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Ensayo sobre la actividad empresarial y profesional

esmeralda caroEnsayo1 de Mayo de 2023

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ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL

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ESMERALDA CARO HERNADEZ

REGIMEN FISCAL DE PERSONAS FISICAS

MAESTRA: GLORIA MARIA PLACENCIA DE LA TORRE

ACTIVIDAD #2

ENSAYO SOBRE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL

INDICE

Contenido

INTRODUCCIÓN        1

ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL        2

REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO OBRE LA RENTA        5

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO        7

LEY DE HACIEDA DEL ESTADO DE JALISCO        8

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO        8

CONCLUSIÓN        9

BIBLIOGRAFIA        10

INTRODUCCIÓN

Este tema es muy importante no solo por el hecho de que habla sobre impuestos, ya que muchos escuchamos del ISR pero muy pocos saben realmente que actos gravan este impuesto así mismo es importante tanto como personas físicas que prestas servicios profesionales que es algo muy importante ya que al formar profesionistas deben cumplir con sus obligaciones, al igual que las personas que realizan actividades empresariales.

En este ensayo se toman en cuenta diferentes leyes para tener un panorama más amplio sobre como es que te cobran estos impuestos tan conocidos como el ISR, IVA etc., entre  las leyes que se verán están la Ley del Impuesto sobre la Renta, La Ley del Valor Agregado, el Reglamento del ISR, a Ley de Hacienda del Estado de Jalisco y L a Ley de Ingresos e Jalisco, cada una de ellas enfocadas en personas físicas que prestan sus servicios profesionales y aquellas personas físicas con actividades empresariales ya que depende del supuesto en el que estén es la manera en la que se les aplica el cobro de cada impuesto.

Así mismo tenemos que tener en cuenta que no se hablara de las leyes completas, sino que se tomaran solamente los artículos relacionado a nuestro tema ya que las leyes tienen demasiados supuestos y no todos nos interesan en este tema.

También es importante recalcar que cada uno de los artículos que se mencionan están basado en la interpretación personal que en este caso es la mía y sabemos que muchas veces las leyes on complejas ya que se tienen estas situaciones en las que entendamos e interpretemos de maneras diferentes las leyes, sin embargo trate de mencionar con la mayor claridad y ser lo más explícita y apegada a cada una de las leyes para evitar conflicto al momento de leer este ensayo.

        

        

ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL

Comenzare hablando sobre la Ley del Impuesto Sobre la Renta, un impuesto muy conocido enfocándome en el capítulo II que habla sobre las actividades empresariales y profesionales en los artículos 100 hasta el 110 y partiendo dese mi interpretación de dichos artículos:

El artículo 100

Este artículo nos menciona que las personas físicas con actividad empresarial  que preste un servicio o que viva en el extranjero pero tenga un negocio en el país y por lo tanto obtengan ingresos negocios comerciales, agrícolas, ganadera, de pesca  o silvícolas, están obligados a pagar este impuesto.

Articulo 101

Nos explica cuáles son los ingresos acumulables como las condonaciones, los ingresos que se obtengan por la enajenación  de documentos por cobrar, cantidades que se recuperen por un seguro, así como también gastos realizados por un tercero a excepción de que el gasto sea respaldado por un comprobante fiscal a nombre del tercero, también grava ISR el ingreso por patentes, derechos de autor, así como también lo que determine la autoridad competente conforme al CFF si el ingreso es mayor al 50% de ingresos acumulables.

Articulo 102

Explica que se toman en cuenta como ingresos acumulables hasta que están efectivamente percibidos, esto es cuando se recibe el efectivo, cuando se cobra el cheque, en caso de las condonaciones se toman como percibidas a la fecha pactada.

Articulo 103

Aquí nos va explicando  de qué aspectos pueden hacer deducciones, por ejemplo por devoluciones que reciben y se hubiesen acumulado a ingreso, por la adquisición de materia prima, gastos, intereses que se deriven de pagos de dicha actividad empresarial. En el caso de las personas que están viviendo en el extranjero podrán hacer estas deducciones aquí en el país o en otra parte sin embargo para ellos los gastos e inversiones no seran deducibles.

Articulo 104

 En este nos explica cómo se van a toman los porcentajes de las inversiones para efectuar las deducciones en la que indica que se toma todo e monto sin importar que no esté pagado en su totalidad para sacar el porcentaje correspondiente, pero en el cao en que no se pueda separar el monto de los intereses, dichos intereses no se podrán deducir.

Articulo 105

Aquí menciona  como tienen que ser las deducciones ara que sean autorizadas, indica que tienen que estar totalmente erogadas, esto cuando el pago fue en efectivo o fue por traspasos de cuentas e instituciones de  crédito, o n cheques que en esta situación se toma en cuenta la fecha del cobro el cheque para efectuar la reducción en el ejercicio correspondiente, las inversiones se  deducirán en el ejercicio el inicio de su uso o un ejercicio después del inicio sin importar que no este erogado completamente, no se deben restar más de dos veces a pesar de que  estén relacionados con más actividades de ingresos, cuando sea de pagos en parcialidades se tomar dicho monto.

Articulo 106

En este artículo nos mención que los contribuyentes que cuando se efectúen pagos provisionales mensuales se tendrán que hacer el día 17 del mes inmediato que corresponda al pago por medio de la declaración en las oficinas correspondientes, así como también nos explica detalladamente como se obtiene este pago que es restando las utilidades de los trabajadores y las deducciones y las perdidas fiscales que no se hubieren disminuido antes al total de los ingresos obtenidos en dicho ejercicio y al resultad que nos resulte de dicho operación se le determina una tarifa conforme al artículo 96, sumando las columnas correspondientes al límite inferior, superior y la cuota fija para el mes correspondiente a dichos pagos provisionales.

Para los contribuyentes que prestan sus servicios a una empresa es diferente l proceso de las provisiones y la ley indica que ellos tienen que retener un 10% sobre los pagos que le den sin educciones y otorgándoles un comprobante fiscal que indique el monto de lo retenido y que les será acreditable o en otros casos es la persona física la que hace efectúa el comprobante fisca sin embargo nos menciona que por ningún motivo la persona moral se libera de efectuar sus obligaciones en tiempo y forma de las retenciones hecha por la prestación del servicio de la persona física.

Articulo 107

En este artículo nos menciona como es que se hace el pago provisional para las personas que reciben ingresos de manera esporádicamente se le aplicara una tasa del 20% sobre lo percibido a cuenta del impuesto de manera anual y quedara relevaos de la obligación de llevar libros y registros y de llevar declaraciones provisionales  y solo podrán deducir os gastos relacionados con su servicio.

Articulo 108

En este artículo nos explica cómo se llevan a cabo los pagos provisionales cundo las actividades que se están realizando son por medio de copropiedad y menciona que tendrán un represéntate quien será el que determine la utilidad o la perdida que se obtenga del ejercicio y cumpliendo con todas las obligaciones que le corresponden como los pagos provisionales, así mismo en estas situaciones los copropietarios teniendo en cuenta la utilidad o perdida se acreditaran la parte proporcional e mono de os pagos provisionales que se hubiesen realizado antes por su representante.

Articulo 109

Se explica cómo se efectúa el cálculo dependiendo de la utilidad fiscal la cual se determina restando al monto total acumulable las deducciones correspondientes al ejercicio, así mismo se le restara la utilidad que es corresponde a os trabajadores y en el posible caso de haber obtenido una perdida se quedaran pendientes y el resultado será el que se tome en cuenta para gravar el impuesto.

Se entiende que tuvieron una perdida cuando los ingresos obtenidos son menores a las deducciones autorizadas en dicho ejercicio y en estas situaciones se podrá se puede disminuir esta cantidad en la utilidad de los próximos 10 ejercicios sin embargo tendrá que actualizarse dicho monto multiplicándose por el factor correspondiente  esto es un derecho del contribuyente y por lo tanto la ley indica que no se puede transferir este beneficio por ningún motivo y a ninguna persona a excepción de la situación en que la persona muera, de esta forma se traspasa a los herederos.

Estas diminuciones que se harán en los próximos ejercicios solo pueden ser por l utilidad que se genere de la misma actividad empresarial que provoca la perdida fiscal.

También nos menciona la renta gravable será la utilidad que se indica según la constitución política de los estado unidos mexicanos en su artículo 123 fracción XI inciso e) y se disminuirá de los ingresos acumulables que no fueron deducidos, en el caso de que el contribuyente realice más actividades después de dicho calculo las hará de manera individual y en proporción.

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