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Derecho Constitucional II

SIKASRABONITA14 de Febrero de 2013

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UNIDAD I

ESTRUCTURA Y PRINCIPIOS DE LA CONSTITUCIÓN

 Elabore un cuadro sinóptico de la parte dogmática y orgánica de la constitución.

La Constitución Mexicana vigente está conformada por dos partes: la dogmática y la orgánica.

DOGMATICA

ARTICULOS

Es la parte que consagra las aspiraciones, principios torales anheladas por los mexicanos a través de los movimientos sociales, reconocidos por el Constituyente

Quedan consignadas bajo el rubro de las Garantías Individuales en los primeros artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos :

Igualdad, Libertad, Educación Seguridad Pública y Propiedad.

DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS: ART 1° AL 29°

DE LOS MEXICANOS: ART 30 AL 32

DE LOS EXTRANJEROS: ART 33

DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS ART 34 AL 38

Derecho a la Libertad, aboliendo la esclavitud y otorgando Libertad a cualquier individuo dentro del Territorio Nacional.

-Derecho a la libre expresión, asociación y tránsito, libertades esenciales de la nación mexicana.

-Derecho a la educación, siendo ésta otorgada por el Estado de manera laica y gratuita.

- Derecho a la posesión de armas de fuego para seguridad y legítima defensa.

-Derecho de huelga y organización de los trabajadores en sindicatos.

-Derecho a la libre profesión de cultos.

Jornada máxima de 8 horas de trabajo.

-Derecho al trabajo digno y socialmente útil

ORGANICA

ARTICULOS

La parte orgánica corresponde a la división de los Poderes de la Unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado, estableciendo:

:

DE LA DIVISIÓN DE PODERES: ART 49

DEL PODER LEGISLATIVO: ART 50

DE LA ELECCIÓN E INSTALACIÓN DEL CONGRESO: ART 51 AL 70

DE LA INICIATIVA Y FORMACIÓN DE LAS LEYES: ART 71 Y 72

DE LAS FACULTADES DEL CONGRESO: ART 73 AL 77

DE LA COMISIÓN PERMANENTE: ART 78

DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN: ART 79

DEL PODER EJECUTIVO: ART 80 AL 93

-Una forma de gobierno mexicano como una república federal, representativa y popular.

-Que los Poderes de la Unión están divididos en Ejecutivo (Presidencia de la República), Legislativo (Honorable Congreso de la Unión) y Judicial (Suprema Corte de Justicia de la Nación).

-Que la reelección del presidente queda prohibida.

-La creación del Municipio libre,

-La reforma agraria

.

UNIDAD III

ELEMENTOS GEOGRÁFICOS DEL ESTADO MEXICANO

 Mencione qué instancia es la encargada de resolver los conflictos de límites entre Estados y en qué artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra dicha disposición.

La instancia encargada de resolver los conflictos de limites entre los Estados de la Federación es la Cámara de Senadores aprobando el acuerdo en los casos que lleguen, estados en conflictos, de igual manera cuando alguno de los Estados en conflicto acuda ante dicha cámara, siendo su decisión definitiva e inatacable.

Correspondiéndole a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de las Controversia Constitucional a instancia de parte interesada, de los conflictos derivados dela ejecución del correspondiente decreto de la Cámara de Senadores.

Lo anterior con fundamento en el ARTÍCULO 46 donde a texto dice… “Las entidades federativas pueden arreglar entre sí, por convenios amistosos, sus respectivos límites; pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación de la Cámara de

Senadores.

A falta de acuerdo, cualquiera de las partes podrá acudir ante la Cámara de Senadores, quien actuará en términos del artículo 76, fracción XI, de esta Constitución.

Las resoluciones del Senado en la materia serán definitivas e inatacables. La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá conocer a través de controversia constitucional, a instancia de parte interesada, de los conflictos derivados de la ejecución del correspondiente decreto de la Cámara de Senadores.”

EN RELACIÓN CON EL 105 Fracción I INCISO D donde a letra…. “ De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral y a lo establecido en el artículo 46 de esta Constitución, se susciten entre: D) Un Estado y otro.”

UNIDAD V

CONGRESO DE LA UNIÓN

 Explique el procedimiento de las cámaras para aprobar una ley.

Es importante mencionar que el proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 71, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Dice el artículo 71 de nuestra Carta Magna.- El derecho de iniciar leyes compete a:

 El presidente de la Republica.

 Los Diputados y Senadores INICIATIVA DE LEY del Congreso de la Unión. O DECRETO

 Las Legislaturas de los Estados.

Los representantes populares mencionados pueden formular y proponer una iniciativa de ley al Congreso de la Unión:

Cámara de Origen

-Se denomina cámara de origen a aquella ante la que se presenta una iniciativa.

-La Cámara de Origen recibe la iniciativa su mesa directiva informa al Pleno de la Asamblea y ordena su turno para estudio y dictamen en:

Comisión o Comisiones

Desarrollan las siguientes actividades:

 Reunión de trabajo para distribuir la iniciativa entre sus miembros y explicarla.

 Elaboración del programa de trabajo.

 Recopilación de información especializada respecto a la iniciativa.

 Análisis de la información y de antecedentes legales en la materia.

 Celebración de reuniones de trabajo con representantes de órganos de gobierno y entidades publicas vinculados con la iniciativa.

 Reuniones de trabajo con especialistas y representantes de los grupos sociales interesados en la misma.

 Celebración de Conferencias con Comisiones homólogas de la otra Cámara.

 Integración de la Subcomisión de Redacción.

 Formulación del Proyecto de Dictamen.

 Presentación y Exposición del Dictamen a los miembros de la Comisión explicando y justificando adecuaciones y modificaciones incorporadas.

 Análisis y discusión colegiada de la propuesta de Dictamen en la Comisión o Comisiones conjuntas.

 Aprobación y firma del Dictamen por la mayoría de los miembros de la Comisión y presentación, en su caso, de voto o votos particulares por escrito de quienes disientan del parecer de la mayoría.

DICTAMEN

Aprobado el Dictamen se notifica a la mesa directiva de la Cámara sobre los resultados de los trabajos y la conclusión de la elaboración del dictamen para su inclusión en la orden del día y su presentación al Pleno de la Asamblea.

Sesión del Pleno Cámara Revisora

1a. Lectura La Cámara Revisora recibe de la Cámara de Origen

Se da la lectura al Dictamen por los Origen la minuta del Dictamen con proyecto secretarios de la mesa de decreto de la iniciativa y se somete internamente al mismo procedimiento

2a. Lectura descrito para la Cámara de Origen.

Se lee ante el Pleno y un miembro de la Comisión lo fundamenta. Cada grupo Aprobada una iniciativa por la Cámara

Parlamentario expone su posición. Revisora, el Presidente de la Mesa

Directiva acuerda su envío al Poder Discusión Ejecutivo para sus efectos Constitucionales.

En la misma sesión se procede ala discusión de la iniciativa, primero en lo general (o sea en su conjunto),y después en lo particular cada uno de sus artículos. Poder Ejecutivo. Los legisladores hablan alternativamente Si el titular del Ejecutivo no tuviere en contra o a favor de la iniciativa, observaciones que hacer, lo publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Agotado el orden de oradores, la Asamblea, mediante votación económica, determina si esta suficientemente discutida en lo general.

PUBLICACIÒN EN EL DIARIO Votación en lo General OFICIAL DE LA FEDERACION

Cada legislador se pone de pie, dice su nombre y el sentido de su voto.

Concluida la votación se procede al cómputo de los votos.

El presidente de la mesa proclama el resultado de la votación y declara si la iniciativa ha sido aprobada en lo general. Discusión y votación en lo particular

Si procede, en su caso, a la discusión particular de los artículos impugnados.

Concluida la discusión de los artículos reservados y si la Asamblea lo determina, se inicia la votación nominal de los mismos.

El presidente de la mesa proclama el resultado de la votación en lo particular.

Aprobación

Concluida la votación en los general y lo particular, el Presidente de la mesa proclama el resultado de la misma y, en su caso declara aprobado el proyecto de ley o decreto y ordena su envió a la Cámara Revisora.

Las iniciativas pueden ser objeto de observaciones parciales o totales por la Cámara revisora o por el Ejecutivo, lo que da

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