Acción publiciana o plenaria de posesión
tany131130 de Julio de 2013
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C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL EN TURNO
P R E S E N T E.-
FERNANDO VALENTÍN MEDRANO FRANCO, Mexicano, mayor de edad, de ocupación comerciante señalando domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Calle Ignacio Ramírez número 38, entre las avenidas Álvaro Obregón y Francisco Márquez, de la Colonia Ignacio Allende, de esta ciudad de Culiacán, Sinaloa, nombrando como mis Procuradores Judiciales a los CC. LICS. ESTANISLAO FLORES ALMODÓVAR Y JESÚS BELTRÁN FELIX, en términos del artículo 52 bis del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Sinaloa, ante usted C. Juez con el debido respeto, comparezco para:
EXPONER.-
Que por medio del presente escrito, por mi propio derecho, y con fundamento en el artículo 9 del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado de Sinaloa, me presento en la Vía Ordinaria Civil, en ejercicio de la Acción Plenaria de Posesión o Publiciana, demandando a los CC.ROSALBA GUADALUPE FRANCO RIVAS, HECTOR EFRÉN YAÑEZ FRANCO, RADAMES YAÑEZ FRANCO Y SANDRA YAÑEZ DUARTE quienes pueden ser debidamente notificadas y emplazadas en el domicilio ubicado en Calle Alejandro Redo de la Vega número 1, esquina con calle Lic. Miguel A. Zamudio, de la Colonia Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, también conocida como Colonia Obrera, de la Sindicatura de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, a quienes les reclamo las prestaciones siguientes:
PRESTACIONES.-
a).- La declaración de que tengo mejor derecho que los demandados para poseer la casa y terreno ubicados en Calle Alejandro Redo de la Vega número 1 de la Colonia Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, también conocida como Colonia Obrera, de la Sindicatura de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, mismo bien que cuenta con tres recamaras, sala comedor, baño, con patio al frente y parte posterior, construida de material paredes de hielo seco y techo de concreto.
b).- como consecuencia de lo anterior, la desocupación, restitución y entrega al suscrito de la posesión de la casa habitación y terreno mencionados, con todos sus frutos y accesorios.
c).- El pago de daños y perjuicios originados por la posesión del inmueble por los demandados.
e).- El pago de los gastos y costas que origine el presente juicio, hasta su conclusión.
Baso el presente escrito de demanda, en los hechos y consideraciones de derecho que a continuación señalo:
H E C H O S.-
1.- Que el Fideicomiso para la Construcción de Casas de Obreros del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana, otorgó Título de Posesión a mi Abuela MARÍA ESTHER AURORA RIVAS VIUDA DE FRANCO, de la casa habitación número uno, ubicada en la calle Alejandro Redo de la Vega, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, como derechohabiente que fue del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana.
2.- Posterior a la muerte de mi abuela MARÍA ESHER AURORA RIVAS VIUDA DE FRANCO, en fecha 10 de noviembre del 2006, el Fideicomiso anteriormente referido, hace Reposición y Endoso del Título de Posesión mencionado en el punto uno de hechos, respecto de la casa habitación número uno, ubicada en la calle Alejandro Redo de la Vega, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, y en cumplimiento del inciso c) y con fundamento en los incisos e) y f) del artículo 24 del Reglamento para la Construcción , Distribución y Entrega de Casas en Propiedad y sin costo a los Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana en vigor, el C. Enrique Ramos Rodríguez, Presidente del H. Comité Técnico el Fideicomiso para la Construcción de Casas de Obreros del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana, hace constar al reverso del mismo, que los C.C. ALBERTO, ROSALBA GUADALUPE, GUILLERMO RAFAEL, HECTOR RAÚL, EDUWIGES JESUS, FRANCISCO RAMÓN, ANGEL CAMILO Y OFELIA MARGARITA, todos de apellidos FRANCO RIVAS, se encuentran registrados en esa oficina como beneficiarios de los derechos que ampara el Título de Posesión de referencia, fechado en 22 de noviembre de 2006.
3.- Que en fecha 07 de febrero de 2007, mis tíos ROSALBA GUADALUPE, GUILLERMO RAFAEL, HECTOR RAÚL, EDUWIGES JESUS, FRANCISCO RAMÓN, ANGEL CAMILO Y MI MADRE OFELIA MARGARITA todos de apellidos FRANCO RIVAS, mediante carta poder, otorgaron a mi tío ALBERTO FRANCO RIVAS Poder Amplio, cumplido, bastante y absoluto, para que actúe en nombre y representación de los mismos, como condueños de la casa número 1, de calle Alejandro Redo de la Vega del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Sinaloa, PARA QUE ESCRITURE A SU NOMBRE, VENDA A CUALQUIER INSTITUCIÓN (INFONAVIT), PERSONA FÍSICA O MORAL, Y DE PREFERENCIA A LOS HERMANOS O FAMILIARES, como se demuestra con las cartas poder debidamente certificadas ante el Secretario del Juzgado Menor de de esa población, mismas que anexo en copias debidamente certificadas, ante la fe del Notario Público número 86 en el Estado de Sinaloa. Lic. Samuel Lara López. Así mismo hago mención, que cuando mi tía Rosalba Guadalupe Franco Rivas, le otorgó poder a mi tío Alberto de los mismos apellidos, para que la casa la escriturara a su nombre, la vendiera a instituciones, a personas físicas o morales, lo hizo en presencia de ÁNGEL CAMILO, GUILLERMO RAFAEL, HECTOR RAÚL, EDUWIGES JESUS, FRANCISCO RAMÓN, DE MI MADRE OFELIA MARGARITA Y ALBERTO todos de apellidos FRANCO RIVAS y además de la C. BRIGETTE ESTHER OLGUÍN FRANCO, así como del LIC. OSWALDO ARANA ZAMBADA, Secretario del Juzgado Menor con jurisdicción en la Sindicatura de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, quien certificó el acto, y a quienes les consta lo narrado en este punto de hechos.
4.- Que derivado del poder que le otorgaron mis tíos cuyos nombres ya quedaron precisados en el punto de hechos anterior, a mi tío Alberto Franco Rivas, éste hizo los trámites necesarios ante el Fideicomiso para la Construcción de Casas de Obreros del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana, para que le expidiera el Título de Posesión, Duplicado y Endoso en cumplimiento del inciso c) y con fundamento en los incisos e) y f) del artículo 24 del Reglamento para la Construcción , Distribución y Entrega de Casas en Propiedad y sin costo a los Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana en vigor, el C. Adrián J. Sánchez Vargas, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana y Presidente del H. Comité Técnico el Fideicomiso para la Construcción de Casas de Obreros del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y Similares de la República Mexicana, hace constar al reverso del mismo, que el C. ALBERTO FRANCO RIVAS, se encuentra registrado en esa oficina como beneficiario de los derechos que ampara el Título de Posesión de referencia, fechado en 08 de marzo de 2010. Duplicado del título de posesión que le fue entregado a mi tío Alberto Franco y éste al suscrito posteriormente, mismo que anexo para que surta sus efectos legales correspondientes.
5.- Que en fecha 10 de diciembre de 2009, me fue ofrecida en venta por mi tío Alberto Franco Rivas, la casa marcada con el número 1 (uno) ubicada en la calle Alejandro Redo de la Vega del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, en la cantidad de $220,000.00 (Doscientos Veinte Mil Pesos M.N.), misma que cuenta con tres recamaras, sala comedor, baño, con patio al frente y parte posterior, construida de material paredes de hielo seco y techo de concreto, manifestándome que en esos momentos era el posesionario de dicho bien inmueble, ya que todos sus hermanos como copropietarios, mediante Carta Poder le habían otorgado poder amplio, cumplido, bastante y absoluto para que escriturara a su nombre o vendiera a cualquier Institución o persona física o moral, de preferencia a hermanos o familiares, además de que ya había iniciado los trámites correspondientes ante el Fideicomiso ya referido precedentemente, para que le otorgaran el Título de Posesión, Duplicado y Endoso, para que lo reconocieran como beneficiario de los derechos que ampara dicho título, de momento me interesó la oferta hecha, por lo que llegamos al acuerdo de llevar a cabo la compra-venta del bien inmueble multirreferido, quedando de acuerdo que el suscrito le entregaría a mi tío Alberto, la cantidad de dinero acordado, el día cuatro de enero de 2010, como así sucedió, firmándome cada uno de los copropietarios los recibos correspondientes por la cantidad de $27,500.00 (veintisiete mil quinientos pesos) que les correspondía a cada quien por la casa habitación en cuestión, por concepto de la compra venta y mi tío Ángel
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