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CONCEPTOS JURÍDICOS BÁSICOS Y APROXIMACIÓN A LAS OBLIGACIONES


Enviado por   •  29 de Marzo de 2019  •  Ensayos  •  1.733 Palabras (7 Páginas)  •  75 Visitas

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ASPECTOS JURÍDICOS DE LOS NEGOCIOS

CASO CLASE 2

CONCEPTOS JURÍDICOS BÁSICOS Y APROXIMACIÓN A LAS OBLIGACIONES

Bogotá, 17 de agosto de 2018

Señores

Eunice

Murcia

Acero

Fernán Martínez

Ref: Concepto Jurídico sobre situación de Perro Tiresias

Apreciados señores:

En atención a la situación que se genera por cada una de las pretensiones que cada uno de ustedes presentan en relación al perro Tiresias este despacho en el marco de la ley aplicable y teniendo en cuenta que:

Como argumenta Castro, Marcela y Bonilla, Nubia Constanza en su libro “Conceptos Fundamentales del Derecho”. pp 1-22: "son sujetos del derecho las personas que tienen aptitud para ser destinatarias de las normas jurídicas" y considerando el artículo 74 del código civil colombiano define la persona natural, o persona física, en los siguientes términos: "... todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición".

Por otra parte, Castro de Cifuentes, Marcela en su libro “Fundamentos de Obligaciones” pp 23-50 aclarando sobre el objeto de las obligaciones, explica que en las obligaciones de cuerpo cierto (también llamadas de especie), "un deudor se ha obligado a dar o entregar una cosa específica, totalmente singularizada, con unas características que la hacen única ", pone como ejemplo de este tipo de objetos el caballo de raza de nombre Tornado.

Considera que:

El perro Tiresias (un animal) pese a tratarse de un ser viviente pero no de una persona por no pertenecer a la especie humana, y al encontrar en el ejemplo de Castro Cifuentes a un caballo (un animal) considerado como un objeto, el perro en referencia se considera pues un objeto y no hace parte de lo que ante el código civil se considera una persona natural o una persona jurídica, por tanto, no sujeto del derecho.

A partir de este concepto, este despacho resuelve pronunciarse así sobre cada una de sus pretensiones:

Pretensiones de Tiresias:

  1. Que la señora Eunice le pague sus sueldos y prestaciones sociales por los servicios durante años.

No procede, derivado del marco legal colombiano, donde se presume el análisis de este caso y donde se determina que únicamente son destinatarios del derecho las personas que tienen aptitud para ser destinatarias de las normas jurídicas. Por lo tanto, al no tener la calidad de persona, para Tiresias no existe una capacidad jurídica y, por ende, no se puede demandar la carencia de pagos por salarios y prestaciones sociales, ni la promulgación de un contrato de hecho. Así mismo, la inviabilidad de la reclamación no solamente recae en el hecho mismo de la especie, sino que además no tenemos acceso a información que nos indique la eventual condición contractual donde se hubiera establecido el salario y sus correspondientes prestaciones sociales.

Por lo anterior y en virtud a la pretensión indicada, se reitera la decisión, toda vez que, adicional al no reconocimiento de Tiresias como persona, la imposibilidad por tanto de establecer un análisis jurídico sobre su caso y la falta de evidencia material que nos permita convalidar los elementos principales bajo los cuales se establece un contrato.

 

  1. Que se le otorgue la libertad.

Con relación a este punto, declaramos que es voluntad de su dueña (Eunice) la posibilidad de liberarlo, toda vez que para ella existen una serie de obligaciones y responsabilidades a la luz de dicha propiedad, la cual se entiende de hecho en la medida en que durante más de 10 años ha sido la encargada de velar por el perro y es reconocida socialmente como la propietaria de este.

Por lo anterior, y validando el marco legal vigente respecto a la propiedad de animales mascotas, la responsabilidad sobre el perro recae sobre su propietario y en este caso, en el evento de aceptar un requerimiento de “liberación”, se entiende que dicha “liberación” implicaría una cesión a otra persona que pueda asumir las responsabilidades que emana la ley en la tenencia de mascotas.

De conformidad con lo anteriormente expresado, la solicitud de libertad, entendiendo ella como la posibilidad de actuar de forma independiente y sin propietario reconocido no es posible

  1. Que se le reconozca su derecho a trabajar en Zoo Solución o en cualquier otro lugar.

Respecto a este punto, el reconocimiento al trabajo no es posible, toda vez que Tiresias no es una persona, no puede ser contratada y remunerada, no puede firmar un contrato laboral directamente. Se entiende bajo esta solicitud, que la posibilidad de usufructo perseguida por Tiresias no es posible, contrario a su dueña, quien, asumiendo un contrato con Zoo Solución, eventualmente podría a través de una serie de garantías, disponer de una relación contractual legal material.

 

  1. Que la doctora Murcia le pague el 50% de las facturas por los servicios prestados al señor Charles.

En complemento a los puntos anteriores, donde se expresa la inviabilidad de establecer un contrato directamente entre Tiresias y cualquier persona por su condición de especie, la pretensión no procede independientemente del aparente acuerdo establecido entre la Dra. Murcia y Tiresias, en virtud a lo anterior, se debería revisar la actuación de esta al asumir un acuerdo con Tiresias sin incluir a su dueña (Eunice), además de las responsabilidades al establecer un acuerdo verbal para la prestación de un servicio, usufructuando una mascota cuya propiedad no es suya y de la cuál no ha asumido responsabilidad alguna. En tal sentido, adicional a que Tiresias no puede reclamar el pago, tampoco puede reclamar por el % acordado ni las falsas expectativas generadas.

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