ENSAYO DE LECTURA EL ESTADO MEXICANO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL
almm145 de Abril de 2013
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Las formas de gobiernos se clasifican en Monárquico, republicano y dictatorial.
1. El monárquico habla de la forma de gobierno en la que el poder se ejerce por un rey, soberano, príncipe o emperador y esta se clasifica a su vez en limitada es el poder del soberano que esta limitado por una ley fundamental, llamada constitución y absoluta el poder se transmite por herencia y el titular del mismo no es el pueblo si no el monarca quien no es responsable de sus actos ante nadie.
2. La forma republica es el forma de gobierno en que los poderes reciben esencial y originariamente en el pueblo y son ejercidos por el, la republica puede ser aristocrática o democrática. La aristocrática solo parte del pueblo ejerce ese poder, como su nombre lo indica depositándose este poder en una sola clase social la aristocracia. La democrática es aquella en la que todo el pueblo ejerce ese poder.
3. El gobierno dictatorial, en esta forma de gobierno se concentra en una sola persona denominada presidente a quien apoya un partido político poderoso, que actúa como partido único.
Los atributos esenciales del poder del estado son: La soberanía que es el poder que nace del pueblo de elegir con libertad absoluta para si mismos el orden jurídico que se propone sin estar sujetos a ningún otro poder, la autonomía que consiste en la facultad que las organizaciones políticas tienen de darse así mismas sus leyes, y de actuar de cuerdo con ellas misma que se manifiesta no solo en la creación de los preceptos que determinan la estructura y el funcionamiento del poder, si no en el establecimiento de las normas dirigidas a las particulares, el orden jurídico es un conjunto de normas o reglas creadas dentro del territorio nacional para que les sean aplicadas a dichos individuos y autoridades creadas dentro de la constitución por ello es que el orden jurídico esta integrado por reglas de organización como por normas de comportamiento.
Fundamento del estado:
Art. 115, establece que los estados adoptaran para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base, de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre.
Art.40, establece que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una republica representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Individualidad del poder político, hemos dicho que el estado constituye una unidad; de aquí deriva como consecuencia necesaria, el principio de la indivisibilidad de su poder.
Este se aplica tanto en los estados soberanos tanto como a los no soberanos. La soberanía como atributo esencial de los estados no es susceptible de aumento ni de disminución, no hay soberanía limitada, compartida o dividida varios estados soberanos pueden coexistir uno al lado del otro pero nunca como titulares del mismo poder. (Máynez)
La constitución según Jellinek, comprende las reglas jurídicas que determinan los órganos supremos de este; su modo de creación; su competencia y la posición de cada uno en relación con el poder estatal.
La constitución es el documento que contiene las reglas relativas a dicha organización que emanan de un contrato celebrado por los particulares para instituir el poder político
La constitución es la norma suprema del país y todas las autoridades, sea cual fuera su jerarquía deben ejercer su autoridad de acuerdo con lo mandatos de ella y en concordancia con los principios que establece. (Moto)
Es claro mencionar dentro de la constitución exista un papel importante dentro de nuestro estado y derecho constitucional como es la división que hace la constitución de los tres poderes; ejecutivo,
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