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CONCEPCIONES DEL DERECHO


Enviado por   •  15 de Marzo de 2021  •  Monografías  •  1.584 Palabras (7 Páginas)  •  83 Visitas

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CONCEPCIONES DEL DERECHO.

Alumno: Reyes Chávez Guillermo Daniel                                              Grupo: 2112

1.-Formalismo Jurídico Conceptual: Se refiere a todas las conceptualizaciones que han surgido en el uso del derecho a través de la historia, esto para tener una mejor comprensión de él, al estudiar con mayor plenitud el derecho, estudiándolo de una manera concreta y fija. Su mayor representante es la escuela histórica alemana.[1]

2.-Formalismo jurídico legal: Este se refiere a que el derecho es incorruptible, quiero decir, que el derecho no va a cambiar nunca, este será fijo, y siempre se tendrá que hacer lo que la ley dicte sin ninguna objeción. Haciendo caso a todas las leyes que han sido escritas alguna vez.[2]

3.-Formalismo jurídico jurisprudencial: Nos habla de que el derecho debe de regir todo a base de reglas generales, y que este siempre va a tener una buena solución a todos los problemas judiciales. Los únicos que van a poder crear o modificar leyes, serán los legisladores y los tribunales serán los que logren consolidar este derecho a través de su práctica. Unos de sus principales exponentes es Langdell y Holmes, además de que era practicado en su mayoría por el pensamiento jurídico estadounidense.[3]

4.-Realismo Jurídico Norteamericano: nos habla que tanto el derecho y la sociedad van cambiando a través del tiempo, estos nunca se van a mantener fijo, por lo que el derecho no debe ser tomado siempre con conceptos antiguos y este debe de ir cambiando para un fin social, que en lugar de ser visto desde las normas, este sea visto desde los hechos sociales. Sus principales exponentes son: Roscoe Pound, Karl Llewellyn, Holmes, Jerome Frank.[4]

5.- Realismo Jurídico Escandinavo: este realismo consta de ver al derecho desde la observación y las experiencias que este puede tener, pero viendo que lo que cambia al derecho son causas psicológicas del hombre, como los sentimientos. Según Ross, el derecho se divide en dos partes, los hechos sociales, y las normas, os cuales estos elementos son complementarios, ya que el hecho social determinara la existencia de una nueva norma, estas normas también irán cambiando, dependiendo de cómo la sociedad las acepte de cierta manera. Sus mayores exponentes son: Olivecrona, Cross, Axel Hägerström.[5]

6.- Normativismo Jurídico Kelseniano: Para este, las normas son la parte esencial del derecho, y estas son las que dictan como se debe de comportar la sociedad, el cual pasa a ser un derecho por tradiciones, que se han pasado de unos a otros por un gran periodo de tiempo, pero estas normas no son fijas, sino que, estarán a la interpretación de quien las aplique, por lo que estas tendrán un resultado diferente en cada individuo, las tesis que más sustenta este normativismo son la de separabilidad, la de normatividad, la reductiva y la exhaustiva. [6]

7.- Normativismo Jurídico Hartiano: En esta teoría Hart propone que el derecho no se refiere a que exista una conducta y una sanción, sino que, debe de existir una ley de conducta general para todas las personas y esta debe de ser aceptada por todos, siendo leyes que se practiquen constantemente y que surjan de hechos sociales, al igual que analiza desde donde surgen las leyes para poder tener una gran comprensión de ellas. Igualmente basa su teoría una jerarquía, donde unas leyes serán más importantes que otras, por lo que las que estén en un grado mayor de jerarquía serán las que se apliquen primero. Las tesis más importantes de esta concepción son la de normatividad, separabilidad y la de facticidad.[7]

8.- Iusnaturalismo teológico: este trata acerca de que todo el derecho viene de una entidad divina, Dios, ya que a él se le ve como el creador de todo, por lo que él es el que trae la justicia, pero este derecho divino es solo valido porque nosotros podemos razonarlo, este es un derecho que no está escrito, simplemente sabemos que lo tenemos y es un derecho que en su mayoría solo respecta en acciones de bien o mal, según la religión, no caben interpretaciones. También se da la razón de atribuir las leyes como creación de Dios, porque él es un ser perfecto, por lo tanto está en equilibrio de percepciones de bien o mal, mientras que si el hombre mortal las creara, serían leyes para su propio beneficio ya que el humano es un ser corrupto. Tiene varias subdivisiones como la voluntarista, la escolástica y la neo escolástica. Los principales exponentes son San Agustín, Santo Tomás de Aquino, Francisco de Vitoria.[8]

9.-  Iusnaturalismo racional: La naturaleza humana y los hechos sociales son los que ahora guían al derecho, donde las ciencias exactas ayudaran a la creación de las nuevas normas, apoyadas de la razón humana. Estas ideas están ligadas a la ilustración, por lo que se va a buscar entender al mundo de mejor manera. Unos de sus mayores exponentes es Hugo Grocio, Samuel Puffendorf.[9] 

10.- Iusnaturalismo procedimental: La concepción nos habla de cómo debería de ser visto el derecho, este debería de ser visto como una herramienta para llegar a un fin, teniendo presente el estudio de todos los procesos humanos que llevan a construirlo, como las costumbres, este explica igual que el derecho debería de ser pensado para que actúe en un futuro, que este sea general para todas las personas y que se incorregible. Su mayor exponente es Lon Fuller[10]

11.- Marxismo Jurídico: El marxismo jurídico nos habla de cómo el derecho se da y se crea más por un contexto histórico, se va generando por la situación que vive cada estado actualmente, por lo que el derecho será diferente para cada lugar. Este igual nos habla de cómo es que el derecho no es igualitario para todos, este está siempre para beneficiar a la burguesía sobre al proletariado ya que la mayoría del derecho se basa en la propiedad privada, y que para llegar a comprender el derecho no solo es necesario verlo desde un punto de vista en el que son simples leyes, sino que también se debería de estudiar desde su ideología, sus fines, su audiencia a la que va a ser destinada, etc. Su mayor exponente es Eugeni Pashukanis, y unas de las tesis que nos comparte son las de “la forma mistificada de una relación social específica: la relación entre poseedores de mercancías que intercambian equivalentes" y la de “determinación en última instancia”.[11]

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