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AUDITORIA TRIBUTARIA

hebert13309 de Marzo de 2014

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DATOS ADICIONALES

LOS REPAROS (ADICIONES) QUE SE HAN REALIZADO A LA UTILIDAD DE LA EMPRESA La empresa “Pesquera del Norte” S.A. POR EL PERIODO 2012 ES LA SIGUIENTE:

Utilidad antes de impuestos S/. 33, 800,487.00

CONCEPTO ADICIONES S/ DIFERENCIA

PARCIAL TOTAL

1

Interés no deducibles

S/.134,250.00 Permanente

(A) Total gastos por intereses = 402,730.00

(B) Total ingresos por intereses exonerados = (134,250.00)

(C) Monto Deducible A-B = 268,480.00

Monto Deducible (A-C) = S/ 134.250.00

Base Legal: Inciso a) del Art. 37 de la ley e inciso a) del Art. 21 del Regl.

2

Por el día del trabajo, día de la madre y día del padre se organizaron agasajos al personal

(A) Ingresos netos del ejercicio (Ventas netas más

otros ingresos gravados) = 317,391,640.00

(B)Gastos recreativos contabilizados = S/.158, 428.00

S/10,428.00 Permanente

( C)Límite máximo deducible S/148,000.00(40 UIT X 3700)

= S/148,000.00

Monto No Deducible (B-C) = 158, 428.00 - 148,000.00 = 10,428.00

No se ha considerado el límite de 0.5% de los ingresos netos S/.15,869.582 ( 0.5% de 317, 391,640.00 ) debido que resultaría mayor que el límite de S/.148,000.00 (40 UIT X 3700)

Base Legal: Último Párrafo del Inciso II) del Articulo 37 de ley.

3 Exceso de remuneraciones del Directorio

Las remuneraciones de directores de la empresa, cargadas a gastos de administración, ascienden a S/.2`208,147.00

S/ S/47,628.96

A)Utilidad según Balance al 31.12.2012 = 33,800,487.00

B)(+)Remuneraciones a Directores cargadas a gastos = 2,208,147.00

Total Utilidad = 36,008,634.00

C= Deducción aceptable como gasto 6% de 36,008,634.00= 2,160,518.04 Permanente

Monto No Deducible (B-C)

= 47,628.96

Base Legal: Inciso m) del Art. 370 de la Ley e Inciso I) del Art. 210 del Reg.

VAN….

4 …..VIENEN

Exceso de gastos de representación

Se registraron en la contabilidad gastos de representación por S/.152,462.00

(A)Ingresos brutos del ejercicio = 317,391,640.00 S/4,462.00 Permanente

(B) Gastos de representación contabilizados = 152,462.00

( C) Límite máximo deducible

S/.148.000.00(40 UIT X3700) = 148,000.00

Monto No Deducible (A-C) = 4,462.00

No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos brutos S/. 1,586,958.20( 0.5% de S/.317,391,640.00) debido a que éste monto es mayor que el límite de S/.148.000.00 ( 40 UIT X3700)

Base Legal : Inciso q) DEL Articulo 370 de la Ley e inciso m) del Artículo 210 del Reglamento

5 Gastos por viáticos en el exterior

El gerente general realizo un viaje a la ciudad de Buenos Aires (Argentina) en búsqueda de nuevos clientes y permanece 5 días, del 02 al 06 de noviembre de 2012. Se registraron gastos de alimentación por S/.3, 260 y movilidad por S/.1,234 sustentados solo mediante declaración jurada.

Limite por día:

Día 02: US$400x30%=US$120 x T/C 2.592 = S/. 311.04

Día 03: US$400x30%=US$120 x T/C 2.592 = S/. 311.04

Día 04: US$400x30%=US$120 x T/C 2.592 = S/. 311.04

Día 05: US$400x30%=US$120 x T/C 2.592 = S/. 311.04

Día 06: US$400x30%=US$120 x T/C 2.604 = S/. 312.48

(A)Limite acumulado = S/. 1,556.64

(B)Gastos contabilizados según declaración jurada = S/. 4,494.00

(3,260.00 +1,234.00)

Monto No Deducible (B-A) = S/.2,937.36

Base Legal : Inciso r) del Art.370 de la Ley , inciso n) del Art. 210 del Reglamento y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM

Permanente

6

Gastos por viáticos en el interior del país

Se ha contabilizado gastos por viáticos por viajes a provincias por un importe de S/.8,628.Los viajes fueron realizados por el gerente comercial a la zona norte del país del 11 al 14 de agosto y a la zona sur y oriente del 19 al 22 de octubre .Los gastos se encuentran sustentados con los respectivos comprobantes de pago.

Gasto máximo aceptado por día (11 al 14 de agosto) = S/. 210 X 4= S/ 840.00

Gasto máximo aceptado por día (19 al 22 de agosto)= S/. 210 X 4= S/ 840.00

(A) Total aceptado S/1,680.00

(B) Gastos contabilizados según declaración jurada S/ 8,628.00

Monto No Deducible (B-A) S/.6,948.00

VAN….

….VIENEN

El limite diario está dado por la escala de viáticos que otorga el Gobierno Central a sus funcionarios de mayor jerarquía (D.S. No028-2009-EF)= S/.210.00

Base Legal: Inciso r) del Articulo 370 de la Ley , inciso n) del Art. 210 del Reglamento y Decreto Supremo Nº 028-2009 EF.

Permanente

7

Gastos no sustentados con comprobantes de pago

*Se ha registrado como sustento de gasto por servicio de mantenimiento del local comercial una orden de trabajo por S/.6, 324 .00

* Se ha registrado como sustento de gasto del pintado del local el voucher de caja No.02, por un monto de S/.1,356.00

* Se ha registrado gasto con Notas de Venta por un monto de S/.3,120.00

Base Legal: Inciso j) del Art. 440 de la Ley e inciso b) del Art.250 del Regl. 6,324.00

Permanente

1,356.00

3,120.00

8

Utilización de una mayor tasa de depreciación

La empresa ha utilizado una tasa de 20% para depreciar una maquina cortadora, la cual fue puesta en funcionamiento en agosto de 2009. El valor histórico de este activo al 31.12.2009 es de S/.142,200.00

S/.

Depreciación contabilizada : S/.142,200x20% x 5 meses = 11,850.00

12

Menos: Depreciación máxima aceptable:

S/.142,200 x 10% x 5 meses. = 5,925.00

12

Monto No Deducible = 5,925.00

Base Legal: Inciso f) del Art. 370, Art. 400 y410 de la Ley y Art. 220 del Regl.

Permanente

9

...

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