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EL CONTRATO


Enviado por   •  14 de Octubre de 2013  •  3.853 Palabras (16 Páginas)  •  200 Visitas

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EL CONTRATO

Es el acuerdo de dos o más voluntades que tienen por objeto, crear, modificar o extinguir obligaciones relativas a dar, hacer o no hacer.

El Código Civil en el artículo 1517 establece que existe contrato cuando dos o más personas convienen en crear, modificar o extinguir una obligación.

Requisitos del contrato: los requisitos de validez o elementos del contrato que establece el artículo 1251 del Código Civil guatemalteco son:

a) Capacidad del sujeto que declara su voluntad. Ver. Art. 1254, 259 y 8 CC. 31 C de T.

b) Consentimiento que no adolezca de vicio, Ver. Art. 1518 CC.

c) Objeto lícito. Ver Art. 5 y 152 CPRG. 1538 CC.

La forma del Contrato. En cuanto a la forma de los actos jurídicos, es decir, la idea material que se conserva, se ha establecido por la necesidad que tienen los contratantes de asegurar la conservación de lo pactado en la declaración de voluntad de los contratantes y del documento donde se celebró.

Establecen el artículo 1544 del CC.

De los contratos por materia:

 Contratos Civiles (Artículos 1574 y 1578 del Código Civil)

 Contratos Mercantiles (Artículos 671 del Código de Comercio de Guatemala)

 Contratos Laborales (Artículos 18, 28, 29, 38 del Código de Trabajo)

 Contratos Administrativos (Artículo 46 Ley de Contrataciones del Estado)

LOS CONTRATOS INFORMÁTICOS

Encontramos diversas posiciones doctrinarios para este concepto, pero fundamentalmente son dos:

LA PRIMERA considerada al contrato informático en cuanto a la forma, lo que significa que el contrato informático es creado por medios electrónicos;

LA SEGUNDA en cuanto al fondo, es decir que puede ser en formato papel o formato electrónico, pero el objeto del contrato sean bienes o servicios propios de la Informática o de las TIC.

DEFINICIÓN

El contrato Informático es aquel cuyo objeto sea un bien o unos servicios informáticos o ambos o que una de las prestaciones de las partes tenga por objeto ese bien o servicio informático.

Se denomina contrato informático al acuerdo de voluntades de dos o más personas que convienen en crear, modificar o extinguir una obligación que puede ser de dar, hacer o no hacer, en el cual la prestación u objeto del contrato está relacionada con elementos propios de los sistemas de información automatizados, proporcionar hardware, software o cualquier actividad relacionada con insumos informáticos.

Forma de los Contratos Informáticos:

Partiendo de la idea básica que los contratos informáticos atienden al objeto y no a la forma, estos pueden celebrarse en las formas establecidas como el uso de formato papel (escritura pública, documento privado, así como en formato electrónico (contratación electrónica).

Los sujetos en los contratos Informáticos. En los contratos Informáticos se denominan a las partes como el Proveedor y el Usuario.

 Proveedor: se le denomina así a la persona individual o jurídica que se obliga a proveer bienes informáticos, servicios relacionados con los sistemas de información automatizada y/o las TIC.

 El Usuario:Es las persona individual o jurídica de derecho público o privado, que utiliza los bienes informáticos y/o servicios derivados de los sistemas y de las TIC.

CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS INFORMÁTICOS

De una forma básica se puede organizar en dos grupos.

a) Los contratos informáticos que atienden a los bienes propios de los sistemas de información (hardware, software, usuarios, información y documentación técnica) y los servicios complementarios de los mismos (mantenimiento del equipo de cómputo, proveedor de insumos informáticos, análisis de sistemas, auditorias informáticas).

b) Los contratos que tienen un servicio accesorio de los sistemas de información; y

c) Los contratos que surgen por el desarrollo de las TIC.

d) Contratos relativos al Hardware: En estos contratos el objeto es la parte física del equipo de computación. Puede darse como compraventa, arrendamiento, arrendamiento con opción de compra, reparación y mantenimiento.

e) Contratos relativos al Software: Según los programas de ordenador que el usuario necesite para las aplicaciones o uso en el sistema informatizado, así se determinará si necesita realizar un contrato de desarrollo de programa de ordenador (software a la medida), compraventa (adquiere el uso y el programa de fuente), o en el caso más común un contrato de licencia de uso del programa (Contrato de Licencia de Usuario Fina -CLUF-). Aunque existen pocos casos también puede darse el arrendamiento del software y contratos complejos que incluyen opciones de up grade, actualizaciones, volumen de usuarios, entre otras condiciones.

f) Contratos relativos a los Usuarios del Sistema: En cuanto a las personas que utilizarán el sistema encontramos el contrato de teletrabajo, el que según la relación del usuario con el propietario del sistema, éste podrá ser de naturaleza laboral (relación de dependencia), civil (obra los servicios profesionales); mercantil (consumo o servicios). Otro ejemplo lo constituyen los contratos de capacitación de los usuarios del sistema informático.

g) Contratos relacionados de información: Como hemos insistido el bien jurídico más importante en un sistema informatizado es la información. Existen contratos de digitar la información (ingresarla desde el teclado, contratos de digitalización de la información (ingresar documentos en formato papel a los sistemas por medios como el uso del escáner) contratos de seguridad de la información que incluyen las copias de seguridad (backup), el almacenamiento en sitios seguros de las mismas o encriptar los datos. También los contratos de acceso o suministro de información, bases de datos, actualización, compraventa de datos o información.

h) Contratos

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