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CONTRATO DE FIANZA


Enviado por   •  25 de Enero de 2014  •  1.187 Palabras (5 Páginas)  •  256 Visitas

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EL CONTRATO DE FIANZA.

1. Concepto, caracteres y clases.

La fianza es el contrato por el que una de las partes, fiador, asume la obligación de cumplir la contraída por otro, fiado, en caso de no hacerlo éste frente a su acreedor.

Por tanto, se garantiza la obligación contraída por otro frente a un acreedor que ve reforzado el cumplimiento del crédito.

• Caracteres del contrato

o Consensual

o Unilateral – en principio sólo contra obligaciones el fiador, pero podrá ser bilateral si se establece una contraprestación a favor del fiador.

o Gratuito, pero puede ser oneroso si se pacta la contraprestación que acabamos de citar.

o Se rige por el principio de libertad de forma.

• Sujetos.

Normalmente son el acreedor de la obligación principal y el fiador, en cuyo caso no se requiere ni el asentimiento ni el conocimiento del deudor.

Pero el contrato también se puede celebrar entre el fiador y una persona distinta del acreedor, en cuyo caso la obligación surgirá de un contrato a favor de tercero y sería necesaria la aceptación del acreedor.

Las partes deben tener capacidad general para contratar.

Puede ser fiador un menor emancipado, pero si actúa sin el complemento de capacidad otorgado por los padres o el curador, su responsabilidad por el incumplimiento de la obligación fiada sólo se puede hacer efectiva sobre los bienes de los que puede disponer dicho menor sin ese complemento de capacidad.

2. Contenido del contrato

• La obligación del fiador

La obligación del fiador se caracteriza por:

a. Carácter accesorio, es decir, la fianza está subordinada o depende de la obligación principal que garantiza, luego no puede existir sin dicha obligación principal.

b. Carácter subsidiario. La obligación del fiador normalmente es subsidiaria a la del deudor principal en su cumplimiento. Por tanto, el fiador cumplirá su obligación si el deudor de la obligación principal no cumple.

La obligación puede ser de cualquier tipo. Ha de ser una obligación existente, pero también pueden fiarse obligaciones futuras o condicionales.

Por otra parte, el otorgamiento del contrato de fianza puede ser libre o debido.

- Será debido en los casos de fianzas ilegales y judiciales.

- Será legal cuando deba contraerse porque así lo dispone la ley.

- Será judicial cuando se constituya por mandato del juez.

La fianza será civil cuando su objeto sea asegurar obligaciones civiles.

• Obligaciones de las partes

La fianza, en principio, es un contrato unilateral y gratuito. La obligación esencial que surge es la del fiador de cumplir en defecto del deudor. Por esta razón, la obligación del fiador no puede ser superior a la del deudor pero sí inferior, tanto en la cantidad como en lo oneroso de las condiciones. Si el fiador se hubiese obligado a más, su obligación se reducirá a los límites de la obligación del deudor. Además, la obligación del fiador se reduce por reducción en la obligación principal; pero no ocurre lo mismo si ésta aumenta.

• Beneficio de excusión

El fiador sólo puede ser constreñido (obligado) a cumplir si el deudor incumple y no tiene bienes con los que responder de su incumplimiento. Por tanto, el fiador no puede ser compelido a pagar sin hacerse antes excusión de los bienes del deudor (art. 1830 CC). Esto se llama “beneficio de excusión o de orden”. Así, si el acreedor requiere al fiador para el pago, el fiador le puede oponer este beneficio debiendo señalarle bienes para cubrir el importe de la deuda.

Art. 1.830

El fiador no puede ser compelido a pagar al acreedor sin hacerse antes excusión de todos

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