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DERECHO PENAL GENERAL. Ubicación del derecho penal en el universo

laurapandalesApuntes30 de Mayo de 2019

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Evaluaciones:  

Examen escrito (15%) 🡪 26 de febrero

Parcial escrito (30%) 🡪 19 de marzo

Examen escrito sobre “De los delitos y de las penas” (15%) 🡪 23 de abril

Final (40%) 🡪 21 de mayo

Nociones previas

Ubicación del derecho penal en el universo

El derecho penal positivo, como parcela del derecho positivo, es también un objeto cultural y, como tal, es creado por el hombre con una finalidad, la cual es posibilitar la existencia en coexistencia; el aporte que hace el derecho penal positivo a esta finalidad, es desestimular aquellas conductas que de la forma más grave e intolerable afectan los bienes jurídicos, atribuyéndole penas (en sentido amplio) a quienes las realizan

Penas (en sentido estricto): Penas a los imputables y medidas de seguridad a los inimputables

El derecho penal y el contexto jurídico-político

El contenido de las normas jurídicas depende de decisiones políticas, razón por la cual es importante hacer referencia al contexto jurídico-político en el cual se presenta el fenómeno jurídico

Históricamente, se han presentado dos modelos de estado que se constituyen como paradigmas, como modelos de cualquiera posible:

Personalista o humanista: Se entiende que el hombre no es solo un medio para los otros hombres sino un fin en sí mismo, es, en tanto, respetuoso de la dignidad humana. El hombre, en tanto ser racional, puede trazarse un destino ético

Transpersonalista o anti-humanista: Se entiende que el hombre es solo un medio al servicio de un ideal colectivo, cosificando, instrumentalizando al hombre por este fin colectivo, por tanto, es irrespetuoso de la dignidad humana

Asumir uno u otro modelo de estado tiene ciertas consecuencias penales:

En materia penal, estos modelos de estado, incompatibles entre sí, tienen cometidos distintos:

  • Un modelo de estado personalista, para cumplir con el cometido de no instrumentalización del hombre, busca, principalmente:
  • Que ningún inocente sea condenado
  • Que la condena del culpable se lleve a cabo con el menor sacrificio posible de sus derechos. Esta condena es necesaria para evitar la auto-tutela (justicia por propia mano)
  • Un modelo de estado transpersonalista, busca que todos los culpables sean castigados para lograr, al costo que esto implique, la realización del ideal colectivo

Sin embargo, según Ferrajoli, estos dos modelos de estado, tienen un elemento en común, que se trata de la falta de certeza respecto a poder lograr sus cometidos. Ambos modelos de estado, provocan, en materia penal, unos riesgos:

  • En un modelo personalista, para lograr su cometido, impregna a todo el derecho penal de un sistema de garantías, que consiste en unos límites formales y materiales al ejercicio racional del poder punitivo del estado, estos límites se encuentran establecidos a favor del individuo y en contra del estado; las garantías son barreras axiológicas al ejercicio del poder punitivo, de estas, se pueden mencionar:
  • La presunción de inocencia: Prescribe que toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal hasta tanto no exista una sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada en su contra, así mismo, no debe demostrar su inocencia sino, el estado, su culpabilidad
  • El indulio pro reo: Prescribe que, en el caso de existir alguna duda probatoria respecto de la responsabilidad penal, esta debe resolverse a favor del procesado

Buscando que ningún inocente sea condenado, un modelo personalista, corre el riesgo de absolver a quien ha cometido un delito. Las garantías procesales y sustanciales (límites al ejercicio del poder punitivo) están establecidas en favor de las personas y tienen el riesgo de provocar impunidad, pero es el precio a pagar por el respeto a la dignidad humana

  • En un modelo transpersonalista, para lograr su cometido, lo importante es que el ejercicio del poder punitivo se realice en forma eficiente, por lo que este ejercicio no tiene límites; de ello se desprende que, en materia penal, rigen dos postulados:
  • La presunción de culpabilidad: Prescribe que la persona se presume culpable, y es ella quien debe demostrar su inocencia
  • Indulio contra reo: Prescribe que, en caso de existir alguna duda probatoria sobre la responsabilidad penal, estas se resuelven en contra de la persona y a favor del estado y de la colectividad

Así, con miras a lograr que todos los culpables sean castigados, se corre el riesgo de condenar inocentes

Parte general del derecho penal

La expresión derecho penal es equívoca, pues puede ser entendida:

  1. En sentido objetivo (ius poenale): Se entiende por derecho penal, aquel conjunto de normas jurídicas que, a la conducta punible como presupuesto, le asocian penas o medidas de seguridad a título de consecuencia jurídica

  1. En sentido subjetivo (ius puniendi): Se entiende por derecho penal, la potestad de castigar radicada en cabeza del estado, el cual la ejerce en tres momentos:
  • Creación de normas penales generales y abstractas
  • Imposición de las penas
  • Ejecución de las penas
  1. Como ciencia (dogmática jurídica penal): Se entiende por derecho penal, aquel saber que se ocupa de reconstruir científicamente, sistemáticamente, lo prescrito por el derecho penal positivo, es decir, en sentido objetivo

Hablar de la parte general del derecho penal en sentido objetivo, es referirse a un conjunto de fragmentos de norma por vía de los cuales se obtiene una serie de conceptos básicos, aplicables a los fragmentos de norma que se obtienen de la parte especial del derecho penal objetivo, la cual es aquel conjunto de fragmentos de norma por vía de los cuales se definen las distintas figuras delictivas y las respectivas penas

Se debe diferenciar la parte general del derecho penal en sentido objetivo de la parte general del Código Penal

Estructura general del Código Penal

El Código Penal Colombiano está contenido en la ley 599 del 2000, y está compuesto por dos libros:

  • Libro primero: Destinado a la parte general. De esta parte se obtiene, vía interpretación de ese conjunto de enunciados normativos, fragmentos de norma aplicables a los fragmentos de norma que se obtienen, así mismo, de la parte especial
  • Libro segundo: Destinado a la parte especial (“A los delitos en particular”)

De la interpretación jurídica, se pretende evitar la repetición de cada concepto de la parte general en cada uno de los enunciados normativos de la parte especial. Esta es la razón por la que, en Colombia, en materia penal, no hay enunciados normativos completos, que son aquellos de los cuales se extrae la totalidad de una norma jurídica, sino solo incompletos, de los cuales se extrae, vía interpretación, apenas un fragmento de la norma

La parte general del derecho penal objetivo se extrae, vía interpretación, de la parte general del Código Penal

Los enunciados normativos de la parte general del C.P. incluyen:

  1. Límites al ejercicio del ius poniendi
  2. Ámbitos de vigencia de las normas penales
  3. De los elementos genéricos del delito, es decir, los elementos comunes a todos los delitos
  4. De las penas y medidas de seguridad que consagra nuestro ordenamiento jurídico y de la forma de tasación o dosificación, es decir, los criterios para la determinación, de la pena
  5. Responsabilidad civil derivada de la realización de una conducta punible (de la cual se encarga la dogmática civil)

La parte general del derecho penal en sentido científico será aquella parte de la ciencia del derecho penal que se ocupa de estudiar la parte general del derecho penal en sentido objetivo; se ocupa, según Zaffaroni, de responder:

  1. ¿Qué es el derecho penal?
  2. ¿Qué es el delito o conducta punible?
  3. ¿Cuáles son las consecuencias jurídico penales que se pueden derivar de la realización de una conducta punible?

Se han elaborado 3 teorías para responderlas, respectivamente:

  1. La teoría general del derecho penal
  • El derecho penal entendido como ciencia y su relación con otros saberes penales como la política criminal y la criminología
  • El derecho penal en sentido subjetivo, estudiando, principalmente, los límites al ejercicio del ius puniendi
  • El derecho penal en sentido objetivo, su concepto, clasificación, características, relación con el derecho administrativo sancionador, fuentes, la teoría de la norma penal, los ámbitos de vigencia de las normas penales, la interpretación de la norma penal
  1. La teoría del delito o de la conducta punible
  • El concepto de delito
  • La razón de ser de su análisis estratificado
  • La evolución de la teoría del delito
  • Principalmente, las categorías dogmáticas del delito (la conducta, la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad)
  1. La teoría de la responsabilidad penal o de la reacción punitiva
  • Principalmente, las clases de penas y medidas de seguridad
  • Forma de individualización o tasación de las mismas

Finalidad o teleología de la parte general del derecho penal

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