ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Bienes De Dominio Privado Del Estado


Enviado por   •  22 de Febrero de 2013  •  1.541 Palabras (7 Páginas)  •  1.727 Visitas

Página 1 de 7

Concepto de dominio privado de la federación

EL dominio privado de la federación está formado por todos los bienes que no han sido catalogados como bienes de dominio público y sujetos a un régimen jurídico semejante al de los bienes particulares, con algunas modificaciones

El código Civil del D.F. se aplica como una ley federal en la regulación de estos bienes.

Los bienes de dominio privado de la federación son aquellos bienes que no están afectados a la realización de un servicio público, obra pública, servicio administrativo un propósito de interés general. El Estado está en posesión de estos bienes por cualquier título traslativo de dominio, y debe estimarse que su situación es transitoria, es decir, en caso de no destinarse a un servicio público, desprenderse de ellos, porque no es conveniente convertir al estado en un rentista.

Enumeración de los bienes de dominio privado.

Artículo 3 de la Ley General de Bienes Nacionales.

ARTÍCULO 3.- Son bienes nacionales:

I.- Los señalados en los artículos 27, párrafos cuarto, quinto y octavo; 42, fracción IV, y 132 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II.- Los bienes de uso común a que se refiere el artículo 7 de esta Ley;

III.- Los bienes muebles e inmuebles de la Federación;

IV.- Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las entidades;

V.- Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las instituciones de carácter federal con personalidad jurídica y patrimonio propios a las que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos les otorga autonomía, y

VI.- Los demás bienes considerados por otras leyes como nacionales.

También se considerarán bienes inmuebles de dominio privado de la federación, aquellos que ya formen parte de su patrimonio y que por su naturaleza sean susceptibles de para ser destinados a la solución de problemas de la habitación popular, previa declaración expresa que en cada caso haga la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido. Estos bienes deben denunciarse ante el Ministerio Público para que éste conduzca las acciones que correspondan. El denunciante recibirá la cuarta parte del valor catastral de ellos. Por otra parte, el que se apodere de un bien vacante es objeto de sanciones legales.

Otro grupo importante de bienes son aquellos que “hayan formado parte de corporaciones u organismos de carácter federal, que se extingan”,

Finalmente la ley considera como bienes de dominio privado de la federación “los demás inmuebles y muebles que por cualquier título jurídico adquiera la federación”. Este grupo es muy importante porque las actividades federales cada día son en mayor número y traen como consecuencia la adquisición de numerosos bienes, que entran a formar parte del dominio federal.

EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS BIENES MUEBLES DE DOMINIO PRIVADO

Artículo 3 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales ;

De acuerdo con el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública federal a la secretaría de Energía le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Establecer y conducir la política energética del país, así como supervisar su cumplimiento con prioridad en la seguridad y diversificación energéticas, el ahorro de energía y la protección del medio ambiente, para lo cual podrá, entre otras acciones y en términos de las disposiciones aplicables, coordinar, realizar y promover programas, proyectos, estudios e investigaciones sobre las materias de su competencia;

II. II. Ejercer los derechos de la Nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos; de minerales radioactivos; así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público;

III. III. Conducir y supervisar la actividad de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría, así como la programación de la exploración, explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de energía eléctrica y nuclear, con apego a las disposiciones aplicables;

IV. IV. Promover que la participación de los particulares en las actividades del sector sea en los términos de la legislación y de las disposiciones aplicables;

V. V. Llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal. La planeación energética deberá atender los siguientes criterios: la soberanía y la seguridad energética, el mejoramiento de la productividad energética, la restitución de reservas de hidrocarburos, la reducción progresiva de impactos ambientales de la producción y consumo de energía, la mayor participación de las energías renovables en el balance energético nacional, la satisfacción de las necesidades energéticas básicas de la población, el ahorro de energía y la mayor eficiencia de su producción y uso, el fortalecimiento de las entidades públicas del sector energético como organismos públicos, y el apoyo a la investigación y el desarrollo tecnológico nacionales en materia energética;

Bienes

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.4 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com