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DERECHO PROCESAL PENAL TRABAJOP FINAL

juan26ana2823 de Octubre de 2014

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INSTITUTO UNIVERSITARIO LATINOAMERICANO

LICENCIATURA: DERECHO

MATERIA: DERECHO PROCESAL PENAL

INDICE

INDICE………………………………………………………………………………………...PAG 2

INTRODUCCION…………………………………………………………………………….PAG 3

DENUNCIA DE FRAUDE………………………………………………………………...…PAG 4

PROCEDIMIENTO PENAL INQUISITORIO…..………………………………………….PAG 6

PROCESO PENAL; SISTEMA ACUSATORIO, ADVERSARIAL Y ORAL…………...PAG 8

PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA…………….…………………..PAG 10

HECHO DELICTUOSO Y PROBABLE RESPONSABILIDAD………...………………PAG 11

AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCION………………………………………….PAG 12

FUNCIONES DEL MINISTERIO PUBLICO………………………..…………………..PAG 18

BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………………..PAG 20

AUTOEVALUACIONES………………………………………………………………..…..PAG 21

INTRODUCCION

En este trabajo entenderemos un poco sobre el nuevo sistema penal acusatorio adversarial y las reformas que se han dado y han dado lugar a los juicios orales en materia penal, también podremos hacer la elaboración de una denuncia por escrita al ministerio publico tratándose del delito de Fraude, y cumpliendo algunos de los requisitos para la formalidad y el contenido de esta sea mejor como los datos del demandante y si es posible del demandado, la fundación y motivación de los hechos para argumentar el motivo de la demanda.

Con este trabajo también observaremos más a detalle las fases del nuevo sistema así como el procedimiento abreviado y algunas peculiaridades como las formas alternativas de solución, que realmente ayudan mucho para que el proceso se realice más rápidamente.

Observando uno y otro sistema penal hay muchas cosas que cambiaron y q ayudan para un mejor proceso y de manera general beneficia al imputado, a la víctima al juez, al M.P. y hasta al estado que resuelve más casos y de manera más eficiente.

Con este trabajo haremos un breve repaso del nuevo sistema y que creo de forma muy personal es muy importante y atinado ya que si hay mucho por aprender y sobre todo tanto que se desconoce aun así por los mismos jueces o que de manera imprudencial todavía no lo efectúan bien.

En lo personal el procedimiento abreviado me parece interesante y muy lógico para que se evite todo un proceso y se resuelva más rápido y muchos pagarían la pena mínima reducida en un tercio que sería lo más justo y con la oportunidad de regenerarse de alguna forma.

En México hay mucho que reformar pero si no se aplica de forma eficaz de nada servirá la modificación a tanta ley y perjudicaran a más de los que beneficiara ya que por malos procedimientos algunos culpables no pagaran condenas que si deberían pagar.

1.- DENUNCIA DE FRAUDE

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADOR

EN TURNO, EN VALLE DE BRAVO, ESTADO DE MEXICO.

P R E S E N T E.

GREGORIO RUIZ CRUZ, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la Calle Corregidora Norte numero 203 Col. Centro, de este municipio de Valle de Bravo y autorizando para tales efectos a la LICENCIADA ANA INES GARCIA REYES, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente, vengo a presentar formal Querella en contra de la señora ADOLFA VASQUEZ SANTIAGO, por el Delito de FRAUDE, y demás que resulten, ilícito previsto y sancionado por el Artículo 305 Y306 fracción IV, y demás relativos del Código Penal vigente en el Estado, basándome para hacerlo en la siguiente relación de Hechos y Derechos.

H E C H O S

1.- Que el día Veinticinco de Mayo del dos mil trece, siendo aproximadamente las diez horas con treinta minutos, se presentaron en mi domicilio bien conocido en la población de San Gabriel Ixtla, perteneciente al mismo municipio de Valle de Bravo, Estado de México, la señora ADOLFA VASQUEZ SANTIAGO y el señor ABRAHAM OROZCO POBLETE lugar donde me encontraba con mi esposa LOURDES HERNANDEZ MENDOZA y mi hijo ANDY GABRIEL RUIZ HERNANDEZ, con el propósito de liquidarme $110,500.00(CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS PESOS 00/100M.N), ya que en fecha quince de mayo del año dos mil trece, les vendí un terreno ubicado en la misma comunidad referida con antelación, sin embargo la señora ADOLFA VASQUEZ SANTIAGO, me comento que no tenía efectivo por lo cual me dejaba un cheque de Banco Nacional de México (BANAMEX), CHEQUE NUMERO 0023546987, a favor de GREGORIO RUIZ CRUZ y fue así que pensando en la buena fe y que nos conocemos, dimos por finiquitado el negocio, sin embargo al día siguiente fui a cambiar el cheque refiriéndome la cajera que mi cheque no contaba con fondos, por lo cual decidí llamarle a la C. ADOLFA VASQUEZ SANTIAGO, para preguntar sobre la situación, sin embargo no tuve respuesta pues desde dicha fecha han sido omisos a mis llamadas y mensajes, la visite en su domicilio ubicado en Conocido sin número Santa María Tixca, pero de igual manera no obtuve respuesta; por lo cual decidí citarlos ante el oficial mediador de mi municipio, para tratar de solucionar el conflicto, sin embargo nunca se presentó a las citaciones por lo cual el día de hoy acudo ante esta representación social ya que el hecho que denuncio, me ha causado un detrimento en mis bienes patrimoniales y ha generado un lucro indebido a favor de la demandada.

Por lo antes expuesto y toda vez que no estoy conforme con la actitud de la señora ADOLFA VASQUEZ SANTIAGO, me veo en la necesidad de ejercitar los siguientes:

D E R E C H O S

I.- Es Usted competente para conocer del presente Asunto, conforme lo dispone el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los Artículos 135 y 136 del Código de Procedimientos Penales en el Estado de México.

II.- El Delito de Fraude se encuentra previsto y sancionado por los Artículos 305 y 306 fracción IV y demás relativos del Código Penal vigente en el Estado.

Por lo antes expuesto y fundado

A Usted C. Agente del Ministerio Público, atentamente pido:

UNICO: se me tenga por presente con este escrito de Querella en los términos planteados, solicitando se señale fecha y hora para la Ratificación del Presente, así como también para que me reciba a los Testigos a quienes les resulta cita en el cuerpo del presente, que una vez reunidos los requisitos que exige la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se consigne la presente ante el JUEZ PENAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL para que libere la Orden de aprehensión correspondiente.

PROTESTO LO NECESARIO

________________________

GREGORIO RUIZ CRUZ

VALLE DE BRAVO, OCTUBRE DE 2013

LIC. ANA INES GARCIA REYES

CED. PROFESIONAL 5467330

2.- PROCEDIMIENTO PENAL INQUISITORIO

En términos generales, y al igual que algunos procesos penales actuales, la Inquisición Especial se dividía en dos partes: la inquisitiva (o de instrucción) y la judicial (o probatoria). En la primera, el juez instructor investiga, es decir, tras recibir una denuncia, busca pruebas y reúne testigos, todo ello en secreto. En la segunda, ya con el acusado bajo arresto, se confrontan testimonios y se procede a los diversos interrogatorios, con vistas a emitir sentencia.

La inquisición especial podía iniciarse por tres vías:

Per accusationem: se trataba de una denuncia pública por herejía, y en consonancia con el proceso acusatorio, la calumnia se castigaba con pena de Talión

Per inquisitionem: el inquisidor, por voluntad propia, inicia el procedimiento, basándose en rumores o cualesquiera otros indicios o sospechas que tenga.

Per denuntiationem: era el de la denuncia secreta, o delación. Esta modalidad era anónima, hasta tal punto que el acusado podía no distinguirla del proceso, pues el delator mismo podía aparecer en el proceso no como parte, sino como simple testigo.

En los tres casos, si las sospechas son arbitrariamente consideradas suficientes, se procede al arresto del acusado.

Permisos y arresto: Arresto del Inculpado

Examen simple: Confesión

Aislamiento indefinido: El aislamiento tenía el doble objetivo de evitar la fuga del acusado, y al mismo tiempo prepararlo psicológicamente para la siguiente fase procesal.

Riguroso examen: interrogatorio bajo tortura. Para iniciar esta fase tenían que cumplirse cuatro condiciones:

Debía haber indicios suficientes.

Debía obtenerse permiso del Tribunal Superior.

Debía haber acuerdo con el obispo de la diócesis, que asiste al interrogatorio

Debía haber finalizado el periodo probatorio y testifical, es decir, debía realizarse al final

La relajación

Para la ejecución de la pena impuesta (azotes, muerte) el condenado

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