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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO 2015


Enviado por   •  23 de Agosto de 2015  •  Apuntes  •  1.627 Palabras (7 Páginas)  •  185 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

En la ciudad de San Luis Potosí Capital, en fecha __________________________ ente la presencia de los testigos que al final suscriben este documento, comparecieron por una parte, la C. _____________________________________________________, a quien en lo sucesivo se denominara EL ARRENDADOR. Por otra el C. ____________________________________________ quien en lo sucesivo se le denominará EL ARRENDATARIO ambos mexicanos mayores de edad, hábiles para contratar y obligarse, y dijeron que es su voluntad celebrar el presente contrato de arrendamiento conforme a lo establecido por las disposiciones enmarcadas dentro del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, mismo que sujetan a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. El ARRENDADOR entrega en arrendamiento el domicilio ubicado en _______________________________________________________________, perteneciente a esta ciudad capital.


SEGUNDA. El ARRENDATARIO recibe en arrendamiento, en perfectas condiciones de uso, y a su entera satisfacción el local descrito en la cláusula anterior, obligándose a destinar su uso única y exclusivamente para________________________ por ningún motivo podrá subarrendar, ni hacer variación alguna del inmueble ya descrito, salvo que por escrito se lo autorice el ARRENDADOR, renunciando además el inquilino al beneficiario concedido por el artículo 2228 del Código Civil.


TERCERA. Los contratantes pactan que el término de duración del presente contrato será de 6 meses, empezando a surtir sus efectos a la fecha de la firma del presente contrato, terminando consecuentemente en fecha ________________________, por lo que en esa fecha el ARRENDATARIO devolverá al ARRENDADOR la posesión del inmueble objeto de este contrato, en el mismo buen estado en que la recibe, junto con sus mejoras y accesorios, renunciando expresamente al derecho de prórroga concedido por el artículo 2276 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, misma disposición que perfectamente es de su conocimiento y a la que puede renunciar porque no lesiona derechos de terceros y porque además tiene la plena capacidad civil para renunciar en la forma señalada renunciando también a ejercitar cualquier acción que nulifique o entorpezca lo expuesto en esta cláusula.


CUARTA. Los contratantes pactan de común acuerdo que el ARRENDATARIO pagará al ARRENDADOR por concepto de renta mensual por el uso del local del contrato la cantidad de ___________________________________________, mensuales, mismo que se obliga a pagar en efectivo al ARRENDADOR, por adelantado los días__________ de cada mes, el inquilino se verá obligado a pagar, si existiera demora en el pago de la renta un interés del 5% mensual, sin que dicha morosidad pueda exceder de diez días naturales ya que dé así suceder se tendrá por rescindido el contrato y el inquilino debe desocupar y entregar de inmediato el local materia del presente contrato, el inquilino solo pagara la cantidad de _________________________________ de renta provisional toda vez que se compromete hacerle mejoras al bien inmueble arrendado, de no hacer dichas mejoras se le cobrara la cantidad marcada en este mismo punto como renta.


QUINTA. Los contratantes estipulan, que si el ARRENDATARIO no desocupa voluntariamente el local arrendado y la entrega al arrendador al término de la vigencia del presente instrumento legal, dará motivo a que se le haga una pena, aparte del precio establecido como renta, la cantidad de $500.00 (quinientos pesos MN 00/100), diario durante todo el tiempo que durase en desocupar dicho inmueble, pena que será pagadera mensualmente a partir de la terminación del contrato y hasta la desocupación del inmueble arrendado, sin que por ello se entienda prorrogado o renovado, y además se deberá seguir pagando la renta que estipulan en la cláusula anterior, hasta la total desocupación del inmueble.


SEXTA. El ARRENDATARIO está consciente que el valor de la renta señalada en la cláusula cuarta está dentro de los límites y de acuerdo a lo estipulado en el artículo 2235 del Código Civil en virtud del valor comercial actual del local por la renuncia desde este momento a cualquier acción que pudiera intentar contra el ARRENDAMIENTO en cuanto al señalamiento del importe de la renta.


SEPTIMA. Todos los arreglos y composturas de las cañerías, llaves de agua, sumideros comunes y excusados, despostilladas en enjarre y vidrios rotos, chapas, pisos, puertas, azulejos, tuberías, cortos circuitos en las instalaciones eléctricas, desagües así como todas las pequeñas reparaciones que amerite el local arrendado, por el mal uso dado por el inquilino o personas que lo frecuenten, será por cuenta y bajo exclusiva responsabilidad del ARRENDATARIO.


OCTAVA. Queda estrictamente prohibido al ARRENDATARIO hacer variación alguna del local arrendado, aún con el carácter de mejora, sin previo consentimiento dado por escrito por el ARRENDADOR. Todas las mejoras que el ARRENDATARIO realice al inmueble arrendado, ya sean útiles o de ornato, quedarán en beneficio del inmueble, en los términos del artículo 2270 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, ya que se considerarán hechas de mala fe, por lo que no procede indemnización alguna al ARRENDATARIO.


NOVENA. Queda prohibido al ARRENDATARIO guardar, conservar o tener bajo cualquier título en el local materia del contrato, material explosivo o inflamables, en la inteligencia que ser responsable directamente de cualquier riesgo que se presente y que dañe el inmueble, por este motivo, aun en el caso de fuerza mayor o caso fortuito.


DÉCIMA. Expresamente los contratantes pactan que serán causales de rescisión del presente instrumento legal las siguientes, además de las establecidas por la Ley:

a. Subarrendar, traspasar o ceder sus derechos al ARRENDATARIO respecto del inmueble del presente contrato.

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