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DERECHO CONSTITUCIONAL.


Enviado por   •  29 de Enero de 2014  •  Trabajos  •  14.002 Palabras (57 Páginas)  •  389 Visitas

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MATERIA: DERECHO CONSTITUCIONAL

LICENCIATURA: DERECHO

SEMESTRE: 2°

GRUPO: II

ASESOR: LIC. JOSE ANTONIO PALMA RODRIGUEZ

ALUMNO:

LUIS ANGEL MAURICIO CRUZ

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. ANÁLISIS JURÍDICO DEL LIBRO ¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN? DE FERDINAND LASSALLE.

3. ANÁLISIS SOBRE LAS REFORMAS EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO.

4. ESTUDIO DE SI ES NECESARIO UNA NUEVA CONSTITUCIÓN EN MÉXICO.

5. ESTUDIO RESPECTO A LOS DERECHOS HUMANOS, LA INJERENCIA D E PODER JUDICIAL Y LA INFLUENCIA EN SU OBSERVANCIA EN EL PRESUPUESTO.

6. CONCLUSIONES

7. BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCIÓN

En este trabajo trataremos varios puntos que son de suma importancia para todos y principalmente para los alumnos de derecho. Ya que trataremos temas de

El libro ¿Qué es una constitución? De Ferdinand Lassalle, trata sobre los problemas constitucionales, la manera adecuada de interpretar el objeto que debe implicar que un país tenga una constitución, iremos precisando que es una constitución, forma de distinguirla y la manera en que se debe actuar para que esta funcione, tanto como los poderes de una nación, como el pueblo.

Establece los puntos como; La constitución para regir necesita también ser ley, pero es más que eso. Esta es una ley fundamental del país, no una cualquiera. Tiene que ser una ley que ahonde más que las corrientes, deberá informar y engendrar las demás leyes ordinarias basadas en ellas, y actuar a través de las leyes ordinarias del país. La idea de fundamento lleva implícita la noción de una necesidad activa de una fuerza eficaz. El país no protesta con los cambios en las leyes pero si en la constitución, en la primera hay que convocar las 2/3 partes de los pensamientos y opiniones mientras que en la última se convoca una asamblea legislativa para definir su transformación. Dicha fuerza activa eficaz se conoce como los factores reales de poder que rigen en una sociedad. Los factores reales son esas fuerzas activas y eficaz que informa todas las lates e instituciones jurídicas de la sociedad en cuestión.

Fragmentos de una constitución: El ejército, el rey, una nobleza influyente, los grandes industriales, los grandes banqueros, la conciencia colectiva y cultura general, la pequeña burguesía y la clase obrera. La constitución de un país es la suma de los factores reales de poder. Se toman los factores reales de poder, se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita, a partir de ese momento se han regido en derecho, en instituciones jurídicas y quien atenta contra ellos atenta contra la ley y es castigado. El ejército está organizado, puede reunirse a cualquier hora, mucha disciplina, tiene cañones, que lo hace más fuerte aunque son creados por el pueblo. Mientras que el poder que descansa en la nación no está organizado. Las constituciones son una característica de los tiempos modernos, una real y efectiva no la han tenido todos los países siempre. Por la misma ley de necesidad todo un cuerpo tiene una constitución, ya sea buena o mal estructurada.

Mediante la interacción entre factores internos e internacionales a lo largo de las seis décadas aquí analizadas, méxico pasó de sostener una posición defensiva a una proactiva, frente al régimen internacional de derechos humanos. Desde el punto de vista teórico, ¿cómo se explica esta evolución en la política exterior de méxico?

Distintos enfoques resultan útiles para explicar las diferentes facetas de este largo proceso. Sin duda, los resultados de la última etapa la adopción de los derechos humanos como una prioridad de la política exterior son consistentes con la teoría sobre el lock in o anclaje internacional desarrollada por andrew moravscik. Dicho autor sostiene que la voluntad de un país de adquirir compromisos sustantivos con el régimen internacional de derechos humanos es el resultado de cálculos políticos internos.

En particular, del deseo de los gobernantes en turno de restringir en el futuro el margen de discrecionalidad en la acción gubernamental y, por ende, reducir la incertidumbre política a través de delegar autoridad en esta materia a instancias internacionales. Moravscik explica que “un país es más propenso a apoyar al régimen de derechos humanos cuando su gobierno está firmemente comprometido con la gobernanza democrática pero enfrenta desafíos internos que pueden amenazar su futuro...” Por este motivo, se puede esperar que las democracias jóvenes y potencialmente inestables sean aquellas que den un respaldo más vigoroso a los organismos y tratados de derechos humanos vinculantes. La esperanza es que los compromisos internacionales funcionen como un reaseguro para mantener y profundizar la cultura de los derechos humanos en el país en cuestión.

No queda duda de que ésta fue una de las motivaciones principales del gobierno foxista para desarrollar una política exterior de derechos humanos comprometida. Como se vio en este capítulo, el canciller Jorge g. Castañeda hizo suya esta lógica de manera explícita: en discursos y declaraciones explicó que se buscaba una mayor interacción y colaboración con las instancias internacionales como una de las vías para mejorar la vigencia de los derechos humanos en México. De tal manera que la teoría “republicana liberal” de moravscik, que enfatiza variables internas para explicar la polí- tica exterior, encuentra confirmación en este caso y durante esta etapa. Sin embargo, la historia que aquí se expone es muy larga, y es necesario entender cómo se llegó a este punto.

es necesario apuntar que los cambios en la política exterior de México coincidieron con transformaciones

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