Demanda Divorcio Mexico 2014
julitoaragon24 de Agosto de 2014
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MUÑOZ JIMENEZ GABRIELA.
VS.
VILLELAS HERNANDEZ DAVID.
JUICIO ORDINARIO CIVIL
SOLICITUD DE DIVORCIO.
E S C R I T O I N I C I A L
_____________________________
JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
EN EL DISTRITO FEDERAL.
MUÑOZ JIMENEZ GABRIELA, por derecho propio, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en ORIENTE 26, NÚMERO 1137, INTERIOR 5, COLONIA AERONÁUTICA MILITAR, DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA, CÓDIGO POSTAL 15970, en esta Ciudad y autorizando como todo el cúmulo de facultades a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal Al Licenciado JULIÁN CISNEROS CONTRERAS, con número de Cédula Profesional 3472201, así mismo autorizo para oír y recibir todo tipo de notificaciones, y recoger documentos de valores y aún de carácter personalísimo a los CC. Licenciados PABLO CISNEROS CONTRERAS, DAVID CISNEROS CONTRERAS Y A LOS CC. NATAHELI PÉREZ HERNÁNDEZ, KARLA SACADAS BELTRAN Y PABLO YAÑEZ GARCÍA, conjunta e indistintamente ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 266, 267 y demás relativos y aplicables del Código Civil posterior a las reformas publicadas el 03 de Octubre del año 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, vengo a solicitar el DIVORCIO, en contra de mi cónyuge VILLELAS HERNANDEZ DAVID, de quien señalo como domicilio para ser debidamente emplazado a juicio, el ubicado en calle TERCERA CERRADA DEL RECREO NÚMERO 2306, COLONIA GABRIEL RAMOS MILLAN TLACOTAL, DELEGACÓN IZTACALCO, D.F.
P R E S T A C I O N E S:
a).- La disolución del vinculo matrimonial que nos une en virtud de que es voluntad de la suscrita MUÑOZ JIMENEZ GABRIELA, no querer continuar con dicha unión conyugal.
b).- LA GUARDA Y CUSTODIA DE LAS MENORES HIJOS, ASÍ COMO REGRESE A MI MENOR HIJO DE NOMBRE MISAEL ANTONIO VILLELAS MUÑOZ, AL HOGAR DE LA SUSCRITA, como lo demostrare mas adelante.
c).- SE ABSTENGA DE MOLESTARME, tanto por vía telefónica como en mi persona, ya sea en mi lugar de trabajo como en mi domicilio o en cualquier lugar, ya que hay constancias de violencia física y maltrato psicológico, en agravio de la suscrita.
d).-Fijar una pensión alimenticia provisional del $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS), Mensuales vigentes para el Distrito Federal, y en su caso definitiva a favor de la demandada y de mis menores hijos.
E).-La aceptación, aprobación y cumplimientos de la propuesta de convenio para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial, mismo que se acompaña a la presente solicitud de divorcio.
f).- Las demás consecuencias legales que conlleve la disolución de dicho vínculo matrimonial.
g).- El pago de gastos y costas que se lleguen a generar con la tramitación del presente juicio, así como de sus incidentes.
Fundo mi solicitud en las siguientes consideraciones tanto de hecho, como de carácter legal.
H E C H O S:
1.- Con fecha 05 DE MARZO DEL AÑO 1986, CONTRAJE MATRIMONIO Civil con el hoy demandado de nombre VILLELAS HERNANDEZ DAVID, bajo el régimen de SOCIEDAD CONYUGAL, como lo acredito con copia certificada del acta de matrimonio que adjunto a esta demanda como ANEXO 1.
2.- Durante nuestro matrimonio y vida en común la suscrita y el demandado procreamos CUATRO HIJOS de nombres DAVID DIONICIO VILLELAS MUÑOZ, NANCY GABRIELA VILLELAS MUÑOZ, MISAEL ANTONIO VILLELAS MUÑOZ Y LESLIE VALERIA VILLELAS MUÑOZ. Tal como se acredita con las copias certificadas de las actas de nacimiento de mis menores hijas, la cual se exhibe con el presente escrito como ANEXO 2.
3.-Nuestro último domicilio conyugal estuvo establecido en CANAL NACIONAL 268, EDIFICIO A, II DEPARTAMENTO 13, CAMPAMENTO 2 COLONIA SAN ANDRES TOMATLAN, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, C.P. 09870, DISTRITO FEDERAL, DONDE ACTUALMENTE VIVE LA SUSCRITA.
4.- Es el caso desde el día 10 del mes de enero del 2010, la suscrita y el demandado nos encontramos separados, por violencia física y moral que me propiciaba el demandado como lo acredito con las actas de denuncia como ANEXO 3.
5.- Por múltiples problemas que teníamos, y por el bienestar de las menores hijos, decidí demandar la guarda y custodia de mis menores hijos, ya que uno de mis hijos de nombre MISAEL ANTONIO VILLELAS MUÑOZ, se lo llevo su padre sin motivo alguno, y en consecuencia mi menor hijo se encuentra descuidado en su salud como en su persona así como la baja de sus calificaciones, como lo acredito con el ANEXO 4.
6.- A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 267 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, me permito acompañar la PROPUESTA DE CONVENIO para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.
M E D I D A S P R O V I S I O N A L E S:
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 282 del Código Sustantivo Civil, solicito de su Señoría se sirva decretar con carácter provisional las siguientes medidas:
1.- Decretar de manera formal y legal la separación de los cónyuges, ya que de derecho estamos separados desde el año 2009.
2.- REGRESE A MI MENOR HIJO AL HOGAR FAMILIAR, DONDE VIVE LA HOY SUSCRITA..
3.- SE ABSTENGA DE MOLESTARME, tanto por vía telefónica como en mi persona, en mi hogar como lugar donde laboro, y de mis hijas por ser una persona peligrosa además de no cumplir y desobligarse de las necesidades básicas de los menores.
4.- Fijar una pensión alimenticia provisional del $2,500.00(DOS MIL QUINIENTOS PESOS), Mensuales vigentes para el Distrito Federal, y en su caso definitiva a favor de la demandada y de mis menores hijas.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 255, fracción x del Código de Procedimientos Civiles reformado el 03 del Octubre del 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y demás relativos y aplicables del propio Ordenamiento.
PRUEBAS
I.- CONFESIONAL A CARGO DEL DEMANDADO, VILLELAS HERNANDEZ DAVID, al tenor del pliego de posiciones que en su oportunidad se exhibirá, a quien pido se le cite por conducto de este H. Juzgado, para que comparezca a absolver de manera personalísima y no por conducto de apoderado legal alguno, las posiciones que en su momento se le articularán, apercibido que en caso de no comparecer sin justa causa, será declarado confeso de aquellas posiciones que previamente sean calificadas de legales.
Esta probanza se ofrece en razón de que con ella se demostrará la procedencia de la presente solicitud de divorcio y la veracidad de todos y cada uno de los puntos en el capítulo de hechos de esta demanda.
Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos del presente libelo.
II.- LAS TESTIMONIALES, a cargo de las CC. NOEMI VILLEGAS OSTOA, con domicilio en calle Antonio Acenotti, número 28, colonia Fuego nuevo, delegación Iztapalapa., de MARÍA LETICIA CALDERON RUBIO, CON DOMICILIO CANAL NACIONAL 268, EDIFICIO B,- III DEPARTAMENTO 3, COLONIA SAN ANDRES TOMATLAN, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, C.P. 09870 Y de mi hija de nombre NANCY GABRIELA VILLELAS MUÑOZ, con domicilio CANAL NACIONAL 268, EDIFICIO A, II DEPARTAMENTO 13, CAMPAMENTO 2 COLONIA SAN ANDRES TOMATLAN, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, C.P. 09870, DISTRITO FEDERAL, DONDE ACTUALMENTE VIVE LA SUSCRITA, personas a quienes me comprometo a presentar a la hora y en el día en que su Señoría señale para el desahogo de la prueba de mérito.
Esta prueba la relaciono con los hechos 2,3, y 5 de, mi escrito inicial de divorcio. Estimo que demostrare mis afirmaciones con la prueba que nos ocupa, toda vez que a dicho testigo le consta fehacientemente los hechos.
Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos del presente libelo.
Ill.-DOCUMENTAL PÚBLICA, consistentes en los CUATRO atestados del Registro Civil, exhibidos junto con esta demanda como anexos 1 y 2, relativos al acta de matrimonio de las partes, así como el acta de Nacimiento de nuestros cuatro hijos de nombres DAVID DIONICIO VILLELAS MUÑOZ, NANCY GABRIELA VILLELAS MUÑOZ, MISAEL ANTONIO VILLELAS MUÑOZ Y LESLIE VALERIA VILLELAS MUÑOZ.
Con esta prueba se acreditará que las partes en el presente juicio contrajimos matrimonio el 05 de mayo del año 1986, bajo el régimen de sociedad conyugal, y que durante nuestra unión procreamos cuatro hijos de nombres DAVID DIONICIO VILLELAS MUÑOZ, NANCY GABRIELA VILLELAS MUÑOZ, MISAEL ANTONIO VILLELAS MUÑOZ Y LESLIE VALERIA VILLELAS MUÑOZ.
Este medio de convicción se relaciona con los hechos uno y dos narrados en el presente libelo
IV.- DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en las actas de denuncia por violencia, maltrato, del CENTRO DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR(CAVI)PGJ
Este medio de convicción lo relaciono con los hechos 4 y 5 de los hechos de ésta demanda.
Con el cual pruebo la peligrosidad de mi esposo y las repercusiones
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