir tratar de contrarrestar materialmente la intentio. Turbación en el sentido de turbar la acción ante juez.

Concepto excepcion. La excepción es un medio de defensa, de fondo y de forma, por el cuál el demandado opone resistencia a la demanda del actor, resistencia que tienen la intensión de destruir la marcha de la acción o la acción misma.

La excepción es la oposición, que sin negar el fundamento de la demanda, trata de impedir la prosecución del juicio paralizándolo momentáneamente o extinguiéndolo definitivamente.

1. 2. Por qué se dice que la excepción es la acción del demandado.

La Excepción es la acción del demandado de oponerse a la acción promovida contra él, es el derecho a la defensa.

1. 3. Qué diferencia existe entre la excepción y el medio de in admisión.

Los fines de inadmisión son aquellos por medio de los cuales el demandado cuestiona el derecho de acción del demandante por carecer de una de las condiciones que lo hacen recibible. Mientras que la excepción es un contra derecho en el sentido de que es un poder de anulación contra el derecho del actor. No se debe confundir con la reconvención

1.4. En qué momento debe plantearse la excepción de incompetencia.

Cuando exista problemas relacionadas con la contienda entre dos juzgados o tribunales es decir que no se encuentre claro cual de los juzgados tienen que conocer el hecho delictual es que entra a jugar la EXCEPCION DE INCOMPETENCIA.

En éste sentido si una de las partes considera que un juez o Tribunal que está conociendo un determinado hecho delictual no tiene competencia para hacerlo, debido a que existe otra autoridad jurisdiccional llamada por ley a conocer el caso puede plantear la EXCEPCION DE INCOMPETENCIA.

En primer lugar puede hacerlo directamente ante el Juez o Tribunal que considere competente, en este punto se deberá seguir lo establecido por el Art. 12 del Código de Procedimiento Penal , es decir DEBE PEDIR LA INHIBITORIA a efectos de que dirija un oficio a la otra autoridad que se considera incompetente para que remita los actuados y se declare incompetente.

Otra forma de presentar la EXCEPCION DE INCOMPETENCIA es directamente al juez o tribunal que se considera incompetente para que DECLINE DE SEGUIR CONOCIENDO a efectos de que se separe del conocimiento de la causa y remita actuados al juez competente cuyo tramite tiene que seguirse de acuerdo al Art. 18 del Código de Procedimiento Penal.

1.5. Qué se persigue con la excepción.

La finalidad que busca la excepción es garantizar la libertad. La excepción es una institución constitucional. ¿Porque razón? Porque la excepción le permite defender su libertad al ciudadano y porque cuando alguien acciona un pretensión a través de una demanda contra otro ciudadano le están coartando la libertad. Y esta es un derecho máximo consagrado en la CPE y por el Derecho Constitucional.

Unidad II. La excepción de incompetencia.

1. Qué es la competencia.

Es la atribución jurídica otorgada a ciertos y especiales órganos del Estado de una cantidad de jurisdicción respecto de determinadas pretensiones procesales con preferencia a los demás órganos de su clase. Ese órgano especial es llamado tribunal.

La competencia tiene como supuesto, el principio de pluralidad de tribunales dentro de un territorio jurisdiccional. Así, las reglas de competencia tienen por objeto determinar cuál va a ser el tribunal que va a conocer, con preferencia o exclusión de los demás, de una controversia que ha puesto en movimiento la actividad jurisdiccional. Por ello se ha señalado que, si la jurisdicción es la facultad de administrar justicia, la competencia fija los límites dentro de los cuales se ejerce tal facultad. O, dicho de otro modo, los jueces ejercen su jurisdicción en la medida de su competencia.

2. Qué es la competencia de atribución.

Esta es el Conjunto de conocimientos, habilidades, disposiciones y conductas que posee una persona, que le permiten la realización exitosa de una actividad. Es decir, hace que la persona sea competente para realizar un trabajo o una actividad y tener éxito en la misma, conjunto regulado de actividades profesionales que ciertas personas pueden desempeñar en su ámbito laboral, establecidas generalmente mediante ley.

En el ámbito profesional se suelen utilizan indistintamente pero tienen un significado diferente. La persona adquiere una competencia, pero para lograr una atribución no sólo es necesario el conocimiento, además hace falta, mediante ley , la acreditación para poder hacer uso de esa destreza.

3. Qué es la competencia territorial.

Las normas sobre competencia objetiva determinan qué tipo de órgano judicial ha de conocer de un asunto civil en primera o única instancia. Lo que sucede es que, salvo el Tribunal Supremo, existen varios órganos judiciales del mismo tipo que únicamente se diferencian por el distinto territorio en el que ejercen sus funciones. Surge por ello la necesidad de concretar la competencia de uno determinado, dentro de los de su mismo grado o jerarquía. A esta necesidad responden las reglas que regulan la competencia territorial.

Por tanto, las normas de competencia territorial atribuyen el conocimiento del proceso a un determinado órgano judicial, de los varios existentes del mismo tipo, en atención al territorio en el que ejercen su jurisdicción.

4. En qué momento debe plantearse excepción de incompetencia.

Planteada la Excepción de Incompetencia la autoridad jurisdiccional deberá resolver a través de un Auto Interlocutorio lo que corresponda siendo también de especial y previo pronunciamiento cuando se presenta la DECLINATORIA ante el juez que ya esta conociendo la causa. En caso que declare procedente la “declinatoria” deberá remitir actuados al juez que se considera competente.

A contrario sensu, cuando se presente la EXCEPCION DE INHIBORIA

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