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DERECHO CONSTITUCIONAL DE LAS MUJERES CONTRA DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR


Enviado por   •  14 de Abril de 2017  •  Documentos de Investigación  •  2.463 Palabras (10 Páginas)  •  333 Visitas

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ESCUELA NACIONAL DE CAPACITACIÓN PERSONAL

“ENDECAP S.R.L.”

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DERECHO CONSTITUCIONAL DE LAS MUJERES CONTRA DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

DOCENTE: Mgr. Elizabeth Iglesias

DISCENTE: Yohana Yovio

Santa Cruz – Bolivia

2017

ÍNDICE

1.        INTRODUCCION        1

2.        ANTECEDENTES        2

3.        PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA        3

4.        OBJETIVO GENERAL        3

5.        JUSTIFICACIÓN        3

6.        MARCO TEÓRICO        4

6.1.        Los derechos exclusivos de las personas con discapacidad en la          Constitución Política del Estado        4

6.2.        Políticas internacionales a favor de los discapacitados        4

6.3.        Marco Legal relacionado con inclusión y estabilidad laboral de personas          con discapacidad        5

7.        CONCLUSIONES        8

8.        BIBLIOGRAFIA        9


  1. INTRODUCCION

La Violencia Familiar es un problema social, afecta a un alto porcentaje de familias de cualquier comunidad, en todos los niveles económicos y culturales. Se trata de relaciones que implican un abuso de poder de parte de quien ejerce maltrato. Estos abusos pueden ser emocionales, físicos, sexuales, financieros o socioambientales. La persona abusiva desarrolla su comportamiento en privado, mostrando hacia el exterior una fachada respetable, insospechable, educada. La conducta violenta es compatible con cualquier aspecto, capacidad, inteligencia, actividad, profesión, etc. Inclusive en aquellos cuyo desempeño familiar, institucional o comunitario para el afuera sean aparentemente insospechables.

Bolivia es el segundo país de la región en registrar casos de violencia, las mujeres y los niños son los más vulnerables.

Según el último reporte de prensa emitido por la Fiscalía General del Estado, este año 2016, hasta octubre, se registraron 94 feminicidios, 27 casos en departamento de La Paz, 25 en Cochabamba, 17 en Santa Cruz, ocho en Potosí, cinco en Oruro, cuatro en Chuquisaca, cuatro en Tarija, tres en Beni y uno en Pando.

La violencia doméstica también muestra cifras elevadas. La Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia atendió, a la fecha, 4.635 denuncias y reportan 66 denuncias por violación. Los datos de la Defensoría de la niñez y adolescencia del municipio de Cercado también son alarmantes, las autoridades reportan un incremento de los casos hasta en un 10 por ciento.[1] 

Es muy importante conocer las normas y leyes que se han establecido para garantizar la no violencia como parte del derecho constitucional de las mujeres.


  1. ANTECEDENTES

La violencia contra la mujer ha sido un crimen encubierto durante mucho tiempo. Un mal social tan antiguo como la propia humanidad, porque se manifiesta de diversas formas y maneras conforme al desarrollo histórico en la evolución de la familia principalmente en la poligamia y con ella el patriarcado, donde el hombre es el que ostenta la fuerza, el poder y la autoridad en contraste con la mujer que es un ser sumiso y dependiente, sin derechos y solo con deberes y obligaciones, que debía guardar obediencia al marido.

Gracias a la aparición de la ley de las XII tablas (451 a.C.) la mujer había logrado conquistar cierta igualdad de derechos adquiriendo soberanía para contraer matrimonio o divorciarse.

El Código Civil en Santa Cruz de 1931 establecía "la obediencia de la mujer con respecto al marido" que tuvo vigencia hasta el año 1976 en que fue abrogado. Sin embargo con el transcurso de los años las legislaciones se han preocupado por la situación de las mujeres, introduciendo gracias a los movimientos de mujeres que no han dejado de luchar por el reconocimiento y reivindicación de sus derechos, algunas normas protectoras, buscando una verdadera igualdad jurídica de derechos, deberes con los hombres en beneficio de la familia y la sociedad.

En nuestra legislación "hasta marzo de 1988, la fiscalía no tenía atribuciones para conocer casos denunciados por problemas familiares, recién a partir del 4 de abril de 1988, mediante la Ley 966 se introduce el art. 381 al Código de Familia que otorga a las fiscalías de familia, la atribución de conocer y procesar por VIA CONCILIATORIA problemas de índole familiar.[2]

De ahí en adelante la protección contra la violencia intrafamiliar a las mujeres ha sido un tema incluido en los derechos constitucionales que está posee.

  1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

¿Qué normas y leyes han surgido a raíz del derecho constitucional de las mujeres contra la violencia intrafamiliar?

  1. OBJETIVO GENERAL

Analizar las normas y leyes que han surgido a raíz del derecho constitucional de las mujeres contra la violencia intrafamiliar, para ayudar a las mujeres a conocer sus derechos y lograr que la sociedad en general brinde protección a las víctimas de la violencia intrafamiliar.

  1. JUSTIFICACIÓN

Este trabajo de investigación analiza la problemática del “DERECHO CONSTITUCIONAL DE LAS MUJERES CONTRA DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”, debido a los crecientes hechos de violencia contra la mujer en el círculo familiar. Las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar necesitan conocer que el Estado está para protegerlas, y que tener una vida libre de violencia es parte de su derecho constitucional.


  1. MARCO TEÓRICO
  1. Instrumentos internacionales que protegen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

El sistema internacional de derechos humanos, ha adoptado instrumentos específicos de protección contra actos de violencia contra las mujeres[3]:

  • La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW, ratificada por Bolivia mediante Ley Nº 1100 de 1989; y su Protocolo Facultativo, también ratificado mediante Ley Nº 2103 del año 2000, que establece la urgencia de modificar los roles tradicionales de los hombres y las mujeres en la sociedad y la familia, señala también la responsabilidad de los Estados por la discriminación que sufren las mujeres, tanto en la esfera pública como en la esfera privada.
  • La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de 1993, define la violencia contra las mujeres y la reconoce como una forma de discriminación que constituye una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres, debiendo los Estados establecer, en la legislación nacional, sanciones penales, civiles, laborales y administrativas, para castigar y reparar la violencia contra las mujeres.
  • La Convención lnteramericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, conocida como la Convención Belem do Pará, ratificada por Bolivia mediante Ley Nº 1599 de 1994, establece las obligaciones de los Estados de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer e incluir en su legislación interna normas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, entre otras.
  • El Estatuto de Roma, de la Corte Penal Internacional, ratificado por Bolivia mediante Ley Nº 2398 de 2002. En este instrumento internacional, se reconoce y califica a la violencia contra las mujeres, así como la violación y otras agresiones sexuales, como delitos de lesa humanidad.
  1. Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (febrero 2009). Artículos contra la violencia a la mujer

La Constitución Política del Estado, en su catálogo de derechos fundamentales (Art. 15), incluye el reconocimiento de los derechos a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual.

Otros artículos como el 22, 23, 61, 62 y 63 señalan que el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado.

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