Abstencion y recusación
Jeleany LaínezTrabajo24 de Noviembre de 2018
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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS[pic 2]
Facultad de Ciencias Jurídicas
Teoría Del Proceso
Tema: Abstención y Recusación
Catedrático: Delia María Díaz Galdámez
Integrantes:
Claudia Merary Ávila 20141012227 Digna Isabel Lagos Murillo 20151021458 Ingrid Zulema Valladares Henríquez 20151001741 Jeleany Kiaveth Laínez Cruz 20151003535 Jeslyn Casco Ávila 20151000872 Luz Gabriela Ramírez Alvarenga 20151004177 Mariza Saraí Rodríguez García 20151003875 Sahory Isolina Chacón Núñez 20151000713 Sthephany Nickoll Rivera 20151030614[pic 3]
Índice
Introducción 3
Objetivos 4
- Antecedentes Históricos 5
- La Abstención 5
- Definición de Abstención 5
- Causas de la Abstención 5-6
- Oportunidad de Abstenerse 6
- Procedimiento 7
- La Recusación 8
- Definición de Recusación 8
- Causas de la Recusación 8
- Oportunidad de Recusar 8
- Competencia para decidir la Recusación 9
- Procedimiento 9
- Efectos de la Recusación 10
- Recusación de los Fiscales 10
- Aspectos Relevantes Sobre la Abstención y la Recusación 11
- Diferencias Entre la Abstención y la Recusación 12
- Entrevista 13-14
Conclusiones 15
Introducción
Nuestro ordenamiento jurídico hondureño en materia privada, desde el momento de su creación a previsto a través del código procesal civil el mecanismo de la Abstención y Recusación la cual la encontramos en el titulo segundo en su único capitulo de este mismo código.
Buscando la eficiencia y la imparcialidad como elementos imprescindibles en las actuaciones realizadas por los miembros del órgano jurisdiccional civil, encargado y responsable de conocer todos los asuntos que se someten a su conocimiento, implantándose las figuras de Abstención y Recusación como forma de seguridad para las partes que intervienen en el proceso.
Definiendo la abstención como la obligación que tiene el agente judicial para desestimar el conocimiento de un asunto determinado por considerar que concurre alguna de las causas de la abstención, mismas que también encontramos en la ley de organización y atribuciones de los Tribunales; por su parte la Recusación actúa como el derecho legitimo que tienen las partes que intervienen en el juicio de solicitar se retire del conocimiento del juicio del juez , magistrado o cualquier auxiliar que este conociendo del asunto, estas actuaciones también serán reguladas por la ley orgánica del poder judicial.
Objetivos
Objetivo general
Conocer en un sentido amplio y claro el concepto de la abstención y recusación, y su procedimiento como lo establece nuestro código procesal civil.
Objetivos Específicos
- Analizar el porqué y cuando un Juez o Magistrado debe de abstenerse de conocer de un caso. Y cuando las partes involucradas pueden presentar Recusación.
- Comprender el proceso que se debe llevar en la abstención y Recusación.
- Diferenciar el concepto entre Abstención y Recusación.|
Abstención y Recusación
- Antecedentes Históricos
En el Código de Procedimientos Civiles de 1906, el cual impero durante más de un siglo en nuestro país, contemplaba en su cuerpo legal diferentes disposiciones en las cuales se establecía que los jueces, magistrados y auxiliares judiciales que se abstuvieran del conocimiento de un asunto de manera injustificada o infundada, concurrirían en una falta la cual sería meritoria de una sanción, así mismo se establecía que el juez subrogado conocería de la pieza principal y separada, disposiciones que han sido derogadas en nuestro actual Código Procesal Civil vigente a partir del 1 de Noviembre de 2010.
- La Abstención
- Definición de Abstención
La abstención supone una obligación, que existe en la Ley Orgánica del Poder Judicial dirigida no solo a jueces, sino a fiscales, Letrados de la Administración de Justicia (antiguos Secretarios Judiciales) y personal funcionario de la Administración de Justicia en virtud de la cual, de concurrir una causa legal establecidas en el artículo 188 de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales por la que exista un deber de apartarse en la tramitación de un procedimiento. Es decir, se pretende con ello que no pueda permanecer en los profesionales o justiciables la más mínima duda acerca de la imparcialidad del titular del órgano judicial al que se ha repartido un procedimiento que debe resolver.
- Causas de la Abstención
1.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con las partes o el representante del Ministerio Fiscal.
2.ª El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o el procurador de cualquiera de las partes que intervengan en el pleito o causa.
3.ª Ser o haber sido defensor judicial o integrante de los organismos tutelares de cualquiera de las partes, o haber estado bajo el cuidado o tutela de alguna de éstas.
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