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Conceptos de derecho empresarial y derecho corporativo

PpMuozTrabajo20 de Abril de 2015

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Conceptos de derecho empresarial y derecho corporativo

• Derecho empresarial:

o El derecho mercantil es el sistema de normas jurídicas que determinan su campo de aplicación mediante la calificación de mercantiles dadas a ciertos actos, y regulan estos y la profesión de quienes se dedican a celebrarlos.

• Derecho corporativo:

o El derecho corporativo es la rama del derecho que regula la actividad empresarial de las grandes empresas o corporaciones.

Aplicación y contenido

El derecho corporativo está integrado por normas de carácter instrumental y tiene como contenido un conjunto de normas cuyo objeto es organizar la intervención del Estado, en forma directa o indirecta, a través de los entes y órganos públicos conocidos como sindicatos y corporaciones, atendiendo a la formación de la tutela jurídica para los interesados.

Si bien su naturaleza, emana de una persona jurídica que participando tanto de una disciplina del derecho privado (comercial) y como de otra considerada de derecho público (Administrativo, Teoría del Estado, Económico, Fiscal), es autónoma respecto a ambas y, por lo tanto, pertenece a una tercera categoría denominada derecho Social (Del trabajo o Laboral).

El fin del ordenamiento empresarial-corporativo es integral, contiene múltiples objetivos, medios y fines, que se funden con los intereses del estado (gobierno) siendo sinónimo de un determinado tipo de organización estatal.; pero su fin principal es resguardar los intereses de clase de sus agremiados, sean estos patrones o trabajadores. Esta patronal o trabajadora.

Contenido

• La carta de trabajo.

• b) Las leyes, los decretos-leyes y los reglamentos.

• c) Los contratos colectivos, acuerdos económicos, la norma corporativa y la sentencia de la magistratura del trabajo.

• d) Los estatutos y reglamentos de las asociaciones sindicales.

• e) Los contratos individuales de trabajo.

• f) La analogía.

• g) Los principios generales del derecho, de los que se derivan los principios generales del sistema corporativo y del Derecho Público Administrativo.

• h) Los usos, la costumbre y la equidad.

La actividad empresarial

El artículo 120 en la fracción I de la LISR menciona que actividad empresarial se refiere a “ingresos por actividades empresariales, los provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícola.”

El artículo 16 del código Fiscal de la Federación señala que se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

“Articulo 16. Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes.

II. Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores.

III. Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

IV. Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

V. Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

VI. Las silvícola que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades empresariales.”

Por su parte el código de comercio establece como actividad empresarial lo siguiente:

“Articulo 3. Se reputan en derecho comerciantes:

I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;

II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;

III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

Artículo 75 La Ley reputa actos de comercio:

I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;

II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;

III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;

IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;

VI.- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;

VII.- Las empresas de fábricas y manufacturas;

VIII.- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;

IX.- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;

X.- Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales y establecimientos de ventas en pública almoneda;

XI.- Las empresas de espectáculos públicos;

XII.- Las operaciones de comisión mercantil;

XIII.- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;

XIV.- Las operaciones de bancos;

XV.- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;

XVI.- Los contratos de seguros de toda especie, siempre que sean hechos por empresas;

XVII.- Los depósitos por causa de comercio;

XVIII.- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;

XIX.- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;

XX.- Los vales u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;

XXI.- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;

XXII.- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;

XXIII.- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;

XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

XXV.- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.

En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.”

El objetivo principal de las organizaciones desde el punto de vista de los accionista o de los dueños de la empresas es la obtención de la máxima ganancia (que algunos autores también llaman beneficio) para lo cual deben mantenerse en la competencia con otras empresas e introducir las innovaciones tecnológicas necesarias para mantener o aumentar su competitividad.

Para buscar la máxima ganancia, las empresas:

Deben desempeñar una función económica general que es la de satisfacer las necesidades de los consumidores por medio de sus servicios o de sus productos; por tal razón, su objetivo principal es desempeñar sus actividades adaptándolas internamente a los costos más bajos, a fin de que la empresas se mantenga siempre dentro de la eficiencia deseada.

Por su parte, la teoría neoclásica afirma que el empresario obtiene ganancias como una recompensa o premio por cualquiera de los siguientes motivos:

• Haber aportado capital a la empresa.

• Participar con trabajos de dirección y organización en la empresa.

• Dedicar su tiempo a trabajos no remunerados hechos para la empresa.

• Por su “espíritu empresarial”, lo que significa asumir riesgo, aportar su iniciativa y capacidades.

• Tomar decisiones importantes para el desarrollo de la empresa.

Con todos estos elementos planteados, es evidente que el afán de lucha o el deseo de maximización de ganancias es la motivación principal para que una persona se dedique a las actividades empresariales y todo lo que ellas implican. Podemos afirmar que cualquier organización, sea o no económica, debe obtener más ingresos de los que gasta, para poder cumplir con sus fines, ya sea un negocio, una iglesia, una escuela, o una institución gubernamental, aunque muchas de ellas no tengan como objetivo principal la obtención de ganancia sino la

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