Manejo De Explosivos
PAFJ25 de Julio de 2014
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Manejo de Explosivos
“Tronadura”
Integrantes: Pablo Fernández Canales.
Patricio Flores Jorquera.
Curso : Tronadura.
Profesor : Iván Álvarez
Fecha : 08/04/2010
INDICE TEMATICO
1. Propósito.............................................................................................................. 3
2. Alcance................................................................................................................ 3
3. Disposiciones Legales y Reglamentarias............................................................ 3
4. Definiciones. ....................................................................................................... 3
4.1. Almacén de explosivos. .................................................................................. 3
4.2. Altos explosivos. ............................................................................................. 3
4.3. Bolsa para explosivos. .................................................................................... 4
4.4. Bolsa para detonadores................................................................................... 4
4.5. Cámara de expansión...................................................................................... 4
4.6. Barra de descarga........................................................................................... 4
4.7. Cajón de devolución………………………………………………………………...4
4.8. Detonadores…………………………………………………………………………4
4.9. Explosivos……………………………………………………………………………4
4.10. Polvorín...........................................................................................................4
4.11. Herramientas no ferrosa................................................................................ 4
4.12. Licencia para manipular explosivos. ..............................................................4
4.13. Polvorines...................................................................................................... 4
5. Responsabilidades............................................................................................ . 5
5.1. Jefe de Tronadura o desarrollo subterráneo................................................... 5
5.2. Supervisor Contratista..................................................................................... 5
5.3. Jefe de Turno.................................................................................................. 6
5.4. Polvorinero...................................................................................................... 6
5.5. Manipulador de explosivo. ..............................................................................6
6. Equipos, materiales y otros................................................................................. 6 7. Descripción de las Actividades. ......................................................................... 7
7.1. Transporte de los Explosivos. .........................................................................7
7.2. Requisitos de los Vehículos............................................................................ 8
7.3. Transporte manual de explosivos en faenas. ................................................10
7.4. Almacenamiento de Explosivos. ....................................................................10
7.5. Recepción y entrega de explosivos en almacenes central y de transferencia……………………………………………………………………………...15
7.7. Buenas prácticas en la manipulación en interior de almacenes. ................... 16
7.8. Buenas prácticas en el uso de explosivos. ............................................... 17
7.9. Destrucción o eliminación de explosivos. ...................................................... 19 8. Referencias.................................................................................................. ... 21
8.1. Decreto Supremo N° 72, del Ministerio de Minería....................................... 21
8.2. Ley N° 17.798 y sus Reglamentos complementarios. ................................. 21
8.3. Noemas Chilenas N° 385 y N° 391. ...............................................................21
1. Propósito.
Realizar de manera correcta el transporte, manipulación y almacenamiento de explosivos, en las Operaciones de la empresa y sus empresas contratistas que deben utilizar explosivos, asimismo cada área debe considerar y analizar las exigencias de este reglamento y las que sean necesarias para disminuir el riesgo de incidente y/o emergencias.
2. Alcance
Lograr una uniformidad de criterios en las personas que tienen responsabilidad en el transporte, almacenamiento y manipulación de los explosivos y sus accesorios. Evitar que tanto la supervisión y empleados de la empresa como personal de contratista, por desconocimiento o por otros motivos transgredan las disposiciones legales vigentes, produciéndose situaciones que puedan derivar en sanciones o accidentes por el mal uso o uso incorrecto de los explosivos y sus accesorios.
3. Disposiciones Legales y Reglamentarias.
3.1. La construcción de almacenes de explosivos; la adquisición de explosivos y el transporte de explosivos y su equipamiento estará sujeta a lo dispuesto en la ley No 17.798 que establece el Control de Armas y Explosivos y su Reglamento complementario del Ministerio de Defensa Nacional de Chile N° 77 del año 1982.
3.2. Dentro de la faena, el transporte, uso y manipulación de los explosivos se regirá por lo dispuesto en el Decreto N° 72 del Reglamento de Seguridad Minera del Ministerio de Minería, en Chile.
3.3. Todo vehículo que se use para el transporte de explosivos deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento complementario de la Ley N° 17.798 que establece el control de armas y explosivos, como también, con las Normas Chilenas NCH 385, of55 y NCH 391, of60.
3.4. Toda persona que manipule explosivos deberá tener al día su Licencia de Manipulador y/o Programador Calculista, según sea el caso, otorgado por la Autoridad Fiscalizadora. Sin perjuicio de lo anterior, deberá tener aprobado un curso de manipulación y Manejo de Explosivos.
4. Definiciones.
4.1. Almacén de explosivos.
Son las instalaciones destinadas al almacenamiento de los explosivos y sus accesorios, incluyendo las materias primas usadas pan su elaboración.
4.2. Altos explosivos.
Se consideran altos explosivos para los efectos de almacenamiento, transporte, uso y almacenamiento la dinamita, anfo, acuageles, slurries, emulsiones, APD, de cualquier forma y tamaño, además la pólvora negra, cordones detonantes, guías a fuego de ignición interna (thermolita, quarricord).
4.3. Bolsa para explosivos.
Bolsa de lona o cuero que se usa para transportar los altos explosivos.
4.4. Bolsa para detonadores.
Bolsa de cuero o lona usada para el transporte de los detonadores, noneles y conectores.
4.5. Cámara de expansión.
Excavación hecha frente a los almacenes de explosivos cuando el almacenamiento de éstos supera los 100 kilogramos de explosivos equivalentes a dinamita de 60 %.
4.6. Barra de descarga.
Barra de cobre que se instala a la entrada del polvorín y que tiene por finalidad de descargar el potencial electrostático de las personas que ingresan al depósito. Es obligación que toda persona que ingrese se tome de la barra para descargarse a tierra.
4.7. Cajón de devolución.
Cajón de color rojo que se usa para recepcionar el, explosivo deteriorado que se recoge de la marina o que se encuentra abandonado en otro lugar, aprobado por Sernageomín y en su interior debe ser forrado totalmente en goma.
4.8. Detonadores.
Se considera detonadores a los detonantes a fuego, eléctricos, noneles, primated, conectores de guía corrientes y retardadores.
4.9. Explosivos.
Toda sustancia o mezcla de sustancias químicas que por la liberación rápida de su energía, en general, produce o puede producir, dentro de un cierto radio, un aumento de presión y calor, llama o ruido. Del mismo modo, se considera explosivo los objetos cargados con productos explosivos.
4.10. Polvorinero.
Persona encargada del almacén de explosivos, responsable de la entrega y recepción del explosivo y sus accesorios.
4.11. Herramientas no ferrosas.
Son aquellas que se construyen en un material que no produzca chispas al ser usadas o golpeadas. Se fabrican de cobre, madera, aluminios o similares.
4.12. Licencia para manipular explosivos.
Son otorgados por la Autoridad fiscalizadora y tienen dos categorías; programador calculista y manipulador de explosivos.
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