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Derecho Comercial II CARTA DE PORTE

Gaby CalviñoDocumentos de Investigación13 de Agosto de 2016

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República de Panamá

Universidad de Panamá

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

Escuela de Derecho

Licenciatura de Derecho y Ciencias Políticas

Derecho Comercial II

CARTA DE PORTE

Profesor:

Alexander Valencia

Por:

MªGabriela Calviño Domínguez

Cédula: 8-861-277

IV-D

II-Semestre

Panamá, 18 de noviembre de 2014

Introducción[pic 1]

Este trabajo trata sobre la Carta de Porte, el Conocimiento de Embarque y la Carta de Porte Aérea o guía aérea como Título de Crédito. Pues la Carta de porte vendría siendo un instrumento representativo de mercadería, que puede ser fuente de derecho y que ampara la expedición de las mismas. Esta se encuentra estrechamente vinculada con su uso como papel de comercio y medio de obtención de créditos y específicamente con la discutida cuestión de su negociabilidad.

Veremos las funciones que tiene una carta de porte, los principios cambiarios como título de crédito, de acuerdo a su transferencia lo cual una carta de porte puede ser nominativa, a la orden o al portador, lo cual serán trasmisibles por cesión, endoso o tradición, según estuviere extendida.

Como importancia de la carta de porte veremos los requisitos exigidos que debe contener una carta de porte; por parte de nuestra legislación, contemplado en el artículo 668 del Código de Comercio. Por último veremos cómo es la negociabilidad del documento lo cual está regulado por la Ley 52 de 13 de marzo de 1917 que trata sobre “Los Documentos Negociables”.


[pic 2]

Índice[pic 3]

Introducción………………………………………………….......................................2

Índice………………………………………..................................................................3

CARTA DE PORTE…………………………………………………………………..4

Títulos representativos de mercaderías………………………………………………...4

Vía Terrestre: Carta de Porte…………………………………………………………..5

Vía Marítima: Conocimiento de Embarque (Bill og Lading)………………………….6

Vía Aérea: La Carta de Porte aéreo/a o guía aérea (Air Will Bill)……………………..7

Funciones de: La Carta de Porte, Conocimiento de Embarque o Carta Aérea o Guía Aérea……………………………………………………………………………………7

Características…………………………………………………………………………..8

Principios Cambiarios…………………………………………………………………..8

Sujetos………………………………………………………………………………….9

La Transferencia………………………………………………………………………...9

Nominativo/a…………………………………………………………………..10

A la orden………………………………………………………………………10

Al portador……………………………………………………………………..10

Contenido de la Carta de Porte…………………………………………………………11

Negociabilidad………………………………………………………………………….13

Ejemplos………………………………………………………………………………..16

Conclusiones……………………………………………………………………….…..19

Bibliografía…………………………………………………………………………….20

        

CARTA DE PORTE

La carta de porte como título de crédito es un instrumento representativo de las mercancías y otorga al tenedor el derecho a reclamar al obligado la entrega de las mercadería por él representadas, como consecuencia de su transportación. Esta se encuentra estrechamente vinculada con su uso como papel de comercio y medio de obtención de créditos y específicamente con la discutida cuestión de su negociabilidad.

Títulos representativos de mercaderías:        

Si el título de crédito da cuenta de un derecho de propiedad sobre bienes muebles, en particular mercaderías, que admite la transmisión del dominio de ellos por la transferencia del título, estamos en presencia de la segunda categoría que son los títulos representativos de mercaderías. Los más conocidos de los títulos representativos de mercaderías son dos:

  • En primer lugar los testimonios escritos de las diversas variedades del contrato de transporte, que si se trata de transporte terrestre se llama carta de porte, si se trata de transporte marítimo se llama conocimiento de embarque, y si se trata de transporte aéreo se llama guía aérea o carta de porte aérea.
  • El segundo tipo de títulos valores representativos de mercaderías está constituido por los llamados certificados o vales de depósito que emanan del negocio de los warrants. El negocio de warrants es una actividad comercial que consiste en un sistema legalmente regulado de depósito de mercaderías en instituciones profesionales dedicadas a esa actividad y controlada por la Superintendencia de Bancos. El depósito de tales mercaderías, llamado almacenaje o depósito warrants, se acredita mediante un documento que emite el almacenista, que es el dueño del Almacén General de Depósito Warrants, llamado certificado o vale de depósito. Una vez más, el titular de ese vale puede transferir el dominio sobre la mercadería transfiriendo el documento.

De acuerdo al medio de transporte que se trata, toma un nombre específico:

  • Vía Terrestre: Carta porte
  • Vía Marítima: Bill of Lading.
  • Vía Aérea: Air Will Bill, Guía aérea.

  • Vía Terrestre: Carta de Porte.

Una carta de porte es el documento que justifica el desplazamiento de mercancías; en el cual se anotan los detalles sobre el transporte de cualquier artículo o producto.

Una carta de porte es un documento emitido por un transportista que da detalles e instrucciones sobre el envío de las mercancías. Generalmente, muestra los nombres del consignador (remitente de la mercancía) y el consignatario (receptor de la mercancía), el punto de origen, el destino, la ruta y el método de envío y el importe cobrado por la entrega.

La carta de porte debe redactarse en papel, o bien en formato electrónico. Con la entrada de las nuevas tecnologías, la carta de porte puede redactarse de forma electrónica en lo que se denomina el formato (TEI/EDI).

La carta porte indica exactamente lo que el conductor está transportando. Independientemente de si el vehículo está diseñado o adaptado a dicha carga, el transportista siempre deberá llevar la carta de porte en la cabina ya que es el documento que va a justificar el desplazamiento.

La Carta de Porte ha de recoger los datos que describen los elementos del contrato, en el cual se considera, un titulo de tradición, de manera que la posesión del título equivale a la posesión de las mercancías. Por otro lado podemos decir que es un elemento probatorio con carácter privilegiado sobre los demás medios de prueba de las cuestiones que se planteen sobre el cumplimiento del contrato.

Todos los tipos de testimonio del contrato de transporte de mercaderías tienen la particular característica, y por eso es que son títulos valores, de que la persona que aparece como dueño de la mercadería en ese documento puede transferir el dominio sobre ella mediante la transferencia del documento. Así, si yo tengo una partida de mil quintales de trigo que vienen de Argentina a Panamá, puedo transferir la propiedad de dicho trigo transfiriendo el documento queda cuenta del transporte.

  • Vía Marítima: Conocimiento de Embarque (Bill of Lading).

Un conocimiento de embarque es un documento que la compañía naviera expide al cargador, mediante el cual reconoce que las mercancías se han embarcado.

El conocimiento de embarque es firmado por un transportista y remitido a un cargador que proporciona evidencia de la recepción de las mercancías para su envío e incluye muchas de las mismas descripciones e instrucciones que una carta de porte tiene.

Sirve de acuse de recibo de las mercancías por parte del transportista, que queda obligado a entregarlas al destinatario. Menciona los datos de las mercancías, el buque y el puerto de destino. Acredita el contrato del medio de transporte y la titularidad de las mercancías, lo cual significa que el portador de este documento es el titular de las mismas.

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