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Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  1.546 Palabras (7 Páginas)  •  177 Visitas

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FENOMENO DE LA GLOBALIDAD: proceso económico, político, cultural y social consiste en la creciente comunicación e interdependencias de los países producido por las sociedades exigiendo cambios D. PROCESAL PENAL: cnjnt de normas jcas del D Publico Interno que regulan los procesos penales % edo. y particulares tiene como fin un estudio de una justa e imparcial admón. de justicia JUICIOS ORALES: su introducción implica una modificación a dif. Componentes del D penal en sustitución al modelo penal mixto x uno acusatorio surge del sist anglosajón PRINCIPIOS RECTORES: publicidad, contradicción, concentración, inmediación y continuidad (art 16. Par. 10 -13),( 17 par. 3-4-6), 19,20 y 21 par 7)SIST. ACUSATORIO EN EL EDO: entro en vigor 30/oct./08 en el 1º distrito jcial (Cuernavaca, temixco, jiute, Emiliano zapata,xochi, tepoz y huitzilac) en jul. 2009 entro en vigor en el 6º (Cuautla, yeca, ocuituco, tetela del volcán y ciudad de ayala) 5º (yaute, Tlalnepantla, totoloapan) 3º (trayacapan y atlatlahuacan, jonacatepec, temoac, zacualpan, jantetelco, tepalcingo y axochiapan) DIF. % SIST. TRADICIONAL Y ACUSATORIO:

TRADICIONAL ACUSATORIO

Es secreto Es publico

Escrito Oral

Opera el principio de culpabilidad Opera el principio de inocencia

La prisión preventiva se da como regla gral. en el desarrollo del proceso Es una excepción únicamente en casos justificados y determinados delitos

La inmediación se estima en tanto los expedientes hacen que el auxiliar del juez sea quien conozca y resuelva La oralidad implica la presencia del juez en audiencias y conocer el caso de 1º mano

El juez si tiene conocimiento previo y en muchos casos incluso recaba pruebas No ya que existen distintos tribunales para que él que emita sentencia no conozca previamente del caso

La carga de la prueba recae en el imputado Recae sobre el M.P y/o acusado

la valoración de la prueba es por la ley ya que le asigna un valor determinado El juez puede valorar libremente

La acción penal la ejerce el edo. Es el edo. y particulares

El delito ofende primordialmente al edo. Es a la victima

el defensor no juega un papel importante la defensa puede llevarla persona que tenga conocimientos de D Se promueve una defensa técnica de modo que el defensor debe ser profesionista del D

MEDIOS PARA VALORAR LA PRUEBA: máxima de experiencia, lógica, conocimientos científicos EL SIST. MIXTO DE ENJUICIAMIENTO PENAL: no es posible concebir los sist. acusatorio e inquisitivo en sus formas puras de ahí la existencia de sist mixtos predominantemente inquisitivos o acusatorios según sea el caso un sist mixto combina elementos de los 2 sistemas su definición es según la naturaleza de las normas procesales penales y tenencia de sus características. Acuña Griego: la forma en que percibe el delito incide en el sist de enjuiciamiento penal, considera la ofensa pública cuando ejerce la acción es el edo. y da lugar a un sist predominante inquisitivo y si permite a los particulares el ejercicio de la acción penal será un sist acusatorio él autor afirma que México tiene un sist mixto debido a que el M.P de acuerdo al art 21 tiene el ejercicio de la acción pena REFORMA CONST. SOBRE SEGURIDAD Y JUSTICIA: la reforma busca convertir el proceso penal en un régimen garantista donde la victima obtenga la reparación del daño, en este sist se resalta la fig. del juez como director y único evaluador de la prueba; el 18/jun./08 es publicado en el DOF el decreto de la reforma al art 20 señalando que el proceso penal será acusatorio y oral así como 2º transitorio estableciendo un plazo de 8 años la federación, edo. Y D.F deberán poner en vigor las modificaciones necesarias RAZONES DEL X QUE UNA REFORMA EN MATERIA GRAL: 1º la percepción de la sociedad del sist penal en términos de lentitud, inequidad corrupción e impunidad 2º la modernización del sist que salvaguarde los D reconocidos a víctimas, acusados y ciudadanía a través de un sist acusatorio adversarial cumpliendo c/principios del debido proceso 3º expectativa que el sist sea eficaz en resolución de conflictos sociales derivadas del delito respecto de D reconocidos a los gobernados 4º al contar c/diseño normativo capaz de proporcionar al agente encargado de hacer cumplir la ley herramientas para perseguir el delito respetando sus garantías de debido proceso 4.1 reforma a ley de sist. nacional de seguridad publica 4.2 crear leyes que establezcan sist de seguridad publica 4.3 reformar cárceles 4.4 destinar recursos para capacitar a operadores del sist de seguridad y justicia penal 5º modificar la noción de cuerpo de delito para el M.P para acreditar su existencia en fases tempranas de la investigación del delito 6º al adoptar un nuevo estándar tanto para la vinculación como la imposición de medidas cautelares. De la reforma penal fueron 10 arts. de la constitución de que se reformaron 7 arts. en materia penal, 1 sobre facultades del Congreso de la Unión, 1 sobre desarrollo mpal. y 1 en materia laboral.

ART.16: c/rlcn a la orden de aprensión, a la detención x flagrancia, al arraigo, a la delincuencia organizada, al cateo, comunicaciones privadas, a fig. del juez de control

ART.17: c/rlcn a mecanismos alternativos

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