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EL DERECHO TRIBUTARIO:


Enviado por   •  16 de Enero de 2014  •  2.124 Palabras (9 Páginas)  •  246 Visitas

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TEMA 1:

EL DERECHO TRIBUTARIO:

CONCEPTO:

Es la parte del derecho financiero que tiene por objeto, todo lo relativo a las normas e instituciones que rigen la relación tributaria. Estudia el aspecto jurídico de la tributación.

OBJETO:

El Derecho Tributario tiene por objeto el establecimiento y aplicación de los impuestos y el estudio de la obligación tributario y de las accesorias. El Derecho Tributario material estudia las normas que establecen el tributo y los elementos y características del mismo. El derecho tributario formal, se refiere al procedimiento para definir y valorar el tributo.

IMPORTANCIA DEL DERECHO TRIBUTARIO:

El Derecho tributario es importante para los limites de la potestad tributaria, es decir existen como control del poder del Estado para crear, modificar y extinguir tributos. Así, la determinación del contenido de los principios tributarios tiene un ámbito específico: la potestad tributaria del Estado. Por consecuencia mediante estos principios se subordina al propio Estado a la voluntad general de la sociedad, protegiendo a la sociedad de cualquier arbitrariedad del uso del poder estatal en el ejercicio de su potestad tributaria.

RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO:

1.- Derecho Tributario Material O Sustantivo: Contiene las reglas sustanciales relativas a las normas tributarias, estudia como nace la obligación tributaria, extinción de esa obligación tributaria, elementos y sujetos, extensión, sus fuentes, causas y privilegios. Por ejemplo al realizarse la actividad económica nace la obligación tributaria.

2.- Derecho Tributario Formal: el derecho tributario formal estudia la aplicación de la norma material a un determinado caso concreto en todos sus aspectos. analiza la determinación del tributo. establece la suma de dinero completa a que esta obligado el sujeto pasivo y determina la manera de ingresarlo al tesoro nacional, esa cantidad de dinero. por ejemplo el impuesto sobre la renta.

Cuando hay excedentes en la declaración, (pagué de más y él tiene que devolver) no lo devuelve, sino que se compensa (yo le debo, él me debe- compensamos) o también puede ser bajo la figura de la cesión, es una negociación muy actual (compañías que tienen excedentes y le cede ese exceso de impuesto a otra empresa y esa otra empresa paga al fisco por medio de esa cesión.

Cesión de créditos fiscales: transmisión de derechos crediticios derivados de tributos y accesorios, que un sujeto titular o legítimo propietario realiza a favor de otro, al solo efecto de su compensación con deudas tributarias del cesionario con el mismo sujeto activo.

3.- Derecho Tributario Procesal: cuando surgen controversias entre el estado y los particulares. es un proceso especial.

4.- Derecho Penal Tributario: el derecho penal tributario regula jurídicamente lo concerniente a las infracciones fiscales, ilícitos fiscales y sus sanciones. las normas aplicables en los casos concretos de violación a las disposiciones tributarias.

5.- Derecho Internacional Tributario: el derecho internacional tributario, estudia las normas correspondientes cuando diversas soberanías entran en contacto para evitar la doble tributación, defraudación y formas de colaboración entre estados.

(eso se regulariza a través de los tratados internacionales)

6.- Derecho Constitucional Tributario: estudia las normas fundamentales que vigilan y disciplinan el ejercicio de la potestad tributaria. esta se encuentra en las cartas constitucionales de aquellos países en que estas existen; se ocupa de la delimitación y coordinación de potestades tributarias entre las distintas esferas, es decir, poder nacional, estadal y municipal.

FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO:

• Las disposiciones constitucionales.

• Los tratados, acuerdos o convenios internacionales celebrados por la Republica.

• Las leyes y los actos con fuerza de ley.

• Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estadales y municipales.

• Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados para tal efecto.

Fuentes indirectas:

Estas no son obligatorias, ni vinculantes.

• La Doctrina

• La Jurisprudencia

TEMA 2:

FORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS:

Art. 5 C.O.T.

Las normas tributarias se interpretan con arreglo a todos los métodos admitidos en Derecho, atendiendo a su fin y a su significación económica, pudiéndose llegar a resultados restrictivos o extensivos de los términos contenidos en las normas tributarias. Las exenciones, exoneraciones, rebajas, desgravámenes y demás beneficios o incentivos fiscales se interpretaran en forma restrictiva.

SISTEMAS DE INTERPRETACIÓN DE LÓGICA, TELEOLÓGICA, LITERAL, GRAMATICAL, ECONÓMICO, HISTÓRICO, ANALÓGICO:

Interpretación Lógica: Se parte de una premisa mayor a una premisa menor para extraer una síntesis. Se utiliza para ver si una norma jurídica reúne condiciones de sistematización o sea para ver si esta en un ámbito racional. Busca los fundamentos racionales de la ley: La ratio legis.

Interpretación teleológica. Consiste en investigar el fin (telos) practico de las normas particulares independientemente de la intención del legislador cuando ha regulado expresamente la relación (el caso concreto), y cuando la regulación falta, el criterio para la determinación de la norma mejor adaptada al caso se deduce de las necesidades mismas, de la observación objetiva y positiva de los hechos, de la ponderación concreta de las exigencias reales y de las utilidades prácticas.

Se combate a esta interpretación porque su uso ofrece el peligro de la arbitrariedad. Se las utiliza en los países con gobiernos autoritarios.

Interpretación

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