Derecho Laboral I
babiemejia20 de Marzo de 2013
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EL SALARIO
Art. 119 a 143 ct., etimológicamente esta palabra bien del latin salarium, a su vez procedente de sal xq era costumbre antigua dar en pago a los domesticos una cantidad fija de esa sustancia.
La palabra sueldo procede de soldada xq era la paga q percibía x su actividad el hombre dedicado al servicio de las armas.
DEFINICION: es la compensación q recibe el trabajador a cambio de ceder al patrono sus derechos sobre el trabajo realizado.
Para los economistas vendría a ser toda renta, provecho o beneficio cobrado x el hombre a cambio de su trabajo.
Para los laboralistas es la retribucion y esta en el art. 119 ct.
IMPORTANCIA:
Para el economista: son los valores materiales de la producción.
Para el laboralista: una de las obligaciones fundamentales surgidas del contrat de trabajo.
Para el sociólogo: xq asegurarle al trabajador una retribucion suficiente….
Antigüedad en la época del trabajo escalvo, no había salarios pues el esclavo era propiedad del amo y este debía trabajar gratitamente para el.
Epoca medio eval: la remuneración de la servidumbre de la gleba como proletariado rural tampoco coincide con la naturaleza del salraio moderno, aunq ya no eran mantenidos físicamente x el señor como los esclavos.
SIERVOS DE LA GLEVA: a) una gratuita, la labranza de las tierras señoriales o la pretacion de los servicios domesticos en el castillo o en la casa solariega del señor. Esto determinada su servidumbre. Retribuidos con el suministro de viveres, comida o la tolerancia de retirar para si algunos productos agropecuarios.
b) podían disponer de algunas parcelas para explotarlas en su propio beneficio, esto es ya un esbozo salarial x ser contrapartida de las prestaciones obligatorias y gratuitas.
ESPELNDOR ARTESANAL DEL SIGLO 12 EN ADELANTE: el trabajo obtiene ya una retribucion directa en función del esfuerzo personal y de la producción en q se materialice es ya una fuente de ingresos monetarios.
Siendo un trabajo autónomo, el dinero obtenido no es salario propiamente dicho, sino un precio xq no lo paga un patrono, sino un cliente.
SISTEMAS CLECTIVISTAS: ELIMINAN EL VOCABLO SALARIO, UTILIZANDO OTROS TERMINOS q en definitiva significan lo mismo.
CRITERIOS DE DETERMINACION:
1ºOFERTA Y DEMANDA: escuela liberal, partidaria de su fijación espontanea olvidando totalmente la justicia, el desequilibrio entre los kienes tienen y puden dar y de kienes de todo carecen y piden lo necesario para vivir.
SALARIO NATURAL(Ricardo): según la cual el trabajador no puede ganar a la larga sino el minimo para su subsistencia; si gana menos la población obrera perece, si gana mas aumentara el numero de matrimonios etc.
LEY DE BRONCE DEL SALARIO: teoría económica de carlos marx, complementada x ferdinand Lasalle.
En el comercio los compradores tratan de adquirir las mercancías al precio q mas se aproxima al costo; asi los patronos calculan el precio….
LEY DEL FONDO DE SALARIOS: se toma x una parte el capital circulante de un país y x otra el numero de trabajadores y se divide la 1º cifra x la 2º el cociente dara el importe de salario.
LEY DE LA PRODUCTIVIDAD DEL TRABAJO: asimila la tasa del salario, con el costo de la vida del obrero, rechaza la ley de la oferta y la demanda.
REGLA DE LA PLUSVALIA: propugnada x socialistas, es lo q el empresario entrega al trabajador de lo q se produce reservándose la diferencia.
Regla del justo salario: tiende a establecer la exacta remuneración del trabajo manteniendio el equilibrio de q see suficiente….
La rerum novarum decía q el obreto debe vivir de su trabajo y el justo salario debe armonizar con las exigencias del progreso intelectual.
INTERVENCIONISMO ESTATAL: actualmente con mayor o menor influjo social, en la regulación salarial es evidente la acción el intervencionismo del estado.
INTERVENCION ESTATAL:
a) PUNTO DE VISTA FORMAL: estableciendo un régimen jdco q discipline sus diversas peculariadisaes.
b) Material: ESTABLECIENDO POLITICAS ECONOMICAS.
CRITICAS AL INTERVENCIONISMO ESTATAL: conducir a la fijación de un salrio medio q no coincide con los trabajadores mas capaces sino con las facultades de los – aptos, pues la tarifa significa en realidad un salario minimo y máximo común denominador de todos los trabajadores de la clase.
SINONIMOS: sueldo, soldada, emolumentos, estipendios, derechos, jornal, remuneración, paga, haberes y gratificación,
ANTECEDENTES DEL SALARIO: se encuentra en el código de hamurrabi.
La narkia en materia salarial se puso de moda x obra de la R.I.
Las ppales formas de estipulación del salario se encuentran reguladas x el art. 126 ct.
Prueba del salario: ART. 406 ct.
En la antigüedad se veía el salario en la ley de protección del salario en abril de 1961 y la otra.
SALARIO CON PARTICIPACION DE UTILIDADES: es la convención libremente consentida o la imposición legisltaiva x la cual se abona al trabajador, además de su salario una suma dedudica…… art. 126 inc 2º.
SALARIO POLITICO: no se ven condiciones sino q es fijado para fines electorales.
Lunes 3 noviembre 2008
PERMANECIA: se dice q con el se hace referencia a akellas labores de naturaleza uniforme permanente, lo normal dentro de las actividades de la empresa, se ha dicho q permanencia no kiere decir continuidad sino q se refiere a q se trata de labores normales dentro de la empresa mientras q la continuidad se refiere a q no haya interrupción de las labores, puede ser q existan labores permanentes pero q no se presten de manera continua. Ej.: el trabajador q presta sus servicios solo durante 2 o 3 dias a la semana, asi q este trabajo será permanente pero no continuo, en cambio existen empresas q x su naturaleza no pueden ser continuas, estas son las industrias de temporada, o akellas q se realizan donde el cambio de estaciones es muy marcada x ej,. Los hoteles de invierno x eso es q los autores sostienen q los trabajadores de estas empresas son permanentes pero q sus labores no son continuas, esto tiene importancia para los efectos de los art. 86 y 87 del ct q se refieren a los trabajadores.
CONTRATO PERMANENTE: es akel de duración indefinida, en base a esto se les considera akellos q se incorporan a la empresa para desempeñar labores satisfaciendo las necesidades normales, constantes y uniformes de dicha empresa, entonces diremos q será permanente el trabajador q dada la naturaleza del trabajo q realiza responde a las actividades propias de la empresa, cuando esta forma de actividad es continuada y constituye su giro habitual, serán permantes akellos trabajadores q prestan servicios q son indispensables en el proceso industrial y comercial.
CONTRATOS DE DURACION DETERMINADA: son akellos en los cuales las partes estipulan un plazo q esta de acuerdo con la naturaleza limitada de la prestación o en orden a la actividad de la empresa x el trabajo a ejecutar x esto será trabajo transitorio o accidental akel q se realiza x las necesidades de un aumento extraordinario de la actividad de la empresa.
TRABAJO OCASIONAL: es akel q se realiza x una sola vez sin q normalmente tenga posibilidad de repetirse en el futuro dentro del cuadro de actividades de la empresa, x ej los trabajadores contratados para construir un nuevo servicio sanitario.
TRABAJADOR SUPLENTE O SUSTITUTO: es akel q presta sus servicios dentro de las actividades propias o normales de la empresa ante la ausencia o ausencias de otro u otros trabajadores efectivos.
1- Al trabajador q accidentalmente sustituye a un trabajador efectivo q no ha concurrido a su trabajo y cuya actividad es necesaria dentro de la empresa.
2- Al trabajador q sustituye en forma permanente a los diversos trabajadores cuando estos no concurren a prestar sus servicios.
No es lo mismo el trabajador q en su calidad de suplente presta servicios ocasionalemnte y akel q lo hace en forma permanete en dicha empresa haciéndolo precisamente en su calidad de sustituto, en base a todo esto podemos decir q será eventual el trabajador suplente q sustituye a otro trabajador con carácter accidental o esporádico y será trabajador a plazo determinado cuando suple a kien se encuentra ausente de su empleo efectivo durante lapsos previstos o determinados x ej cuando suple a un trabajador q ha sido llamado a desempeñar algún cargo publico.
TRABAJO O TRABAJADOR DE TEMPORADA: es akel q se cumple en determinados periodos del año previstos anticipadamente de acuerdo con la influencia y necesidades q respecto de la producción tienen las diversas estaciones del año, con esta definición el trabajo de temporada puede desarrollarse en 2 aspectos:
1- En establecimientos cuya actividad es continua pero q en determinadas épocas del año aumentan su producción como las fabricas de hielo y de bebidas gaseosas para la temporada de verano.
2- En establecimientos en los cuales la actividad se desarrolla total y exclusivamente en determinadas épocas del año x ej en lugares q únicamente están en actividad en determinadas épocas del año seria el caso de los teatros.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES EMANADAS DEN C. I. DE TRABAJO:
a)OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS PATRONOS: art. 29 y 30, todas las disposiciones de este articulo buscan proteger el salario y están el 1º el 7º y el 9º
b) OBLIGACIONES Y PROHIBICONES DE LO TRABAJADORES: art 31 y 32.
EL SALARIO: todo pago q se da x un servicio, es todo pago q se da a cambio de un servicio pero es akel q se presta en virtud de un contrato i. de trabajo osea cuando nos referimos a la contra prestación
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