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Actividad empresarial y profesional. Ingresos de las personas fìsicas

Abraham333Informe22 de Enero de 2018

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UNIVERSIDAD

VERACRUZANA

Facultad

CONTADURIA

Asignatura

SEMINARIO DE FISCAL

ISR PERSONAS FÍSICAS

        Actividad Empresarial y Profesional

Expositor

CPC SERGIO PÉREZ ORTEGA

Maestro en Impuestos

XALAPA-VER. OCTUBRE 2017

CONTENIDO

INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES.

Sección I: Ingresos por actividades empresariales y profesionales.

1. Ingresos acumulables

2. Deducciones autorizadas

3. Deducción de inversiones

4. Gastos e inversiones no deducibles

5. Obligaciones tributarias

6. Cálculo y amortización de pérdidas fiscales

7. Tarifas mensuales acumuladas

8. Pagos provisionales

9. Cálculo del ISR del Ejercicio

10. Cálculo de la PTU

11. ISR del ejercicio en ingresos por salarios y actividad empresarial y profesional

12. Casos prácticos

INTRODUCCIÓN

INGRESOS DE LAS PERSONAS FÌSICAS

INTRODUCCIÓN

A diferencia de las Personas Morales que acumulan sus ingresos en base devengada, todas las Personas Físicas reconocen sus ingresos en el momento en que efectivamente los perciban, sin hacer distinción del régimen fiscal (capítulos I al IX del Título IV) en que se encuentren ubicados.

En cuanto a las deducciones, generalmente son deducibles en el momento de su desembolso, aun cuando no es una regla genérica para todos los regímenes, además de que no todos los regímenes gozan de deducciones autorizadas.

Similar situación acontece con la aplicación de Tablas, Tarifas y/o Tasas, pues no en todos los casos se sigue el mismo procedimiento para calcular el ISR.

En cuanto a los tipos de ingresos, no todos los que perciba la persona física son acumulables, pues para algunas de ellas existen ingresos exentos, ingresos que realizan pagos provisionales y/o pagos definitivos de ISR, amén de que algunos tienen característica de acumulables y de no acumulables para efectos de la declaración anual.

Todo lo anterior hace complejo el estudio y entendimiento de los ingresos, de las deducciones, de las tasas y tarifas a aplicar y del procedimiento para calcular el ISR a cargo de las personas físicas.

Como en todo impuesto, son 4 básicamente los elementos del ISR:

  1. Sujeto
  2. Objeto
  3. Base
  4. Tarifa, Tabla y/o Tasa

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

ESTRUCTURA

Título I

Disposiciones Generales

Título II

De las Personas Morales

Título III

Del Régimen de las personas morales con fines no lucrativos

Título IV

De las Personas Físicas

Título V

De los Residentes del extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional

Título VI

De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales

Título VII

De los Estímulos Fiscales

T Í T U L O   IV

DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Disposiciones Generales

Capítulo I      Ingresos por salarios y en general por la prestación de

                     un servicio personal subordinado.

Capítulo II     Ingresos por actividades empresariales y profesionales.

  Sección I    Ingresos por actividades empresariales y profesionales.

  Sección II   Régimen de Incorporación Fiscal

Capítulo III    Ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles.

Capítulo IV   Ingresos por enajenación de bienes.

   Sección I   Régimen General

   Sección II  Enajenación de acciones en Bolsa de Valores

Capítulo V    Ingresos por adquisición de bienes.

Capítulo VI   Ingresos por intereses.

Capítulo VII  Ingresos por obtención de premios.

Capítulo VIII Ingresos por dividendos y en general por las ganancias

                     Distribuidas por personas morales

Capítulo IX   Demás ingresos que obtengan las personas físicas

Capítulo X    De los requisitos de las deducciones

Capítulo XI   Declaración anual.

INGRESOS POR

ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

CAPÍTULO  II DEL TÍTULO IV

En cuanto a las actividades empresariales, las Personas Físicas disponen de tres alternativas para cumplir con sus obligaciones fiscales, ubicadas en tres Secciones del Capítulo II, Título IV de la LISR:

Sección I: 

Actividades Empresariales y Profesionales (Régimen General de las PF), en el que tributan las personas físicas que realizan actos de comercio y las que prestan servicios personales independientes o servicios profesionales (artículos 100 al 110)

Sección II: 

Régimen de Incorporación Fiscal, únicamente para PF con actividad empresarial, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan rebasado de $2000 000 (artículos 111 al 113)

ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

SECCIÓN I

La Sección I del Capítulo II es conocido también como el Régimen General de las Personas Físicas, en virtud  de que le es aplicable en mayor parte la normatividad del Título II de las Personas Morales que tributan en Régimen General, en lo que se refiere a las Deducciones en general, a la Deducción de Inversiones (activos fijos), así como a los Requisitos de las deducciones y a Partidas no deducibles.

En la Sección I tributan tanto las personas físicas que desarrollen actividades empresariales como las que presten servicios profesionales independientes.

Base Flujo de Efectivo.

Aún cuando las personas físicas acumulan sus ingresos y deducen sus erogaciones en Base Flujo de Efectivo (Artículos 101 y 103), la excepción a esta regla es precisamente las inversiones o activos fijos, pues los deducen de acuerdo al Título II de las Personas Morales, es decir, aplican porcentajes de depreciación aún cuando los adquieran de crédito.

INGRESOS GRAVADOS (ART. 100)

Los ingresos que obtengan las Personas Físicas derivados de la realización de actividades empresariales (artículo 16 CFF) o de la prestación de servicios profesionales (honorarios).

Se entiende que los ingresos los obtienen en su totalidad las personas que realicen la actividad empresarial o presten el servicio profesional. Significa que estos ingresos los declara al 100% el contribuyente.

INGRESOS ACUMULABLES (ART. 101).

I. Las condonaciones de deudas relacionadas con la actividad empresarial o profesional:

II. El monto de la enajenación de cuentas y documentos por cobrar y de títulos de crédito distintos de las acciones.

III. Las cantidades que se recuperen por seguros y fianzas, tratándose de pérdidas de bienes afectos a la actividad empresarial o profesional.

IV. Cantidades percibidas para gastos de terceros sin documentación comprobatoria a nombre de aquellos.

V. Enajenación de obras de arte hechas por el contribuyente.

VI. Los obtenidos por agentes de instituciones de crédito, de seguros o fianzas, y promotores de valores.

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