CONTRATO COLECTIVO
wichopaes19 de Noviembre de 2012
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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA “PICARA” REPRESENTADA POR __________________________ CON DOMICILIO ______________________ POR LA OTRA PARTE EL SINDICATO _______________ REPRESENTADO POR EL SECRETARIO GENERAL __________________ Y POR SU SECRETARIO DE TRABAJO Y CONFLICTOS _______________________ AMBOS CON DOMICILIO EN ___________________ AL TENOR LAS SIGUIENTES:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El Sr. ________________________ acredita su personalidad como apoderado general de la Empresa denominada__________________ para suscribirse este ________________ en el instrumento notarial No. __ _, volumen __________ contrato en el pasado ante la fe del notario público No. _____ de _________ con fecha _____________, y declara que su representada es una sociedad mexicana dedicada a______________.
SEGUNDA.- EL SINDICATO _______________ está presentado de acuerdo a sus estatutos por el Secretario General ____________, quien suscribe este contrato conjuntamente con el secretario de trabajo y conflictos ______________ y declaran que dicha agrupación está legalmente constituida y registrada ante la junta de conciliación y arbitraje ______ con el número de registro de ________.
TERCERA.- Ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad para celebrar este Contrato, en términos de lo que establece cl Capítulo II del Título XIV de la Ley Federal del Trabajo, siendo conformes de que en lo sucesivo en el contenido de este Contrato por economía procesal, al referirse a la Empresa denominada ______ únicamente sea con la frase ''LA EMPRESA'', y se mencionará al Sindicato ________ con las palabras ''EL SINDICATO'', asimismo para hacer alusión a la Ley Federal del Trabajo, se empleará únicamente el término ''LA LEY'', a los firmantes como ''LAS PARTES'' y al presente documento como ''EL CONTRATO''.
CUARTA.- ''LA EMPRESA'' reconoce que ''EL SINDICATO'' mencionado representa el interés profesional de los Trabajadores al servicio de la misma, comprometiéndose a tratar con el mismo las cuestiones relacionadas con esa representación y a tal efecto ''EL SINDICATO'' nombrará un Delegado que será trabajador de ''LA EMPRESA'' y un sub-delegado en los mismos términos quienes se ajustarán en todo caso a las decisiones del Comité Ejecutivo del Sindicato o de sus representantes autorizados de acuerdo a los Estatutos. El Sindicato reconoce a su vez que la Dirección y Administración de ''LA EMPRESA'' corresponde exclusivamente a la misma.
QUINTA.- En ''EL CONTRATO'' se estipulan los derechos y obligaciones de ''LAS PARTES'' y se establecen las bases generales en sus relaciones obrero - patronales reconociendo ''LA EMPRESA'' a EL SINDICATO'' como el único Titular y Administrador del Contrato Colectivo de Trabajo y obligándose a tratar directamente con el Comité Ejecutivo del Sindicato y Delegados del mismo todo aquello que concierna a su relación laborales. ''LAS PARTES'' se obligan a comunicarse por escrito el nombre de sus Representantes Legales, en un término no mayor de __días al nombramiento de los mismos.
SEXTA.- ''LA EMPRESA'' se obliga a dar todo género de facilidades a los Delegados Sindicales y a los Trabajadores que se les designe cualquier labor Sindical para el desempeño de sus funciones dentro de la misma. Cuando debido a una comisión Sindical haya que abandonar sus labores cualquier Trabajador perteneciente a ''EL SINDICATO'', se dará aviso oportunamente a sus superiores inmediatos de ''LA EMPRESA''.
SEPTIMA.- ''EL CONTRATO'' se aplica a todos los Trabajadores que presten sus servicios dentro de ''LA EMPRESA'' en cualquiera de sus dependencias, con excepción de sus Empleados de Confianza.
OCTAVA.- ''LAS PARTES'' convienen en reconocer como Trabajadores de confianza a aquellos que las funciones sean las de Dirección, Inspección, Vigilancia y Fiscalización cuando tengan carácter general o que se relacionen con trabajos personales de ''LA EMPRESA''.
NOVENA.- ''EL CONTRATO'' se celebra por tiempo indeterminado y será revisable cada ___ años en lo general de conformidad con el Artículo ___ Fracciones____de ''LA LEY'' y cada ___ por cuanto se refiere a los salarios, según lo establecido por el Artículo ____ de la misma Ley, consecuentemente no podrá modificarse, rescindirse, suspenderse o terminarse si no es voluntad de ''LAS PARTES'' o en los términos previstos por ''LA LEY''.
DECIMA.- ''LA EMPRESA'' no podrá intervenir ni por sí ni por conducto de sus Representantes y/o Trabajadores de Confianza en el régimen interno de ''EL SINDICATO''.
DEL INGRESO AL TRABAJO.
DECIMA PRIMERA.- Todo el personal de nuevo ingreso a ''LA EMPRESA'' que se requiera para cubrir plazas existentes, de nueva creación, temporales o definitivas, con excepción de los puestos de confianza, deberán solicitarse a ''EL SINDICATO'' para que él mismo los proporcione, constituyéndose esto una obligación de ''LA EMPRESA''.
DECIMA SEGUNDA.- Cuando al recibir la solicitud por escrito de ''LA EMPRESA'', ''EL SINDICATO'' no pueda proporcionar el personal en un término de __ días, ''LA EMPRESA'' podrá contratar libremente al personal, con la condición de que el mismo deberá afiliarse a ''EL SINDICATO'' dentro del término de___ días siguientes a la fecha de su ingreso.
DECIMA TERCERA.- Para ingresar un trabajador al servicio de ''LA EMPRESA'' se requiere:
a).- Ser miembro de ''EL SINDICATO''.
b).- Someterse al reconocimiento previsto en términos de la tracción __ del Artículo ___de ''LA LEY'', en la inteligencia de que el Médico que los practique, será designado y retribuido por ''LA EMPRESA''.
c).- Suscribir la forma de Filiación que contendrá sus generales, nombre y apellidos, edad, lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio, estado civil, personas que dependen económicamente del Trabajador, puesto, categoría y clase de servicios, así como la fecha en que principió a prestar sus servicios en ''LA EMPRESA'' para efectos de cómputo de su antigüedad; dicha forma se hará por triplicado y se distribuirá un tanto para el trabajador. La forma de filiación referida deberá ser firmada por el representante de ''EL SINDICATO''.
DECIMA CUARTA.- ''LA EMPRESA'' podrá contratar Trabajadores por obra determinada o tiempo determinado en casos justificados conforme a los Artículos __ y __ y demás relativos de ''LA LEY'', de los cuales terminarán automáticamente al concluir su objeto. Para la contratación de dichos Trabajadores se observará lo dispuesto en las Cláusulas Décima Primera y Décima Segunda, en la inteligencia de que la concurrencia de los mismos no podrá disminuir el trabajo, los salarios ordinarios que se proporcionen a los Trabajadores permanentes al servicio de ''LA EMPRESA'' ni el número de puestos, planta o base que existan dentro de ''LA EMPRESA''.
DECIMA QUINTA.- Cuando se trate de Trabajadores eventuales de naturaleza distinta a los desempeñados normalmente en ''LA EMPRESA'', que no forman parte de las actividades y objeto social de la misma, tales como obras de albañilería, de instalaciones eléctricas, etc., ''LA EMPRESA'' se obliga a observar el contenido de las Cláusulas Décima Primera y Décima Segunda de ''EL CONTRATO'' en lo que sea aplicable y por el contenido de sus Contratos Individuales de Trabajo respectivos.
DEL TRABAJO, JORNADA, PERMISO, SALARIO Y DESCANSO.
DECIMA SEXTA.- El personal que preste sus servicios en ''LA EMPRESA'', será distribuido por ésta con arreglo a las necesidades de la misma, de acuerdo con las condiciones de trabajo contratadas, subordinado jurídicamente a ''LA EMPRESA'', y deberá desempeñar sus labores con la intensidad y cuidado, esmero y eficiencia apropiados.
El personal deberá acatar en el desempeño de su trabajo las disposiciones de ''EL CONTRATO'', de ''LA LEY'', del Reglamento Interior de Trabajo que será elaborado por la Comisión Mixta, integrada por representantes de ''LAS PARTES'', así como las instrucciones de su jefe inmediato y la de los demás representantes de ''LA EMPRESA''; de igual manera deberá conservar un buen estado de los instrumentos y útiles que se le hayan entregado para la realización de su trabajo.
DECIMA SEPTIMA.- ''LA EMPRESA'' se obliga a poner a disposición de los Trabajadores durante todo cl tiempo de la prestación de sus servicios, los materiales, las herramientas y útiles necesarios para su trabajo en buen estado y buena calidad.
DECIMA OCTAVA.- La duración
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