Contratos
xochiltfranco18 de Noviembre de 2013
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GUIA DE CONTRATOS
PRIMER PARCIAL
PRIMERA UNIDAD
1.-CONTRATO.- Es un acuerdo de voluntades que tiene por objeto crear o transmitir derechos y obligaciones
2.-CLAUSULAS QUE DEBEN LLEVAR LOS CONTRATOS
Esenciales, naturales y accidentales
ESENCIALES.- Son indispensables para la existencia del contrato, son las que dan su calificación al contrato que se celebra y no se concibe la existencia de este. Ya que define aspectos que determinan la identidad y características especiales de cada ente jurídico, que lo diferencian de los demás, y que no pueden ser suplidos por la ley.
NATURALES.- Que sin ser esenciales a la vida del contrato, derivan del régimen legal complementario a este, no obstante que los otorgantes nada hayan dicho al respecto , pero también por acuerdo de estos , se pueden excluir.
ACCIDENTALES.- Son las que por regla general existen solamente , cuando las partes acuerden expresamente incluirlas en el contrato, no son la esencia a la naturaleza del conflicto.
3.-ELEMENTOS ESENCIALES O EXISTENCIA DEL ACTO JURIDICO.- Consentimiento, objeto y solemnidad.
CONSENTIMIENTO.- Se define como un acuerdo de voluntades que implica la existencia de un interés jurídico, en el caso particular del contrato, ese interés consiste en la creación o transmisión de derechos reales o personales.
OBJETO.- (directo) es la creación o transmicion de derechos y obligaciones reales o personales, la cosa que el obligado debe dar o el hecho que el obligado debe hacer o no hacer.
(Indirecto) está representado por la cosa, el hecho o la abstención; es decir la prestación positiva o negativa.
SOLEMNIDAD.- Son aquellos que requieren para su existencia misma que la voluntan se manifieste en forma escrita y ante un determinado funcionario del estado , debiendo asentarse generalmente esa declaración en libros especiales como ocurre en ciertos actos del estado civil (matrimonio, reconocimiento de hijos, adopción etc.)
4.- Describir los elementos de validez:
Capacidad (goce y ejercicio);
R.-Capacidad de goce la tiene cualquier persona desde su concepción y la de ejercicio adquiriendo la mayoría de edad.
Capacidad de ejercicio. Es la aptitud legal de una persona para ejercer personalmente los derechos que le competen
Vicios del consentimiento (error, dolo, violencia, reticencia y cesión)
Error, se puede definir como un falso concepto de la realidad.
Dolo: cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir al error o mantener en el.
Violencia: hay violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida.
Reticencia: disimulo de un hecho o circunstancia por la persona que se encuentra en la obligación de manifestar su existencia.
Mala fe: la disimulación del error de uno de los contratantes.
Fin lícito: el objeto del contrato tiene que ser permitido por la ley.
Forma: dentro de las generalidades del contrato marca la ley, el tener que ser por escrito.
5.- Clasificación de los contratos
Unilateral.- los derechos son para una de las partes y la obligación para la otra
Bilateral.- derechos y obligaciones para ambas partes
Oneroso.- se estipulan provechos y gravámenes recíprocos
Gratuito.- cuando los provechos son para una parte y los gravámenes para otra
Conmutativo.- las prestaciones son ciertas y determinadas desde la celebración del contrato
Aleatorio.- cuando la cuantía a las prestaciones dependerá a un acontecimiento incierto
Principal.- es cuando existe por si mismo es decir, tiene existencia propia, no depende de ningún otro contrato
Accesorio.- es el contrato que no tiene existencia propia es decir aquella que depende de otro
Instantaneo.- es cuando producen sus efectos en un solo acto
Tracto sucesivo.- producen sus efectos a través del tiempo
Consensual en oposición a real.- se perfecciona por el solo consentimiento de las partes, sin necesidad de que entregue la cosa
Real.- No basta el consentimiento sino que necesita la entrega de la cosa
Consensual en oposición a formal.- se da libertad a las partes para que manifiesten el consentimiento
Nominado.- está regulado en el código que recibe un nombre determinado
Innominado.- es el que no está regulado expresamente en la ley
CONTRATO DE PROMESA
En el contrato de promesa una o ambas partes se comprometen a celebrar, dentro de cierto tiempo, un determinado contrato que no pueden o no desean celebrar por el momento.
“Es aquel por el cual las parte se obligan a celebrar un contrato determinado, en cierto plazo o en el evento de cierta condición”
a) un contrato definitivo, que es el que se celebra cumpliendo con la obligación “de hacer” originada en el contrato de promesa o contrato preparatorio,
b) el contrato preparatorio del cual nace esta obligación de hacer que consiste en suscribir, dentro de un plazo o en el cumplimiento de una condición, el contrato definitivo.
De esta manera, el contrato definitivo es el objeto del contrato de promesa. Así, el contrato de promesa tiene por fundamento relevante generar una obligación de hacer, específicamente, una obligación de celebrar en el futuro, cierto o incierto, un acto jurídico, sea unilateral o bilateral. Si el contrato prometido es unilateral, la promesa también lo será.
• Es un acuerdo de voluntades, en que nacen para ambas partes obligaciones recíprocas, sujetas a las normas legales contenidas en el Libro IV del Código Civil.
• La celebración del contrato prometido queda aplazada para el futuro y el contrato de promesa es sólo su antecedente, por lo que no puede existir en unión con el contrato prometido.
• La finalidad o destino de la promesa es celebrar otro contrato.
• El efecto único de la promesa es el surgimiento del derecho a exigir la celebración del contrato prometido y, en consecuencia, solamente da origen a una obligación de hacer.
• El contrato de promesa es siempre solemne, porque debe constar siempre por escrito.
6.- Concepto y elementos del contrato de compraventa.
CONCEPTO: Es un contrato en virtud del cual uno de los contratantes llamado vendedor se obliga a transferir el dominio de una cosa o un derecho a otro llamado comprador quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y en dinero.
ELEMENTOS ESENCIALES: consentimiento y objeto (la cosa o precio)
ELEMENTOS DE VALIDEZ: capacidad y forma.
7.- Describir los tipos de compraventa:
- Compraventa de esperanza
Es el contrato “que tiene por objeto adquirir, una cantidad determinada, los frutos que una cosa produzca en un tiempo fijado, tomando el comprador para sí el riesgo de que esos frutos no lleguen a existir, o bien los productos inciertos de un hecho, que puedan estimarse en dinero” ART.- 1901.- SI VENDE BIENES FUTUROS, TOMANDO EL COMPRADOR EL RIESGO DE QUE NO LLEGASEN A EXISTIR, EL CONTRATO ES ALEATORIO….
- Compraventa pacto de preferencia
Es aquella en la que una clausula se estipula que, en caso de que el comprador vaya a vender la cosa objeto del contrato, el vendedor gozara del derecho de preferencia, en igualdad de condiciones a cualquier otro comprador. ART. 1896.- PUEDE ESTIPULARSE QUE EL VENDEDOR GOCE DEL DERECHO DE PREFERENCIA POR EL TANTO, PARA QUE EL CASO QUE EL COMPRADOR QUISIERE VENDER EL BIEN QUE FUE OBJETO DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA…….
- Compraventa de no vender a persona determinada
Consiste en incluir en el contrato de compraventa una clausula en la que se estipula que la cosa enajenada no debe ser vendida por el comprador, a su vez, a determinada persona. ART. 1892.- PUEDE PACTARSE QUE EL BIEN COMPRADO NO SE VENDA A DETERMINADA PERSONA; PERO ES NULA LA CLUSULA EN QUE SE ESTIPULE QUE NO PUEDE VENDERSE A PERSONA ALGUNA.
- Compraventa en abonos
Consiste en que una persona llamada vendedor se obliga a transferir la propiedad de una cosa y otra llamada comprador se obliga a pagar por esa transmisión un precio el cual se cubrirá en partidas periódicas. ART.- 1902.
7.- Describir los tipos compraventa:
- Compraventa a plazos
Se considera como contrato a plazos, aquel en que se paga una entrada inicial (no siempre) y el resto en varias veces pero en un periodo de tiempo superior a tres meses. A
El vendedor se reserva el dominio del bien.
Si el comprador no paga el último plazo, el vendedor puede exigírselo incrementado con los interese de demora o bien rescindir el contrato, en este caso se quedará con la totalidad de la entrega inicial más el 10% de los plazos satisfechos hasta ese momento y si el bien (cosa) presenta desperfectos estará obligado al pago de los mismos.
- Compraventa con reserva de dominio
Consiste en que el vendedor se reserva la propiedad de la cosa objeto del contrato, hasta que el comprador pague totalmente su precio.
- Compraventa a muestras
Es
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