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Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  2.922 Palabras (12 Páginas)  •  284 Visitas

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INDICE

INDICE 1

UNIVERSIDAD DE ORIENTE. 2

INTRODUCCIÓN 3

GLOSARIO. 4

MERCANCÍA EN CONSIGNACIÓN. 5

CARACTERÍSTICAS DE LA CONSIGNACIÓN. 5

DERECHOS DEL CONSIGNATARIO. 6

DEBERES DEL CONSIGNATARIO 7

DIFERENCIA ENTRE VENTA Y CONSIGNACIÓN. 8

RAZONES PARA EL USO DE LAS CONSIGNACIONES 9

ASPECTOS LEGALES DE LA MERCANCIA EN CONSGINACIÓN. 9

REGISTRO DE LAS OPERACIONES INHERENTES A LAS MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN. 11

CONCLUSIÓN. 16

BIBLIOGRAFIA. 18

UNIVERSIDAD DE ORIENTE.

NÚCLEO DE ANZOATEGUI.

ESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS.

DEPARTAMENTO DE CONTADURIA PÚBLICA.

ASIGNATURA: CONTABILIDAD AVANZADA III

Profesor: Bachilleres:

Yilfred Jiménez. Br. José Rodríguez.

CI: 18.848.379

Br. Aroldo Villarroel.

CI: 18.510.347

INTRODUCCIÓN

Una consignación es el propietario de bien mueble, el cual se lo entrega a un consignatario, para que gestiones la venta de un bien, las mercancías entregadas en consignación no dejan de ser un activo para las empresas, puesto que aun no se ha realizado venta alguna. El registro de las mercancías en consignación es de suma importancia para especificar el saldo de las mercancías que tiene el comisionista.

Contablemente es posible registrar las mercancías en consignación a precio alzado, ya que esto trae muchas ventajas para que se realice las ventas e incrementar mayor ingreso y utilidad.

Para una empresa el aumento de las ventas, es un gran incremento de sus ingresos. A continuación la presente investigación relata específicamente los que es una consignación y ventas a plazos, sus características, sus derechos, deberes, su proceso contable, los cálculos, diferencia entre venta y consignación, y otro punto de vital importancia

GLOSARIO.

Consígnante o comitente: persona que entrega en calidad de consignación, un bien o una mercancía a un tercero, para su venta o administración.

Consignatario: persona que recibe del consignador o comitente, un producto o mercancía en calidad de consignación para su venta o administración.

Venta: es una de las actividades más pretendidas por empresas, organizaciones o personas que ofrecen algo (productos, servicios u otros) en su mercado meta, debido a que su éxito depende directamente de la cantidad de veces que realicen ésta actividad, de lo bien que lo hagan y de cuán rentable les resulte hacerlo.

Mercancía: Es todo "aquello que se puede vender o comprar", usualmente el término se aplica a bienes económicos.

MERCANCÍA EN CONSIGNACIÓN.

Una consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado consignador, a otra persona, denominada consignatario, que se convierte en un agente de aquél a los fines de vender las mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia.

Desde el punto de vista del consignador, la consignación es una consignación remitida; desde el punto de vista del consignatario, es una consignación recibida. A veces se hace referencia a una consignación remitida llamándola simplemente una remesa o un embarque, y, de la misma manera, a una consignación recibida suele designársele simplemente como una consignación.

Cuando un comerciante trata de obtener mayores utilidades en la venta de su mercancía tanto en su plaza como fuera de ella, sin tener que establecer agencias o sucursales, envía mercancía a terceras persona para que ellas la vendan en su nombre y representación.

Venta de mercancías efectuada a través de terceras personas se conoce con el nombre de venta de mercancías en consignación.

CARACTERÍSTICAS DE LA CONSIGNACIÓN.

1. El contrato de mercancía en consignación debe prever el porcentaje de comisión a pagar, la duración del contrato, la fecha de presentación de cuenta, el domicilio, la distribución de los gastos y demás estipulaciones que crean conveniente

2. El título de la propiedad de las mercancías en consignación se conserva encabeza del consignador o comitente.

3. En caso de quiebra del consignatario, el consignador recupera su mercancía, sin necesidad de ocupar puesto entre los demás acreedores, ya que se trata de un bien mueble de su propiedad.

4. La mercancía podrá aparecer entre los inventarios del consignatario solamente en una cuenta de orden.

5. La utilidad en esta operación se realiza y se registra cuando el consignatario vende la mercancía en consignación.

6. Los gastos por fletes, seguros y otros gastos generalmente son por cuenta del consignador, a menos que se conviniere lo contrario.

DERECHOS DEL CONSIGNATARIO.

Los principales derechos del consignatario son:

• El derecho a que se le reembolsen los anticipos y gastos. En algunas ocasiones, especialmente cuando se trata de comisionistas en granos, es costumbre que el consignatario anticipe fondos al consignador antes de que el producto se venda. Y en casi todas las consignaciones, el consignatario paga

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