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QUIÉN INTERPRETA LA LEY?


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2014  •  2.838 Palabras (12 Páginas)  •  1.522 Visitas

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QUIÉN INTERPRETA LA LEY?

Respecto al quién interpreta la ley, existía un principio fundamental que decía que "el que hacía la ley es el que debía interpretarla" (interpretación auténtica), y ahora se suele decir que la ley debe interpretarse por quien la aplica (interpretación usual).

IMPORTANCIA DE LA INTERPRETACIÓN JURIDICA:

La interpretación jurídica constituye la esencia de la labor de los hombres de Derecho, que en tanto tales, les corresponde la tarea de indicar el sentido cristalizado en las normas jurídicas y determinar la finalidad de esta.

En la vida cotidiana interpretar significa explicar el sentido de una cosa, en tal razón no está ajeno en la vida diaria que el ser humano tenga que interpretar, sean ideas, escritos, movimientos artísticos, etc., pero este modo de interpretación evidentemente no es jurídica, sino más bien, podríamos denominarla común, que cualquier persona, puede llevar a cabo.

En el ámbito del derecho la norma jurídica puede ser interpretada no solo por los denominados operadores jurídicos (Magistrados, jueces, abogados, juristas, etc.). También los particulares realizan interpretación de las normas jurídicas cada vez que desean saber si la actividad que quieren emprender es lícita o ilícita; si los actos o negocios jurídicos que quieren llevar a cabo producirán o no tales o cuales efectos; cuando al otorgar un testamento, desean saber cómo proporcionar los bienes que poseen, entre sus futuros herederos, o en el caso de que aquellos que deseen interponer alguna queja en contra de algún servidor público de la Administración Pública, que por actos u omisiones trastocan su deber de servicio, etc.

Se puede decir que la interpretación en sí, se da cuando la norma es obscura o inatendible, o bien cuando entramos en la opacidad del derecho, en la que el significado de las palabras no resultan claras en cuanto a su semántica, entonces el operador jurídico tiene que realizar el ejercicio de desentrañar o descubrir lo que el legislador quiso decir al redactar la norma. Ante esto, se puede afirmar entonces que la interpretación se da no tanto porque la ley sea opaca sino es cuestión del intérprete en cuanto a que significado le da a las palabras.

En función de lo ante expuesto de deduce que la interpretación en el mundo del derecho es tan importante como el que los seres vivos tengan que respirar, en función de que los operadores jurídicos que aplican la norma a hechos o casos concretos, formulan una interpretación para determinar la aplicabilidad de la misma, y más trascendencia tiene, cuando el operador jurídico, en este caso, abogados, litigantes, pretenden descubrir si la norma referida en las sentencias o resoluciones es la correcta.

Por lo tanto, el interpretar es tan importante, porque no sólo es desentrañar el sentido de un texto, en este caso jurídico, ni describir un significado a éste. Es, además un acto de comprensión y comunicación, por lo que, podemos interpretar no sólo las proposiciones prescriptivas, sino los hechos, el ordenamiento jurídico, las consecuencias del derecho y el contexto del fenómeno jurídico; dado que la interpretación no sólo está encaminada al conocimiento sino a la resolución de casos.

CARACTERÍSTICAS DE LA INTERPRETACIÓN JURIDICA:

• Es un Conjunto Abierto y no Jerárquico:

Se basa en un conjunto indefinido de instrumentos y subinstrumentos, que se utilizan según el criterio de quien desea hacer una interpretación, no tienen jerarqui establecida ni predeterminada.

• Los resultados no son definitivos:

Es decir pueden ser diferentes en la medida de aplicar uno o varios sistemas interpretativos aun por el mismo intérprete.

• Posee un Carácter Ideológico:

La Interpretación estará condicionada por la percepción normativa del intérprete, (capacidad de comprender la norma y sus preceptos) condicionada por:

• El tiempo

• Lugar

• La ideología

• La realidad social

• La política o cultura del interprete o de su medio

ESCUELAS DE INTERPRETACION JURIDICA

Las cuatro escuelas más importantes que se han ocupado de la interpretación de las normas jurídicas son:

Escuelas Subjetiva:

Los defensores de esta teoría dan por supuesto que el contenido de las normas jurídicas sigue definiéndose siempre por el mandato originario que estableció en ellas su autor al promulgarlas. Consecuentemente, propugnan la aplicación de la siguiente regla o criterio interpretativo básico:

"El intérprete ha de colocarse en cierta medida en la posición del legislador originario, asumiendo todas sus ideas y proyectos e intentando saber cuáles fueron los propósitos concretos que el legislador tuvo a la vista y cuál fue el espíritu que presidió la redacción de la ley"

Esta Escuela, defiende la teoría la Exegética, la cual se basaba en que la Interpretación jurídica debe necesariamente consistir en la consulta de la ley como fuente única y exclusiva del Derecho; los exegetas sostienen que el Derecho es la ley: la interpretación de la ley es la averiguación de la voluntad real del legislador y toda interpretación que no sea tal debe ser rechazada.

Para la exégesis, una norma es siempre expresión del acto de un individuo privilegiado, a saber: el legislador. El interpretar la ley consistía en reconstruir fielmente lo que el autor del texto legislativo había pretendido. Tradicionalmente esto se expresa diciendo que la exégesis se propone reconstruir la voluntad del legislador. Se supone, así, que, de alguna manera, las normas jurídicas son expresión, en el plano del lenguaje, de actos volitivos que son la manifestación de la voluntad real del legislador.

Escuelas Objetiva:

Esta Escuela considera que la interpretación jurídica ha de orientarse al descubrimiento del sentido que tienen las propias normas en el momento de ser aplicadas, es pues, fruto de la apuesta por una interpretación dinámica en lugar de la defensa de la interpretación estática.

La defensa de este método arranca de la creencia en que la ley, una vez promulgada y en vigor, adquiere vida propia, va conformando su contenido normativo en función de las circunstancias y necesidades sociales.

Consecuentemente, la interpretación objetiva obliga al

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