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Accion plenaria de posesion

grabiisaraii5 de Mayo de 2015

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POBLADO: SAN ANTONIO TEZOQUIPAN

MUNICIPIO: ALFAJAYUCAN

ESTADO: HIDALGO

JUICIO: INICIAL

C. MAGISTRADO DEL TRIBUNAL UNITARIO

AGRARIO DEL DISTRITO CINCUENTA Y CINCO

PACHUCA DE SOTO, HIDALGO

P R E S E N T E.

ANTONIO BARRÓN MEJIA, promoviendo por mi propio derecho, con domicilio ubicado calle Zhijay sin número, ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en calle Juventino Rosas, número 604, Colonia Cuauhtémoc, Pachuca de Soto, y autorizando como mis asesores a las CC. LICENCIADAS JESSICA LOREDO CHÁVEZ Y GABRIELA SARAI FLORES MENDOZA, con cédulas profesionales números 2507541 y 3927377 respectivamente, expedidas por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, para que las reciban en mi nombre y representación aun las de carácter personal y a quienes faculto para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, alegar en audiencia, pedir se dicte sentencia y realicen cualquier acto que resulte necesario para la defensa de los derechos del autorizante, ante Usted, con todo respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo establecido por el artículo 27 fracción XIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 18 fracción VI de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, artículos 163, 164, 167, 170, 179, 185 y demás relativos y aplicables a la Ley Agraria; vengo a demandar del C. ENRIQUE MARTÍNEZ CANO, la acción plenaria de posesión sobre la parcela que tendré a bien describir posteriormente; de quien señalo como domicilio para efectos de emplazamiento el domicilio ubicado en calle Mandodo sin número, ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, de quien demando las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

A) Acción plenaria de posesión, con sus frutos y accesiones a favor del suscrito ANTONIO BARRÓN MEJÍA, de la parcela ejidal identificada con el número 192 Z-2 P1/3, perteneciente al ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, la que es titularidad del suscrito tal y como lo acredito con el Certificado Parcelario número 000000259837 que anexo al presente y que ha tomado en posesión el ahora demandado ENRIQUE MARTÍNEZ CANO, parcela que tiene una superficie de 2-29-86.36 hectáreas y cuyas medidas y colindancias son las siguientes:

AL NORESTE: Mide 160.96 metros y linda con parcela número 193 Z-2 P1/3 titularidad de ARNULFO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ.

AL SURESTE: Mide 113.79 metros y linda con zanja regadora.

AL SUROESTE: Mide 207.87 metros y linda con camino interparcelario.

AL NOROESTE: Mide 148.60 metros y linda con parcela número 194 Z-2 P1/3 titularidad de ALEJANDRA SOTO DURAN.

B) La entrega real, material y jurídica con sus frutos y accesiones de la parcela ejidal identificada con el número 192 Z-2 P1/3, perteneciente al ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, la que ha quedado descrita en la prestación anterior y que es titular del suscrito en posesión el ahora demandando ENRIQUE MARTÍNEZ CANO.

C) La desocupación de la parcela ejidal identificada con el número 192 Z-2 P1/3, perteneciente al ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, la que ha quedado descrita en la prestación anterior y que es titular del suscrito.

Fundándome para hacerlo en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

H E C H O S

1) Soy ejidatario del núcleo de población que al rubro se indica y titular de los derechos parcelarios de la parcela ejidal número 192 Z-2 P1/3, perteneciente al ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, a quien le fueron reconocidos derechos sobre la misma, el cual me fue asignado al practicarse la Asamblea General de Ejidatarios, con motivo de la Delimitación, Destino y Asignación de Tierras Ejidales y Titulación de Solares Urbanos practicada en el ejido de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro tal y como lo acredito con la copia certificada de mi certificado parcelario número 000000259837, expedido a mi favor con motivo de la celebración del PROCEDE, en el ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo.

2) La parcela ejidal identificada con el número 192 Z-2 P1/3, perteneciente al ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, de la cual soy titular dicha parcela está destinada al uso agrícola, ya que siembro maíz y frijol, dicha parcela tiene una superficie de 2-29-86.36 hectáreas y cuyas medidas y colindancias son las siguientes:

AL NORESTE: Mide 160.96 metros y linda con parcela número 193 Z-2 P1/3 titularidad de ARNULFO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ.

AL SURESTE: Mide 113.79 metros y linda con zanja regadora.

AL SUROESTE: Mide 207.87 metros y linda con camino interparcelario.

AL NOROESTE: Mide 148.60 metros y linda con parcela número 194 Z-2 P1/3 titularidad de ALEJANDRA SOTO DURAN

3) Es el caso que el día trece del mes de enero del año 2014, el demandado ENRIQUE MARTÍNEZ CANO, sin consentimiento, ni autorización, de quien legalmente pudiera otorgarlo empezó a usar y disfrutar la parcela motivo de la presente controversia, lo cual se pudo percatar mis colindantes de nombres ARNULFO HERNÁNDEZ VAZQUEZ, ALEJANDRA SOTO DURAN y todos los ejidatarios del núcleo de población ejidal que al rubro se indica; por lo cual le pedí varias veces explicaciones sobre su conducta y lo exhorte a que lo desocupara, a lo que me manifestó que tal superficie no pertenecía a nadie y que por ningún motivo la iba a desocupar. Mi parcela en esos momentos tenia sembrado maíz y frijol, lo cual no pude entrar a cosecharlo, segar o poder realizar todo el procedimiento que se hace en el campo para la obtención de los productos finales.

4) A pesar de las múltiples gestiones extrajudiciales que he realizado para que el demandado ENRIQUE MARTÍNEZ CANO, desocupe la parcela ejidal número 192 Z-2 P1/3, de la cual soy titular y que es materia de esta controversia, este se niega a salir de ella, situación que me causa perjuicio, y por lo que me veo en la imperiosa necesidad de acudir ante este Tribunal Unitario Agrario del Distrito cincuenta y cinco, para demandarle el cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones que han quedado precisadas en el apartado correspondiente del presente escrito.

P R U E B A S

Para acreditar los hechos constitutivos de mis pretensiones ofrezco como pruebas de mi parte las siguientes pruebas, reservándome el derecho de ofrecer otras que me estime pertinentes en el momento procesal oportuno:

I. LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el original del Certificado Parcelario número 000000259837 el cual me acredita como legitimo titular de la parcela ejidal número 192 Z-2 P1/3, perteneciente al ejido de San Antonio Tezoquipan, Municipio de Alfajayucan, Estado de Hidalgo.

II.- LA CONFESIONAL.- Que estará a cargo del C. ENRIQUE MARTÍNEZ CANO, al tenor de las posiciones que contiene el pliego que en sobre cerrado se exhibirá a este Tribunal Unitario Agrario en su oportunidad. Para el desahogo de esta prueba, pido a su Señoría se sirva mandar citar personalmente al demandado en su domicilio, a efecto de que de manera personalísima, y no por conducto de apoderado, comparezca a este H. Tribunal a absolver las posiciones que se le articulen y sean previamente calificadas de legales, debiendo quedar apercibido de ser declarado confeso de las posiciones que se le articulen, para el caso de que no comparezca sin causa justificada, el día y hora que para el efecto se sirva fijar.

III.- LA TESTIMONIAL.- Que estará a cargo de tres personas de digna fe, conocedoras de los hechos y de los cuales me encuentro imposibilitado para presentarlos el día y la hora que tenga a bien señalar este H. Tribunal Unitario Agrario, por lo cual solicito a este H. Tribunal Unitario Agrario, sean citados por el actuario de este Juzgado para que comparezcan a la audiencia a deponer su testimonio.

IV.- LA PRESUNCIONAL en su triple aspecto; lógico, legal y humano, en todo lo que favorezca

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