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Derecho Constitucional


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  5.599 Palabras (23 Páginas)  •  239 Visitas

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El poder constituyente

Para que el poder constituyente logre su objetivo esencial consistente en implantar el derecho fundamental y supremo que se expresa y sistematiza normativamente en una constitución, se requiere por modo indispensable que ese poder tenga la hegemonía suficiente para imponerse a todas las voluntades que dentro de un conglomerado humano suelen actuar, así como para no someterse a fuerzas ajenas a ese conglomerado. Por tanto, el poder constituyente, por necesidad ineluctable de su misma teleología, debe ser supremo, coercitivo e independiente. Su supremacía se traduce en que debe actuar sobre todos los otros poderes que se desarrollan individual o colectivamente dentro de una comunidad humana; su coercitividad se manifiesta en la capacidad de someter a tales poderes; y su independencia consiste en no estar subordinado a fuerzas exteriores o ajenas al pueblo o a la nación para lo que el citado poder establezca su estructura jurídica básica. Es fácilmente comprensible que sin los atributos mencionados no podría existir, desarrollarse ni concebirse siquiera el poder constituyente.

Es la soberanía misma en cuanto que tiende a estructurar primaria y fundamentalmente al pueblo mediante la creación de una Constitución en su sentido jurídico-positivo, o sea, como un conjunto de normas de derecho básicas y supremas. Si se comparan los atributos de la soberanía con los que caracterizan al poder constituyente, se llega a la conclusión inobjetable de que son los mismos, identidad que nos autoriza a sostener que dicho poder es una faceta teleológica del poder soberano.

Por ello, si bien el poder constituyente pertenece al pueblo como aspecto teleológico inherente a su soberanía, no puede desempeñarse por su titular. Imperativos ineludibles constriñen a depositar su ejercicio en un cuerpo, compuesto de representantes populares, que se denomina Congreso o asamblea constituyente y cuya misión única consiste en elaborar una constitución a nombre del pueblo.

Claramente se advierte, por tanto, la medular distinción que media entre ese cuerpo y el poder constituyente propiamente dicho. El primero es el órgano a quien el ejercicio o la actualización de dicho poder se confía o entrega, y el segundo la energía, fuerza o actividad soberana de darse una constitución. Por este motivo, los títulos de legitimidad del congreso o asamblea constituyente y de su obra derivan de la relación directa que exista entre él y el pueblo, o sea, de la auténtica representación popular que tal organismo ostente. Sin esa relación o faltando esta representación, la obra constitucional, por más perfecta que se suponga, tendrá un vicio ostensible de origen: su carácter espurio o ilegítimo, aunque con el tiempo y su observancia puede legitimarse.

La interpretación constitucional

En el terreno del Derecho, bien se sabe que "interpretar" denota una operación intelectual consistente en determinar el alcance, la extensión, el sentido o el significado de cualquier norma jurídica, bien sea ésta general, abstracta e impersonal, o particular, concreta e individualizada. En el primer caso se trata de la interpretación de las leyes en su amplia o lata acepción, independientemente de su rango formal, o sea, de las normas constitucionales, de las legales ordinarias o secundarias y de las reglamentarias. En el segundo; la interpretación puede versar sobre los contratos, los convenios, los testamentos, las sentencias judiciales, las resoluciones administrativas y, en general, sobre decisiones unilaterales o bilaterales de carácter público, social o privado e incluso sobre actos de índole jurisdiccional. Desde el punto de vista de su consistencia esencial, la interpretación implica una acción unilateral del intelecto humano que tiene como finalidad sustancial, propia e inherente establecer o declarar el sentido, alcance, extensión o significado de cualquier norma jurídica, según dijimos, con prescindencia de la fuente en que ésta se contenga. Por consiguiente, es la naturaleza de la norma lo que determina las diferentes especies de interpretaciones, sin que esta variedad altere la esencia de la labor interpretativa.

Métodos de interpretación

Método gramatical. Este consiste, según su nombre lo indica, en tomar en cuenta el significado de las palabras empleadas por el legislador en la redacción de la norma jurídica escrita, pudiendo también llamarse método literal, pues atiende a la letra en que el precepto materia de la interpretación está contenido.

Método lógico. Este método, que también suele denominarse conceptual, se basa, ya no en los vocablos que componen el texto normativo, sino en las ideas que el contenido del precepto por interpretar involucra.

c) Método sistemático. Este método estriba en relacionar diversos preceptos entre sí tomando en consideración que todos ellos forman un sistema normativo, de cuya circunstancia deriva su denominación.

Método causal-teleológico. Este método, que en la terminología de Savigny equivale al ahistórico, es el más idóneo para poder determinar el sentido, alcance y comprensión normativos de los preceptos constitucionales.

ANTECEDENTES

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la carta magna que rige actualmente en México Es el marco político y legal para la organización y relación del gobierno federal con los estados, los ciudadanos, y todas las personas que viven o visitan el país. Entre los cambios respecto de la Constitución de 1857, se encuentran la eliminación de la reelección del presidente de la República y el cargo de vicepresidente. Cuenta con 136 artículos y 19 artículos transitorios. Esta constitución es la primera en el mundo para establecer los derechos sociales, sirviendo como modelo para la Constitución de Weimar de 1919 y la Constitución rusa de 1918. Algunos de los artículos más importantes: 3, 27, y 123 que aparecen cambios profundos en la filosofía política mexicana que ayude a enmarcar el contexto político y social para el resto del siglo. El artículo 3 prohíbe la creación de una lista de libros prohibidos y estableció las bases para una, obligatorias, y la educación laica gratuita; el artículo 27 llevó a la fundación para la reforma agraria; y el artículo 123 fue diseñado para potenciar el sector laboral.

El contexto de la doctrina liberal, que fue la inspiración de la independencia de México del régimen Español. José María Morelos y Pavón promulgó en 1814 la Constitución de Apatzingán donde recoge los principios de igualdad, soberanía popular y división de poderes. Principales disposiciones legales

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