Derecho Romano 2
auragocru30 de Junio de 2015
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………… 2
1. DIFERENTES ESPECIES DE OBLIGACIONES………………………. 3
2. CONVENIO Y CONTRATO………………………………………………. 4
2.1. CAPACIDAD DE LOS CONTRATANTES………………………….. 5
2.2. OBJETO, MOTIVOS O FIN DE LOS CONTRATOS……………… 6
2.3. LA FORMA DE LOS CONTRATOS…………………………………. 7
2.4. CLAUSULAS QUE PUEDEN CONTENER LOS CONTRATOS…. 8
3. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO……………………………………. 10
4. CLASES DE TESTAMENTOS…………………………………………… 18
BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………. 19
ANEXOS……………………………………………………………………………. 20
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo mencionaremos a grandes rasgos algunos apartados del Código Civil del Estado de México, como las diferentes especies de obligaciones, los contratos, convenios, la capacidad de los contratantes, el objeto, motivo o fin de los contratos, la forma de los mismos y las clausulas que pueden contener, así mismo daremos un ejemplo de un contrato de arrendamiento que cumple con los requisitos esenciales contenidos en este mismo código, y por último señalaremos las clases de testamento, así como sus características, requisitos y las personas que intervienen en cada uno de ellos.
2. CONVENIO Y CONTRATOS.
2.1. DE LA CAPACIDAD DE LOS CONTRATANTES
2.2. DEL OBJETO, MOTIVO O FIN DE LOS CONTRATOS
2.3. DE LA FORMA DE LOS CONTRATOS
2.4. DE LAS CLAUSULAS QUE PUEDEN CONTENER LOS CONTRATOS
3. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ELC. HORACIO ARREDONDO COLÍN, REPERESENTADO POR EL MISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTEINSTRUMENTO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDADOR”, Y POR OTRA PARTE, EL C.HERIBERTO INOJOSA SANCHEZ, REPRESENTADO POR EL MISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LEDENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”, Y EL C.CLAUDIO LÓPEZ ARRIAGA, REPRESENTADO POR EL MISMO, AQUIEN EN LO SUCESIVO E DENOMINARA “EL FIADOR”, QUIENES SE SUJETAN A LAS SIGUIENTESDECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES
I.- DECLARA “EL ARRENDADOR”:
A) Que cuenta con la capacidad jurídica bastante para celebrar el presente instrumento, indicada en el artículo 7.38 del Código Civil del Estado de México.
B) Que es propietario del inmueble ubicado en:, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.
C) Que para efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en:
AV. LERMA #251, BARRIO LA CONCEPCIÓN, SAN MATEO ATENCO
II.- DECLARA “EL ARRENDATARIO”:
A) Que tiene las facultades suficientes y bastantes para obligarse en términos del presente instrumento, indicada en el artículo 7.38 del Código Civil del Estado de México.
B) Que tiene interés en recibir en arrendamiento la casa ubicada en:, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.
C) Estando conforme con el estado de la casa, por lo que no condicionara el pago de rentas a ningún tipo de mejora, sujetándose al artículo 7.43, del Código Civil del Estado de México.
III.- DECLARAN LAS PARTES:
A) Que en el presente contrato no existen dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio de la voluntad, por lo que expresamente renuncian a invocarlos en cualquier tiempo, como se estipula en el artículo 7.52 de Código Civil del Estado de México.
B) Que reconocen la personalidad con la que comparecen a la celebración de este contrato y expresamente convienen en someterse a las obligaciones contenidas en las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA: “EL ARRENDADOR” otorga en arrendamiento la casa ubicada en:
LA CALLE DE TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.
SEGUNDA: Las partes convienen voluntariamente y de común acuerdo que “EL ARRENDATARIO” pagara a “EL ARRENDADOR” o a quien en sus derechos represente, por concepto de contraprestación una renta mensual en los siguientes términos, como lo estipula el artículo 7.40 del Código Civil del Estado de México.
A) El monto de la renta mensual será de $3,500 (TRESMIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), más mantenimiento.
B) El pago de la renta mensual será por meses adelantados, siéndole forzoso todo el mes y debiendo cubrir integra la mentalidad, aun cuando solo usare la vivienda unas cuantas horas.
C) El pago de la renta mensual se cubrirá los días 30de cada mes, en la cuenta bancaria No.5586215485672158, Banco BANCOMER, Beneficiario HORACIO ARREDONDO COLÍN y empezará a cubrirse a partir de la fecha en que se firme el presente contrato.
D) No podrá en ningún caso “EL ARRENDATARIO” retener las rentas ni bajo ningún título judicial, ni extrajudicialmente, debiendo hacer el pago integro a mas tardar, dentro de los primeros 5 días siguientes al día30 de cada mes, por lo que de hacerlo extemporáneamente del 5 al 10 día posterior, pagará el 5% sobre la mensualidad y si lo efectúa el décimo día en adelante, deberá pagar el10% sobre la mensualidad. Siendo causa de rescisión de contrato el hecho de que se cubran extemporáneamente dos mensualidades o más.
E) En caso de que “EL ARRENDATARIO” pague la renta en abonos pagara un 15% adicional, sobre la totalidad de la misma y de suceder una segunda ocasión, será causa de rescisión de contrato.
F) Cuando “EL ARRENDATARIO” pague la renta con cheque y resulte que el mismo no tiene fondos, se obligara a cubrir los gastos que dicho ilícito genere, así como las comisiones vigentes del Banco que se trate.
G) SI las rentas se depositan, “EL ARRENDATARIO”, se obliga a informar por escrito anticipadamente a “EL ARRENDADOR”, con acuse de recibo.
TERCERA: Cuando el contrato entre en vigor en fecha distinto al día primero del mes, “ELARRENDATARIO” se compromete a pagar el ajuste necesario para que las mensualidades corran de primero al último salvo pacto expreso entre las partes.
CUARTA: Se obliga “EL ARRENDATARIO”, a cubrir el importe de los servicios de la energía eléctrica, agua, gas y teléfono cuyo número es 722 2158312, así como entregar los recibos originales liquidados por tales conceptos a “EL ARRENDADOR” bimestralmente.
QUINTA: Toda clase de mejoras ya sean útiles o necesarias que se verifiquen en la casa, serán cubiertas por el “EL ARRENDATARIO” incluyendo las imputables algún descuido de su parte y exceptuando aquellas estructurales y desperfectos no atribuibles al uso normal del inmueble, dichas mejoras no se podrán retirar al desocuparla, ni exigir pago o indemnización por ellas, quedando en consecuencia en beneficio de la casa. Así mismo, dichas mejoras se deberán poner a consideración de “ELARRENDADOR”, y se realizarán únicamente con la autorización por escrito de este; el incumplimiento alas presentes cláusulas, obliga a “EL ARRENDATARIO” al pago de los daños y prejuicios que llegaré a ocasionar a favor de “EL ARRENDADOR”, independientemente de la rescisión del contrato.
SEXTA: “EL ARRENDATARIO” se obliga a mantener una conducta adecuada con los vecinos, en caso contrario, será motivo de rescisión del presente contrato.
SEPTIMA: El inmueble será destinado únicamente para CASA HABITACIÓN, queda prohibido
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