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Contratos


Enviado por   •  31 de Mayo de 2014  •  1.433 Palabras (6 Páginas)  •  141 Visitas

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-Es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata del contrato tipo traslativo de dominio y, además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza; es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estudio especial.

Como contrato tipo de los translativos de dominio, aplicaremos sus reglas principales a la permuta; sufrirán estas modificaciones esenciales en la donación; también recurriremos a la compraventa para explicar ciertas especialidades del mutuo, de la sociedad, de la transacción y de la renta vitalicia.

Por otra parte, la compraventa constituye el medio primordial de adquirir el dominio. Las formas de adquisición del dominio están representadas por el contrato, la herencia, la prescripción, la ocupación, la accesión, la adjudicación y la ley. El contrato es en el derecho moderno la forma principal de adquirir la propiedad dentro de los contratos translativos de dominio.

Clasificación del contrato de compraventa

• Bilateral. Es un contrato bilateral porque engendra derechos y obligaciones para ambas partes.

• Oneroso. Porque confiere provechos y gravámenes también recíprocos.

• Conmutativo. Generalmente es conmutativo, por cuanto que las prestaciones son ciertas y determinadas al celebrarse el contrato.

• Aleatorio. La compraventa puede ser un contrato aleatorio cuando se trata de una compra de esperanza, es decir, cuando se adquieren los frutos futuros de una cosa corriendo el comprador el riesgo de que no existan, pero pagando siempre su precio, independientemente de que no lleguen a existir.

• Consensual. La compraventa es un contrato consensual para muebles y formal para inmuebles. Principal. Existe por sí solo, pues no depende de otro contrato.

• Instantáneo. Pueden realizarse las prestaciones inmediatamente, cuando la operación es al contado.

• Tracto sucesivo. Puede pagarse el precio en abonos.

• Civil. Entre particulares sin propósito de lucro, es aquella que no tiene los atributos de la compraventa mercantil.

• Mercantil. En ésta son comerciantes; y aquellos en las que tienen por objeto títulos de crédito. Son compraventas mercantiles, según el artículo 75 del Código de Comercio, las siguientes:

1.- Las enajenaciones y adquisiciones de mercancías, efecto y bienes muebles en general, verificadas con propósito de lucro como característica para determinar la compraventa respecto de mercancías y bienes muebles.

2.- Las enajenaciones de bienes inmuebles que se realicen también con dicho propósito de especulación mercantil.

• Privada. Si el vendedor contrata, escoge a un comprador.

• Pública. Venta de una cosa en almoneda.

• Judicial y extrajudicial. En la primera interviene la autoridad, en la segunda no.

Común u ordinaria y especial. La primera es la que se rige por disposiciones generales de la compraventa y la segunda por cuestiones diferentes.

• Voluntaria o necesaria. En la primera el vendedor no es forzado a realizarla, mientras que en la segunda sí.

PARTE VENDEDORA PARTE COMPRADORA

• Cosa: objeto, bien, en oposición a los derechos creados sobre él y a las prestaciones personales. Son bienes o derechos que estén dentro del comercio.

• Precio: significa valor pecuniario en que se estima algo, valor que se pide por una cosa o servicio. Sus condiciones deben ser: cierto, verdadero, en numerario y justo.

• Personas o partes: el vendedor, que es la persona física o jurídica que transfiere la propiedad, y el comprador, que es quien la adquiere. vendedor y comprador.

• Formales: regularmente los contratos de compraventa no se otorgan por escrito, ya que la ley no requiere tal formalidad; sin embargo, en la práctica es habitual que el consentimiento se plasme en un documento privado que sirva de prueba. Hay excepciones en diferentes ordenamientos jurídicos, por ejemplo para el caso de bienes inmuebles, o ciertos otros contratos que se obligan a realizar por escrito, expresa o tácitamente.

• validez: la capacidad, en donde el principio general dice que toda persona capaz de disponer de sus bienes puede vender y toda persona capaz de obligarse puede comprar; y el consentimiento, que se refiere a que haya un acuerdo de las partes que recaiga sobre el precio y la cosa.

Efectos del contrato de compraventa

Obligaciones del vendedor

• Transmitir la propiedad o título de derecho.

• Conservar el bien objeto de la compraventa hasta su entrega.

• Entregar el bien.

• Garantizar al adquiriente una posesión útil.

• Garantizar al comprador una posesión pacífica.

• Responder a la evicción.

• Responder de los vicios y defectos ocultos que tenga el bien.

Obligaciones del comprador

• Pagar el precio.

• Pagar intereses en caso de demora o de compraventa con precio aplazado.

• Recibir el bien comprado.

• Recibir en buen estado.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

ANTECEDENTES Y GENERALIDADES.

El arrendamiento de cosas sirve, indiscutiblemente, para satisfacer, aunque sea de una manera imperfecta esa necesidad. Claro está, que esas mismas circunstancias sociales han permitido en casi todos los países socialistas y no socialistas, que se legisle con un criterio de protección hacia el arrendatario.

Se daba una casa para el uso, con la obligación para el usuario de pagar una renta.

Generalidades.

El contrato de arrendamiento participa de casi todas las características de compraventa. Salvo los

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