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Criminologia Aplicada

nairobi201426 de Junio de 2015

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La Criminología es el conjunto ordenado de saberes empíricos sobre el delito, el delincuente, el comportamiento socialmente negativo y sobre los controles de esta conducta. Su ámbito científico puede caracterizarse de modo preciso con los tres conceptos básicos de delito, delincuente y control del delito. A ellos hay que agregar también lo que concierne a la víctima y a la prevención del delito. La Criminología es una ciencia, ya que aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal, información obtenida gracias a su método empírico que descansa en el análisis y observación de la realidad.

En consecuencia, la cientificidad de la Criminología significa que esta disciplina, por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información viable y fiable sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos datos obtenidos del examen de éste, en un marco teórico definido. Por tanto, la Criminología es una ciencia causal-explicativa, empírica e interdisciplinaria, cruzada por ciencias distintas y fundamentalmente por la Biología Criminal (Antropología y Psicología criminal), y la Sociología Criminal. Esta ciencia utiliza un método empírico y los problemas que plantea la Criminología nunca deben ser investigados desde el punto de vista de una delas ciencias que integra la Criminología, pues, en caso que así ocurriese, se arribaría a un resultado parcial. La Criminología, entonces, es una ciencia del “ser”, empírica; el Derecho, en cambio, es una ciencia cultural del “deber ser”, normativa. El que la Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en primer lugar, que su objeto (delito, delincuente, víctima y control social) se inserta en el mundo de lo real, de lo verificable, de lo mensurable y no en el de los valores. La naturaleza empírica de la Criminología implica, ante todo, que ésta descansa más en hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos. Por otra parte, cuando se dice que la Criminología es una ciencia interdisciplinaria, se quiere decir que está compuesta por varias disciplinas y su éxito pasa porque no haya una supremacía de una ciencia con otras.

La palabra criminología deriva del latín crimen, se atribuye al antropólogo francés Topinard (1879). El jurista italiano Garófalo utilizó el concepto por primera vez para denominar su libro “Criminología”. El nombre se ha generalizado. Junto a la palabra Criminología nos encontramos también con las de Psicología criminal (desde 1792), Sociología criminal (desde 1882), Biología criminal (desde 1883), es decir, las llamadas Criminologías enlazadas con otras disciplinas. Sin embargo, tomadas en sentido estricto, hacen sólo referencia a ámbitos individualizados de investigación y a diversas perspectivas de la Criminología.

Sobre ello apenas existe discusión dentro de la ciencia criminológica, tal como está representada en los ámbitos de especialidades jurídicas. A pesar que César Lombroso fue quién presentó la previa exposición sistemática de lo que con sus naturales desarrollos hoy conocemos como criminología, se atribuye a Pablo Topinard el uso originario de tal término; dos años después aproximadamente va a ser universalizado por Rafael Garófalo, al dar a la luz su obra la criminología. En igual sentido se señala que la actual denominación criminología de esta disciplina tiene su origen al en el antropólogo Topinard, si bien sólo adquirió cierta naturaleza gracias a la célebre obra de Garófalo.

Las definiciones de criminología que podemos encontrar destacan las de TIEGHI, en donde para el citado autor la criminología se puede definir desde una concepción amplia y restringida. En la concepción restringida se limita a la investigación empírica del delito y a la personalidad del autor. Por el contrario la concepción amplia de la criminología incluye también en el análisis el conocimiento científico experimental sobre los cambios del concepto del delito (criminalización) y sobre la lucha contra el delito, los controles de la conducta socialmente desviada.

El delito, en su perspectiva naturalista constituye a la vez un acto individual (biológico, que comprende lo corpóreo y lo psíquico) y un comportamiento social. La Criminología adquirió autonomía y rango de ciencia cuando el Positivismo generalizó el empleo del método empírico, esto es, cuando el análisis, la observación, y la inducción sustituyeron a la especulación y el silogismo, superando el razonamiento abstracto, formal y deductivo del mundo clásico. Someter la imaginación a la observación y los fenómenos sociales a las leyes implacables de la naturaleza era una de las virtudes del método positivo, del método empírico.

La Criminología es una ciencia del "ser", Empírica; el derecho, una ciencia cultural del "deber ser", Normativa. Que la Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en primer lugar; que su objeto (delito, delincuente, víctimas y control social) se inserta en el mundo de lo real, de lo verificable, de lo mensurable y no en el de los valores.

Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes dela Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.

Empírica de la Criminología implica, ante todo, que ésta descansa más en hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos o silogismos. La Criminología pretende conocer la realidad para explicarla. El Derecho valora, ordena, y orienta aquella con una serie de criterios axiológicos. La criminología se aproxima al fenómeno delictivo sin prejuicios, sin mediaciones, procurando obtener una información directa de éste. La Criminología es una ciencia empírica, pero no necesariamente "experimental". El método "experimental" es un método empírico, pero no el único, y no todo método empírico, sin embargo, tiene por fuerza naturaleza experimental. Pero el método empírico no es el único método criminológico. Pues siendo el crimen, en definitiva, un fenómeno humano y cultural, comprender el mismo exigirá del investigador una actitud abierta y flexible, intuitiva, capaz de hallar las sutiles aristas y múltiples dimensiones de un profundo problema humano y comunitario. El Principio Interdisciplinario se halla significativamente asociado al proceso histórico de consolidación Criminológica como ciencia autónoma. Son muchas las disciplinas científicas que se ocupan del crimen como fenómeno individual y social. La Biología (criminal), la Psicología (criminal), la Sociología (criminal), con sus respectivos métodos, enfoques y pretensiones han ido acumulando valiosos saberes especializados sobre aquél. Ahora bien, el análisis científico reclama una instancia superior que integre y coordine las informaciones sectoriales procedentes de las diversas disciplinas interesadas por el fenómeno delictivo; que elimine posibles contradicciones internas e instrumente un genuino sistema de "retroalimentación", según el cual cada conclusión particular se corrige y enriquece al contrastarse con las obtenidas en otros ámbitos y disciplinas. Lógicamente, ésta es la función que corresponde a la criminología, si bien el principio interdisciplinario plantea espinosas dificultades tanto desde un punto de vista conceptual como operativo. El principio interdisciplinario, por tanto, es una exigencia estructural del saber científico, impuesto por la naturaleza totalizadora de éste, y no admite monopolios, prioridades ni exclusiones entre las partes o sectores de un tronco común.

El objeto de estudio de la criminología va a girar en torno a cuatro componentes: el delito, el delincuente, la víctima y el control social. El delito ha de entenderse por delito aquella conducta o conductas que, siendo lesivas de valores, intereses o bienes importantes para la comunidad (y por lo mismo, para sus miembros) están castigadas por una ley en sentido estricto. Por tanto teóricamente, no se puede confundir sin más, el concepto jurídico del delito y el concepto criminológico del mismo. En general, y en la práctica, estos conceptos coinciden, cuando el ordenamiento se elabora democráticamente dentro de un Estado Pluralista. El delito desde una perspectiva criminológica, haya de ser considerado como un fenómeno tanto individual como social. A la moderna criminología le interesan diversas facetas más llamativas del "crimen" que su delimitación formal, conceptual; preocupa, por ejemplo, su problematización, las funciones positivas que pueda cumplir como instrumento e indicador del control social, el volumen, la estructura y movimiento de la criminalidad, las estrategias criminalizadoras, el efectivo reparto de la criminalidad entre los diversos estratos sociales. La conducta antisocial y el delito son conceptos diferentes, y no puede asimilarse la interpretación del crimen, con la del delito jurídico. Las consideraciones judiciales en relación con un delito pueden ser de gran interés para el criminólogo, pero no debe guiarse sólo por ellas. Debe tener en cuenta, además, que muchas conductas antisociales no están tipificadas penalmente, y no por ello el criminólogo debe dejar de analizarlas.

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