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Contrato

chayo22Síntesis10 de Abril de 2014

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CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SERVICIOS CINEMATOGRAFICOS ESPECIALIZADOS, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE DESIGNARA COMO “LA EMPRESA”, A TRAVÉS DEL LIC. xxxxxxxx, Y POR LA OTRA EL (LA) SR. (SRITA.) xxxxxxxxxx, POR SU PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DESIGNARA COMO “EL EMPLEADO”, MISMOS QUE SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I. La Empresa declara:

a) Ser una sociedad mercantil legalmente constituida y tener como objeto social, entre otros, la prestación de servicios técnicos, administrativos y profesionales a terceros.

b) Tener su domicilio en: Javier Barros Sierra xxx ph1 col Santa Fe Del. Miguel Hidalgo, CP xxxxx México, D.F., sin embargo por la naturaleza de su objeto, los servicios los presta en los diversos establecimientos, locales, salas cinematográficas, centros de esparcimiento, oficinas, propiedad de terceros a los que La Empresa les presta servicios, en distintos lugares de la República Mexicana.

c) Que requiere los servicios de El Empleado para desempeñar el puesto de: GERENTE C cuyas responsabilidades de GERENTE C, y en general todas las que sean similares y le sean asignadas por La Empresa para desempeñarlos en cualquiera de los establecimientos, locales, salas cinematográficas, centros de esparcimiento, oficinas, propiedad de terceros a los que la empresa les preste servicios, en cualquiera lugar de la República Mexicana.

II. Por su parte, El Empleado declara, por su propio derecho:

a) Llamarse como ha quedado escrito en el proemio de este contrato.

b) Haber nacido el día xxx de xxx de xxxxxxx.

c) Ser de nacionalidad mexicana.

d) Ser su estado civil SOLTERO.

e) Tener su domicilio en: CALLE xxx # xxx X xxxY xxxx col. xxxxxx del. xxxxxx, CP.97780, ciudad YUCATAN; domicilio que proporciona a La Empresa para todos los efectos legales a que haya lugar y específicamente, sin limitar, para el señalado en la parte final del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo ya que este domicilio es donde habita y lo señala específicamente para recibir notificaciones o avisos por parte de La Empresa.

f) No prestar servicios subordinados o independientes en la actualidad para negociación alguna, ni recibe percepción alguna de otra empresa o persona física, ni percibe honorarios por concepto alguno.

g) No estar enfermo ni tener incapacidad, que le imposibilite para desempeñar el trabajo mencionado derivadas de un estado patológico o de cualquier otra índole ya sea permanente, parcial o transitoria.

h) Contar con la capacidad, conocimiento y experiencia necesaria para prestar a La Empresa sus servicios personales para desempeñar el puesto de: GERENTE C , acorde a las estipulaciones contenidas en este contrato.

i) No tener impedimento legal alguno derivado de un convenio o contrato que hubiese celebrado con algún tercero que le impida desarrollar el trabajo para el cual lo contrata La Empresa.

j) Obligarse a no utilizar para el desempeño de las labores a desarrollar en La Empresa la información privilegiada que conozca por virtud del trabajo, cargo o puesto, ejercicio de profesión o relación de negocios que sea de su conocimiento de otra persona moral o física y que se considere como un secreto industrial conforme a la ley, en virtud de algún contrato, convenio o acuerdo que hubiese celebrado.

k) Tener como clave del Registro Federal de Contribuyentes: xxxxxxxxxxxxxxxxx

l) Estar afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social con número: xxxxxxxxxxxxxxxxxx

m) Contar con número de la Clave Única de Registro de Población (CURP) número: xxxxxxx

n) Contar con cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro a su nombre, manejada por la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) , bajo el número , a efecto de que se hagan las aportaciones bajo los procedimientos correspondientes.

o) Manifestar bajo protesta de decir verdad, que no ha recibido casa habitación ni tiene contratado un crédito con el INFONAVIT.

En virtud de lo anterior, ambas partes convienen en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- FUNCIONES DEL EMPLEADO Y VIGENCIA DEL CONTRATO.

El Empleado desempeñara las labores que quedaron descritas en el inciso c) de la Declaración I (primera), labores de estricta confianza para La Empresa, desempeñándolas bajo la dirección y dependencia de ésta. Las labores contratadas las deberá desempeñar El Empleado con responsabilidad, compromiso y conforme a las instrucciones, manuales, políticas, reglamentos, procedimientos, “El Código de Ética y Conducta de Negocios” y/u órdenes o instrucciones de La Empresa, obligándose a realizar todas aquellas labores que estén relacionadas con dicha actividad, sin perjuicio de cualesquiera otras que se le encomienden.

El Empleado queda obligado a realizar todo el esfuerzo, material e intelectual necesario a fin de llevar a cabo las operaciones, procedimientos, políticas y/o niveles de productividad o eficiencia, acorde a las necesidades de la propia Empresa, estas labores nunca estarán sujetas a desempeñarse en una área determinada o actividades en forma restringida, sino al manejo, uso, ejecución y atención de cuantos utensilios, maquinas, equipos, sistemas, herramientas o labores que puedan ser encomendadas o realizadas por El Empleado.

El Empleado se compromete a utilizar, de conformidad con su propia naturaleza y en atención a sus labores, los medios, herramientas, equipos, sistemas, información y/o dispositivos que le asigne La Empresa y acepta que toda la información que sea generada, esté almacenada o que sea utilizada con o por estos medios, es propiedad de La Empresa por lo que El Empleado deberá abstenerse de utilizar los recursos o cualquier bien de La Empresa para propósitos personales que no estén dentro de las funciones y responsabilidades laborales asignadas.

Las partes convienen que las labores que desempeñará El Empleado son aquellas establecidas en el Capítulo Segundo del Titulo Sexto de la Ley Federal del Trabajo y por tanto son consideradas como de confianza para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDA.- LUGAR Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

Los servicios contratados en los términos del presente contrato, los desempeñará El Empleado en el lugar o lugares que le señale La Empresa en cualesquiera de los diversos establecimientos, locales, salas cinematográficas, centros de esparcimiento y/u oficinas, propiedad de terceros a los que La Empresa les presta servicios.

El Empleado se obliga a prestar sus servicios en cualesquiera de los lugares antes mencionados de acuerdo con las necesidades de La Empresa por lo que podrá ser cambiado de establecimiento, local, sala cinematográfica, centros de esparcimiento y/u oficinas en la República Mexicana donde se requieran sus servicios, sin menoscabo de sus percepciones o dignidad.

El Empleado se obliga a cambiar de residencia de una ciudad a otra donde se requieran sus servicios con la obligación de La Empresa de ayudar con los gastos de traslado a que se refiere el artículo 30 de la Ley Federal del Trabajo.

TERCERA.- DIRECCIÓN Y SUBORDINACIÓN.

El Empleado desempeñara sus servicios bajo la dirección y dependencia de La Empresa, quedando obligado a observar todas las instrucciones, manuales, políticas, reglamentos, procedimientos y/o “El Código de Ética y Conducta de Negocios”, vigentes, que establezca o puedan establecerse en lo futuro, y a vigilar que estos sean cumplidos por el personal a su cargo.

El Empleado reconoce que la relación de trabajo se establece única y exclusivamente con La Empresa contratante, aun cuando por necesidades del servicio y del objeto social de La Empresa, El Empleado podrá prestar físicamente sus servicios en otra u otras empresas o establecimientos distintos.

CUARTA.- MONTO DEL SALARIO Y FORMA DE PAGO.

Por los servicios contratados, El Empleado recibirá un sueldo mensual de $ 5500 ( CINCO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) el cual estará sujeto a las retenciones que conforme a las disposiciones legales aplicables procedan y que le será pagado quincenalmente en el lugar que La Empresa designe.

Las partes convienen que el pago del sueldo se podrá hacer mediante depósitos bancarios en la cuenta de cheques o tarjeta de débito que La Empresa aperture a beneficio de El Empleado o, en caso de no proveerla La Empresa, en aquella que el propio Empleado determine. Queda entendido que el simple depósito ante la institución de crédito correspondiente que hará las veces de comprobante de pago en términos de lo dispuesto por el artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo aun cuando no conste la firma de El Empleado.

En el sueldo mensual señalado queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y días de descanso obligatorio, que establece la Ley Federal del Trabajo o que La Empresa otorgue eventualmente de forma discrecional.

QUINTA.- JORNADA DE TRABAJO.

La duración de la jornada diaria de trabajo será la legal, conforme al horario que tiene establecido La Empresa de acuerdo al establecimiento en donde El Empleado preste sus servicios.

El Empleado manifiesta su expreso consentimiento para que La Empresa este en la posibilidad

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