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CONTRATOS

betzabe110620 de Agosto de 2013

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CONTRATO DE MUTUO

DEFINICIÓN: “PRESTAMO DE CONSUMO”

ES UN CONTRATO POR EL CUAL UN MUTUANTE SE OBLIGA A TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE UNA SUMA DE DINERO O DE OTRAS COSAS FUNGIBLES AL MUTUATARIO, QUIEN SE OBLIGA A DEVOLVER OTRO TANTO DE LA MISMA ESPECIE Y CANTIDAD.(art.2384).

CLASIFICACIÓN:

1.-BILATERAL,

2.-CONMUTATIVO,

3.-NOMINADO,

4.- CONSENSUAL EN OPOSICIÓN A FORMAL,

5.- CONSENSUAL EN OPOSICIÓN A REAL,

6.- TRASLATIVO DE DOMINIO,

7.- GRATUITO,

8.- ONEROSO, en caso de mutuo con interés.

ESPECIES:

MUTUO SIMPLE: Préstamo gratuito.

MUTUO CON INTERÉS: Préstamo con interés. (2393)

MUTUO CIVIL.

MUTUO MERCANTIL: a) art.358 del código de comercio,

b) art.75-XXI y 538, in fine del código de comercio,

c) art.75-XIV código de comercio (operaciones pasivas de los

de los bancos)

depósitos irregulares a plazo fijo (art. 267, 271 y 273 Ley

general de títulos y opresiones de crédito).

Pago de un determinado rédito (2384 y 2393).

F I G U R A S A F I N E S

COMODATO MUTUO

Faculta solo a un determinado uso Transmite la propiedad de la misma

de la cosa . (2384,2497 y 2705).

Obliga a restituir individualmente Sólo existe la obligación de de---

la cosa. ver otro tanto de la misma especie y

calidad.

Los riesgos de la cosa corren en el La perdida de la cosa por caso -----

comodato por cuenta del como------------------------- fortuito o fuerza mayor la sufre en

dante, quién por seguir siendo el el mutuo el mutuatario, por transmi

dueño de la cosa, sufre la pérdida tirse a éste la propiedad de dicha co

de ésta por caso fortuito o fuerza sa.(2384)

mayor, salvo diversas exepciones.

(2502, a contrario sensu 2507 y

2704 a 2506).

El comodato es esencialmente gra El mutuo puede ser gratuito o sin in

tuito. (2497) terés o bien mutuo oneroso o con in

terés (2394 y 2393).

El objeto del comodato debe ser co El objeto del mutuo sólo puede ser

sa no fungible o cuerpos ciertos, ya dinero u otras cosas fungibles.

que sólo excepcionalmente puede (2384).

recaer sobre cosas fungibles, pero

que deben ser restituidos individual

mente por haberse permitido sólo la

exhibición de ellas.(2497 y 2498).

Por ser un contrato de amistad o por Por regla general, no puede el mu--complacencia, puede el comodante, tuante exigir la devolución de la co-

en caso de necesidad urgente de la sa antes del vencimiento del plazo.

cosa,exigir la devolución de ésta an (2385).

tes de la terminación del plazo o uso

convenidos.(2512).

ELEMENTOS PERSONALES

1.-Tienen la capacidad para contratar.

2.-El menor de edad puede ser mutuario

o mutuatario, cuando este ausente su

representante legítimo y necesite dinero

o bienes fungibles para proporcionarse

alimentos.(2392).

3.-El tutor no puede a nombre del incapa

citado recibir dinero en mutuo, sea sin hi

poteca o con ella, a no ser que tenga auto

rización judicial.(575).

4.-El tutor que reciba dinero del incapaci

tado, a virtud de redención de capitales, o

de cualquier otra fuente deberá colocarlo

en mutuo con hipoteca seguro dentro de

los tres meses siguientes contados a partir

de que reúna $2000.00.(557).

5.-Para que un representante legal de una per

sona moral pueda recibir el mutuo se requie

re que se encuentre incluido expresa o implí

citamente dentro del objeto socil de esa per

sona moral, o las facultades para recibir el

mutuo, se requiere cláusula especial o que

tenga un mandato general para actos de

dominio.

E

L DINERO

E

M BIENES FUNGIBLES: Bienes que para

E efecto de pago puedan substituirse unos

N por otros de la misma especie, calidad y

T cantidad. (763,2384,2388 y 2389).

O

S MONEDA EXTRANJERA: Conforme a

la ley monetaria, y

R - el mutuario puede devolver a la moneda

E extranjera o su equivalente en moneda

A nacional.

L -tipo de cambio vigente en el momento de

E hacer el pago.

S -el mutuario haya recibido en moneda

extranjera el importe del préstamo.

E L E M E N T O S F O R M A L E S

I.- Consensual por oposición

a formar, dado que no es

necesaria la firma de ningún

documento, ni llenar ninguna

formalidad.

II.- Consensual no se requiere la

entrega de la cosa para el per

feccionamiento o celebración

del contrato.

III.- Se requiere la transmisión de

la propiedad en un momento

posterior a la celebración del

contrato.(2015-2386).

EXEPCIÓN A LOS ELEMENTOS FORMALES

------------------------La exceptio non numeratae pecuniae, o sea “exeptio de

dinero no entregado,que hay día suele llamarse de “fal

sedad ideologica”.

a) prescribe en dos años para exigir ladevolución de un

vale por escrito privado.

-opuesta la exepción incumbe al creador la prueba de la

Entrega.

b) Si el deudor no reclama ésta dentro de los dos años,

se presume legalmente hecha, sin que se admita prueba

...

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