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DEMANDA RESTITUCION DE INMUEBLE


Enviado por   •  30 de Agosto de 2013  •  1.703 Palabras (7 Páginas)  •  678 Visitas

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DEMANDA DE RESTITUCION DE INMUEBLE ARRENDADO

Señor(a):

JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE YOPAL (REPARTO)

E. S. D.

REF: PROCESO DE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO.

DEMANDANTE:

DEMANDADA:.

xxxxxxxxxxxx, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Yopal, identificado con la cedula de ciudadanía Nº xxxxxxxxxxxxxxx de Yopal y portador de la tarjeta profesional de abogado Nº xxxxxxxxxxxxxxxx del C. S. de la J, obrando como apoderado de la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, persona mayor de edad, con domicilio en Yopal, identificada con la cedula de ciudadanía Nº xxxxxxxxxx de Támara, me permito formular ante su despacho la presente DEMANDA DE RESTITUCION DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL) ARRENDADO en contra de la señora xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien es mayor de edad, su domicilio es la ciudad de Yopal y se identifica con la cedula de ciudadanía Nº xxxxxxxxxxxxxx de Sogamoso. La demanda se fundamenta en los siguientes:

HECHOS:

Primero: la demandante en calidad de arrendadora y la demandada como arrendataria celebraron un contrato de arrendamiento de un local comercial ubicado en la calle 13 Nº 21-85 de la ciudad de Yopal. (establecer colindancias, cedula catastral y matricula inmobiliaria)

Segundo: el contrato de arrendamiento ha venido siendo prorrogado desde el 7 de abril de 2.006, la ultima prorroga se hizo por una duración de seis meses comprendidos entre el primero de enero de 2.012 y el 30 de junio de 2.012.

Tercero: dentro de la prorroga mencionada se estipuló como canon de arrendamiento la suma de un millón de pesos moneda corriente ($1.000.000 M.C), el cual debe ser pagado por la arrendataria en forma anticipada dentro de los cinco primeros días de cada mes.

Cuarto: la obligación descrita en el hecho anterior no ha sido cumplida a cabalidad por la demandada desde el mes de marzo de 2.010, pues repetitivamente ha pagado el canon con retrasos de un mes y hasta de mes y medio, razón por la cual ha venido siendo requerida por la arrendadora para que haga entrega del local en vista de la persistencia en el incumplimiento del pago en las fechas estipuladas.

Quinto: la arrendataria ha realizado reparaciones locativas al inmueble sin dar previo aviso a la arrendadora, olvidando que esta situación se advierte dentro de las clausulas del contrato como una obligación a su cargo.

PRETENSIONES:

Primera: se declare la terminación del contrato mencionado en los hechos primero y segundo de esta demanda por el incumplimiento en que ha incurrido la arrendataria en cuanto a las obligaciones de pago del canon de arrendamiento en las fechas estipuladas y por la realización de reparaciones locativas sin previo aviso, las cuales se hayan expresamente mencionadas en el contrato.

Segunda: se condene a la demandada a restituir a la demandante el local comercial mencionado en el hecho primero.

Tercera: se ordene la práctica de la diligencia de entrega del inmueble a la demandante.

Cuarta: se condene a la demandada a pagar a la demandante la suma de un millón doscientos mil pesos por concepto de “clausula penal” tal como lo establece el contrato para el caso de incumplimiento de las obligaciones allí pactadas.

PRUEBAS:

DOCUMENTALES:

• Original de la última prórroga del contrato de arrendamiento (enero – junio de 2.012)

• Originales de tres de los requerimientos realizados por la demandante a la demanda para que entregue el local comercial en vista de los repetitivos incumplimientos en el pago puntual del canon de arrendamiento, de fechas: 12 de octubre de 2.010, 1 de diciembre de 2.011 y 24 de mayo de 2.012.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

• Código civil: articulo 1.608, 1973 y ss.

• Código de procedimiento civil: artículo 20-7, artículo 408- 9 y artículo 424.

• Código de comercio: artículo 518, numeral 1.

• Ley 820 de 2.003.

COMPETENCIA Y CUANTIA:

Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, la ubicación del inmueble arrendado y el domicilio de la demandada es usted competente para conocer de esta demanda.

El valor del contrato es de seis millones de pesos ($6.000.000), sumando el valor de la clausula penal ($1.2000.000) serian siete millones doscientos mil pesos ($7.200.000), razón por la que este proceso es de mínima cuantía.

TRAMITE:

Para la solución de esta clase de controversias, según dispone el C. de P.C en su Libro III, Titulo XXII, en el articulo 408-9, debe dársele el tramite de un proceso abreviado.

ANEXOS:

• Poder a mi favor

• Copias de la demanda para el archivo del juzgado, y para el traslado a la parte demandada.

• Lo relacionado en el acápite de pruebas.

NOTIFICACIONES:

• A mi poderdante: en la carrera 29 Nº 20-66, celular: 3124271281.

• A la demandada: calle 13 Nº 21-85

• Al suscrito: en la secretaría de su despacho.

Muy respetuosamente,

XXXXXXXXXXXX

C.C Nº.xxxxxxxxxxxxx de Yopal

T.P. Nº. xxxxxxxxxxxx del C. S de la J

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Señor

Juez

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