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Derecho Tributario


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2013  •  842 Palabras (4 Páginas)  •  191 Visitas

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DERECHO TRIBUTARIO

1.- Tributos y sus clases

En primer lugar, como tributo más importante y conocido están los impuestos, una prestación pecuniaria que es exigida por la Administración sin contraprestación alguna, y cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo.

En segundo lugar están las tasas, un tributo cuyo hecho imponible consiste en la concesión a un particular de una utilización privativa o un aprovechamiento especial de un bien de dominio público, es decir, cuando a un particular se le concede el uso de un bien público con exclusión de los demás o cuando sin excluirse dicho uso el particular dispone de ese bien con mayor intensidad que el resto.

El último grupo es el de las contribuciones especiales, tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención para el ciudadano de un beneficio debido a la realización de obras o al establecimiento de un servicio público por el Estado.

2.- Obligación Tributaria: Sujeto activo y pasivo

Se establece que los elementos de la obligación tributaria son:

Sujeto Activo: Es el acreedor de la obligación tributaria. El Estado como acreedor del vínculo jurídico queda facultado para exigir unilateral y obligatoriamente el pago del impuesto, cuando se realiza el hecho generador; Para efectos de la administración del IVA está representado por la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, como el sujeto activo de la obligación tributaria.

Sujeto Pasivo: Es el deudor de la obligación tributaria. En el impuesto sobre las ventas, jurídicamente el responsable es el sujeto pasivo, obligado frente al Estado al pago del impuesto.

3.- Hecho Generador e Imponible

El HECHO GENERADOR es la conducta que realiza el gobernado y con base en la cual se actualizara el supuesto jurídico que dará existencia a la obligación fiscal, o mejor dicho tributaria.

El HECHO IMPONIBLE es el supuesto previsto en la norma jurídica por el legislador que, tal como lo señale, una vez realizado el hecho generador y éste se adecue a dicho supuesto jurídico, dará lugar al nacimiento de la obligación tributaria.

hecho generador=conducta

hecho imponible=ley penal

4.- Extinción

Por extinción de la obligación tributaria se entiende la desaparición de la relación jurídico-tributaria entre el sujeto activo (Estado) y el sujeto pasivo (contribuyente, responsable o usuario aduanero). Corresponde a la conducta por la cual termina la razón que le dio origen al deber contributivo.

5.- Pago

Debe ser efectuado por los SUJETOS PASIVOS.

Puede un tercero pagar los tributos de algún SUJETO PASIVO, quien se subrogará en los derechos garantías y privilegios del SUJETO ACTIVO, no así de las prerrogativas en su condición de ente público.

6.- Compensación

Se pueden compensar: TRIBUTOS, INTERESES, MULTAS y COSTAS PROCESALES.

Extingue de pleno derecho y hasta concurrencia, los CRÉDITOS TRIBUTARIOS con las DEUDAS TRIBUTARIAS (ambos no prescritos), líquidos y exigibles, comenzando por la más antigua, aunque provengan de distintos TRIBUTOS y ACCESORIOS, siempre que

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