Parcial de Derecho Constitucional y Derechos Humanos II
Luz BonomiTrabajo2 de Noviembre de 2023
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Parcial de Derecho Constitucional y Derechos Humanos II
Actividad 1:
La Nación está decidida a avanzar con un viejo anhelo: la construcción de una autovía de cien kilómetros.
En una conferencia de prensa el Ministro de Planificación brinda detalles de la obra y explica que para lograrlo, dada las características de la zona, es necesario abrir montañas, realizar perforaciones, construcciones y desviar en el Km 80 el curso del Río.
Un grupo de ambientalistas se oponen en parte de la obra, dado que entienden que en el Km 50 de su planificación allí el impacto ambiental negativo sería enorme dado la gran cantidad de especies autóctonas existentes y un desmonte que no fue denunciado por el estado.
Un grupo de vecinos cuestionan a la provincia y afirman por otro lado que la expresa constructora no debería empezar las obras hasta tanto cuente con la aprobación de la Autoridad del Agua.
Ante el caso planteado se le formulan los siguientes interrogantes:
- Conforme el caso, ¿le asiste razón al grupo ambientalista por sus observaciones o cuestionamientos? ¿Por qué?
- Teniendo presente la Constitución Nacional, la Convención Americana de Derechos Humanos, y otra convención que a su elección escoja de las enunciadas en el art. 75 inc. 22 de la CN: ¿qué derechos humanos se encontrarían afectados y le asistiría a la población?
Para su desarrollo tenga presente los distintos tipos de generaciones de derechos que reconoce la doctrina.
- ¿Podría/n plantear alguna acción constitucional? En su caso, ¿cuál?
Para ello, tenga presente la Constitución Nacional y la ley 25.675.
- En este caso asisto en razón al grupo de ambientalistas porque interponen este reclamo haciendo referencia a los derechos que protegen el ambiente, el cual el Ministro de planificación debería tener en cuenta la ubicación de la vegetación para no dañar el medio ambiente.
- Como lo establece el art. 41 de la Constitución Nacional todos los habitantes gozan del derecho de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan y preserven las necesidades presentes sin comprometer a las de las generaciones futuras. El daño ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponerlo, según lo establezca la ley.
Convención Americana de los Derechos Humanos establece que toda persona posee derecho a vivir un medio ambiente sano. Un medio ambiente constituye un derecho de incidencia colectiva que tiene por objeto la defensa de un bien colectivo que pertenece a toda la comunidad.
En tanto, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, sociales y culturales en su articulo 12 inc. 2 dice: “Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:
b) el mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y el medio ambiente; …”
- Teniendo en cuenta la Constitución Nacional, se podría plantear una ACCIÓN DE AMPARO, establecida en el art. 43 párrafo 2: “Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinara los requisitos y formas de su organización.”
Teniendo en cuenta la Ley 25.675 la acción que podrían plantear esta establecida en el art. 11: “Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución.”
Actividad 2:
Pablo y Pedro, tienen una revista de interés general que tiene salida quincenalmente. Allí abordan temas de interés general como política, cultura, y economía. Más allá de los invitados especiales de cada semana, se suman a la publicación su gran valor como revista, se asienta en sus notas sobre la "Realidad Política".
Tanto es el interés que ha despertado la Revista, que ahora concurren todos los días a la sede de la misma para ver la posibilidad de que en el futuro inmediato puedan ampliar su salida, pasando ahora a una salida semanal
El miércoles, al llegar a su sede, lugar habitual de diseño y desarrollo de la revista, ambos se encuentran con la clausura del Local y con cintas en la puerta de ingreso que así lo ordenan.
Pedro y Pablo, de modo inmediato, comienzan a averiguar quién ha clausurado y los motivos de la misma. No obtienen respuesta alguna. En el municipio afirman que "ellos", no lo han clausurado.
Pasan una semana y al no tener respuesta alguna, ni origen de la misma y dado que de seguir la clausura no podrá salir la publicación de la revista, Pedro y Pablo deciden concurrir a su estudio jurídico a los fines de recibir asesoramiento.
Luego de la lectura del caso planteado, le proponemos resolver los siguientes interrogantes de modo fundado legal y doctrinariamente.
- ¿Qué derechos o libertades constitucionales se estarían afectando en el presente caso? Identifíquelos, cítelos y conceptualícelos.
- Ud. como abogado de Pedro y Pablo, ¿ante qué órgano (o poder) del estado plantearía una acción para restablecer la violación de esos derechos?
- ¿Cuál sería esa acción constitucional de las estudiadas en nuestra materia?
- Los derechos o libertades constitucionales que se estarían afectando en el presente caso es el DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, tal y como esta previsto en el art. 14 de Constitución Nacional todos los habitantes de la Nación gozan con los derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria licita, de navegar y comerciar; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de profesar libremente su culto.
- Como abogada de Pedro y Pablo al órgano que plantearía una acción para restablecer la violación de los derechos es al Poder Judicial, ya que su función es garantizar el cumplimiento de la ley por parte de las instituciones y los ciudadanos. Los ciudadanos pueden acudir a los tribunales de justicia para obtener protección de sus derechos, son la última garantía de estos. Además, la acción de amparo se plantea ante este órgano.
- La acción constitucional esta prevista en el art. 41, párrafo 1 de la Constitución Nacional donde menciona que toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial mas idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades publicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegal manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Actividad 3:
En el día de la fecha, la Municipalidad de Córdoba, a través de las oficinas de Inspectores Municipales de la sanidad, concurre a un supermercado dentro de su jurisdicción y luego de realizar inspección de rutina, verifica y constata en sus góndolas y depósito que:
- Existen productos vencidos.
- No se respetan las cadenas de frío en las heladeras en que se encuentran las hamburguesas.
- En el depósito, en una cámara de carnes, se encuentra un pack con 50 aerosoles de insecticidas.
Ante esta situación, se labra el acta correspondiente y se procede al secuestro de los productos vencidos y de la totalidad de carne existente en la Cámara, para su posterior decomiso. Además, procede a la clausura por diez días del establecimiento e impone una multa de $500.000.
Sobre la base del caso planteado, identifique y resuelva de manera fundada los siguientes ítems:
- ¿Qué tipo de facultad o potestad es la desplegada por el Municipio?
- ¿Cuál es el fundamento de su acción?
- ¿Cuál es la naturaleza de las sanciones impuestas? En su caso, ¿son razonables?
- El tipo de facultad o potestad que es desplegada por el municipio es el PODER DE POLICÍA ya que tiene como fin asegurar la libertad, la convivencia armónica, la seguridad, el orden público, la moralidad, la salud, y el bienestar general de los habitantes impone, por medio de la ley y de conformidad con los principios constitucionales, limitaciones razonables al ejercicio de los derechos individuales, a los que no pude alterar ni destruir, correspondiendo al Poder Judicial decidir si las limitaciones, encuadran o no en el marco de la Constitución Nacional, salvaguardando los derechos individuales.
- El fundamento de su acción es el art. 14 de la Constitución Nacional que prevé que todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos: conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio; a saber; de trabajar y ejercer toda industria licita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar; permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
- La naturaleza de las sanciones impuestas son los productos vencidos, no respetar la cadena de frío de las heladeras donde está la carne, además se encuentran 50 aerosoles de insecticidas en una cámara frigorífica de carne. Sí es razonable la sanción impuesta mediante la clausura por 10 días y la multa de $500.000 porque ante todo hay que garantizar la salud del comprador.
Actividad 4:
Por los diarios nos informamos de la denuncia formulada por el Ministerio Público Fiscal, ante un juez, contra un miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un Juez de los Tribunales Inferiores Federales, el Jefe de Gabinete de Ministros, el Procurador General de la Nación y dos Gobernadores de provincia en razón de encontrarlos, en principio, incursos en los delitos de malversación de fondos públicos y de asociación ilícita.
A los fines de resolver el caso responda de manera fundada:
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