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Derecho Penal General.


Enviado por   •  16 de Febrero de 2016  •  Trabajos  •  4.185 Palabras (17 Páginas)  •  302 Visitas

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Tema 1 Derecho Penal General

Define o le concede el significado de delitos a determinadas conductas o comportamientos y les asigna una consecuencia jurídica específica (Sanción o pena). Es un poder de definición  ya que le da el carácter de hechos punibles a determinadas conductas es decir que se pueden sancionar o aplicársele una pena. Bustos Ramírez dice que los delitos son cambiantes de acuerdo con el sistema social, con los conflictos sociales y las necesidades de las personas, cada ordenamiento jurídico establece que considera como delito y que nos. Es una materia que está muy vinculada a la moral porque trata de definir entre lo que está bien y lo que está mal, entre lo lícito e ilícito. No todas las conductas inmorales son delitos pero todos los delitos son conductas inmorales. La moral que se encuentra en el derecho penal es en virtud de una imputación, la imputación es la facultad de atribuirle a alguien la comisión de un acto, dicha imputación le corresponde hacerla a un fiscal y es un juez quien juzga, condena o absuelve. El derecho penal está directamente requerido a la ordenación social y a la convivencia humana ya que trata de regular ciertas conductas que están prohibidas por considerarlas intolerables en el seno de la sociedad, con la pena se persigue como tal que las personas no realicen dichas conductas, se aparten de la idea de volver a realizarlas y que el que las realice tenga una sanción o castigo. El derecho penal no es ni debe ser el único mecanismo de control social, éste se diferencia de otros mecanismos de control social por ser institucionalizado o ser forma, en un sistema judicial, policial y penitenciario, en conclusión el derecho penal le impone límites a las conductas de un grupo social para regular las relaciones sociales.

Al hablar de derecho penal también se habla de violencia la cual se divide en:

  1. Violencia delictiva: aquella inherente a la comisión de los delitos o hechos delictivos que representan las acciones criminales.
  2. Violencia punitiva: es la propia del derecho penal, esta restringe la libertad de actuación de la persona, cuando le prohíbe la realización de ciertas conductas y lo castiga.

La labor del derecho penal es evitar que se den las dos violencias para lograr la armonía en las relaciones sociales así como la consecución de la pena.

El derecho penal debe proteger a los ciudadanos de los delincuentes pero también del estado, ya que el estado en un determinado momento puede hacer un mal uso de su poder punitivo y es por ello que el mismo se le debe limitar. Luigi Ferrajoli establece que no solo se debe conseguir “El máximo bienestar de los nos desviados, sino también hay que darle el mínimo malestar al orden público”

Definición: Algunos dicen que debe llamársele Derecho Criminal ya que no solo sanciona a través de la aplicación de penas sino también por medio de unas medidas de seguridad, de allí se desprenden dos consecuencias una penal que como tal es la aplicación de la pena y una civil ya que así como afecta a la persona que cometió el delito también afecta sus bienes patrimoniales. También se le llama Derecho Protector de la sociedad ya que regula las relaciones reciprocas entre los seres humanos. Dorado montero por su parte dice que se le debe llamar Derecho protector de los criminales ya que el criminal debe ser visto como un enfermo que necesita más protección que un castigo. Por último el Dr. Tulio Chosone dice que se le debe llamar Derecho transgresional porque son conductas transgredidas por la persona y que están prohibidas por la ley. Jiménez de azua apoya a dorado montero.

El derecho penal es un conjunto de normas jurídicas a través de las cuales el estado prohíbe determinadas conductas (acciones u omisiones) cuya trasgresión ha querido el Estado sancionar mediante la aplicación de una pena.

  • Derecho Penal Objetivo: conjunto de normas jurídicas establecidas por el estado para determinar los delitos y las penas a  aplicar.
  • Derecho Penal Subjetivo: conjunto de normas jurídicas establecidas por el estado que van a regular el poder punitivo del mismo.
  • Derecho Penal Sustantivo  o Material: contiene la descripción de las conductas que el legislador considera como delictivas y las penas a aplicar, estudia las reglas que determinan los hechos punibles y las sanciones, en nuestro ordenamiento se encuentran en el código penal y en leyes especiales.
  • Derecho Penal Adjetivo o Formal: se refiere al procedimiento para la aplicación de las sanciones y los órganos del estado que se van a encargar de aplicar las normas sustantivas contenidas en el código penal y leyes especiales.

Función del derecho penal: el derecho penal va a regular las conductas de los hombres, las relaciones reciprocas de los seres humanos en sociedad por lo tanto no hay sociedad sin derecho ni derecho sin sociedad.

Finalidad del derecho penal: garantizar el orden externo en la sociedad promover el desarrollo integral del hombre, eleva las condiciones de existencia de la comunidad.

Caracteres:

  1. Se ubica dentro del campo del derecho público: tutela intereses públicos y cuando dichos intereses se vean afectados el estado puede intervenir, es el quien tiene la facultad para crear normas y sus respectivas sanciones.
  2. Es autónomo: no complementa otro derecho
  3. Es normativo: conformado por normas de conducta
  4. Es valorativo: valora conductas que merecen castigo
  5. Es imperativo: de las disposiciones legales se deduce un mandato o una prohibición dirigida a la voluntad de los individuos, estos están obligados a cumplir con el mandato o abstenerse de él. Bettiol dice que sin esto el derecho solo sería letra muerta.
  6. Es finalista: protege la sociedad, eleva las condiciones de vida, de convivencia social y busca corregir al delincuente.
  7. Es sancionador: Jiménez de azua dice que esto deriva de ser garantizador, solo se puede enjuiciar a una persona por delitos que estén en la ley con la pena.

Elementos del derecho penal: Delito, pena y delincuente

Control social: conjunto de medios que ayudan a corregir o regular las conductas sociales.

Se ejerce de 4 formas en la sociedad:

  1. De manera difusa: creando hábitos colectivos (usos, creencias, etc.)
  2. A través de entes institucionales como la iglesia, la familia, etc.
  3. A través de establecimientos educativos (escuela, universidad etc.)
  4. A través de medios de comunicación (tv, radio, prensa, etc.)

Se ejerce de 2 formas por el derecho penal:

  1. Punitivo institucionalizado, es decir a través del sistema penal, con sus tribunales, leyes, códigos, policías.
  2. No institucionalizado o subterráneo, esto es mediante conductas no institucionales,  es decir ilícitas, como la operancia de grupos paramilitares que dicen que cumplen labores de limpieza social, Los guerrilleros, etc.

Derecho penal de Acto o de hecho: Se determina que nuestro derecho penal es de acto porque considera como tal la conducta del hombre, establece que para condenar o juzgar a una persona la misma tiene que exteriorizar un conducta, por lo tanto se castiga al hombre por lo realmente realizado y no por lo pensado deseado o propuesto.

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