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Comodato.


Enviado por   •  20 de Marzo de 2013  •  Tesis  •  1.261 Palabras (6 Páginas)  •  249 Visitas

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CONCEPTO

El comodato es un contrato por el cual una parte entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o bien raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.

Naturaleza jurídica

El comodato (< latín commodatum) es el contrato por el cual una de las partes (comodante) entrega gratuitamente a la otra (comodatario) una cosa para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva a su término

El comodante conserva la propiedad de la cosa, por lo que no es traslativo del dominio. Sólo se entrega la tenencia de la cosa, la posesión. Es concebible un comodato incluso sobre el bien fungible por excelencia, el dinero. Por ejemplo, pueden entregarse a un banquero o a un numismático unas monedas determinadas para su exhibición durante un tiempo determinado.

Características del Contrato de Comodato

Es un contrato típico o nominado, puesto que se halla regulado por la ley.

Es un contrato sinalagmático imperfecto, ya que en un principio solo se obliga el comodante a entregar el bien, posteriormente, es el comodatario el que se obliga a restituirlo.

Es un contrato esencialmente gratuito.

Es un contrato real, ya que para su perfeccionamiento se requiere la entrega de la cosa.

Es un contrato conmutativo.

Es de ejecución diferida.

Elementos

Los elementos personales (comodante y comodatario) y los aspectos relativos a su capacidad, naturaleza del objeto y forma del contrato se explican más abajo. En cuanto a su perfeccionamiento:

El contrato nace con la entrega de la cosa.

En cuanto a su contenido:

Es generalmente gratuito y con facultad de usarla en favor del comodatario.

El comodatario debe devolver la misma cosa en el mismo estado en que fue recibida.

Comparación con otros contratos

Comodato y arrendamiento: ambos tienen por objeto el uso de cosas no fungibles. La diferencia es que el contrato de arrendamiento o locación no es real. Hay contrato de arrendamiento con todos sus efectos desde que se celebra, aún cuando no se entregue el bien.

Comodato y usufructo: en ambos no se puede alterar la sustancia del objeto del contrato. Pero en el usufructo la persona que recibe la cosa tiene derecho de propiedad sobre los frutos, en el comodato no.

Comodato y mutuo o préstamo de consumo:

a) Por sus caracteres, se diferencian en que el comodato es esencialmente gratuito; mientras que el préstamo, aunque naturalmente es también gratuito, admite el pacto de pagar interés

b) Por razón del objeto se distinguen el préstamo y el comodato en recaer aquél sobre dinero o cosas fungibles, y éste sobre cosas no fungibles

c) Por su finalidad, la del mutuo o préstamo es transferir la propiedad, mientras que la del comodato es simplemente transferir el uso de la cosa.

d) Por sus efectos, el mutuo o préstamo produce la obligación de restituir otro tanto de la misma especie y calidad; el comodato, la de restituir la cosa misma que fue entregada.

e) Por la extinción, en el préstamo no puede reclamarse la devolución antes del tiempo convenido, mientras que en el comodato puede reclamarse.

Comodato y donación: El contrato de donación es consensual y queda perfeccionado por el simple consentimiento y la cosa es transferida del donante al donatario. El comodato se cumple con la entrega de la cosa y la transferencia no existe; sólo el comodante permite el uso gratuito de la cosa entregada.

Capacidad

No se requiere capacidad especial para celebrar este contrato, basta la capacidad general para contratar. No transmitiéndose por el comodato la propiedad, sino el uso de la cosa, toda persona que tenga un mínimo de derechos sobre ella pueda cederla en comodato, siempre que esos derechos no sean personalísimos

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