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ENSAYO REFORMA Y MAS....


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  1.402 Palabras (6 Páginas)  •  222 Visitas

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ENSAYO

El objeto principal de la Ley es crear una mayor seguridad jurídica para los inversionistas, tanto nacionales como extranjeros, sentando las bases para solucionar controversias comerciales, con reglas propias, de manera eficiente e imparcial, y, lo que es más importante, en períodos mucho más reducidos a los empleados en los engorrosos procesos judiciales llevados ante los tribunales ordinarios. Adicionalmente, esta Ley pretende aliviar el congestionamiento de los tribunales, lo que redundará en una mayor celeridad para aquellos casos que sigan siendo conocidos por ellos. Sin lugar a dudas y según se ha asentado, en los sistemas de Derecho escrito, la costumbre ocupa un papel secundario o limitado en cuanto a la productividad de normas jurídicas, en relación con la ley, aunque le reconocemos a aquélla el carácter de fuente formal autónoma e independiente de ésta.

La costumbre, por sí, tiene fuerza para crear normas jurídicas mientras que el uso desempeña una función más modesta, que consiste en suministrar contenido a las normas legales que lo invocan, además la costumbre, en cuanto que constituye una norma jurídica, no está sujeta a prueba, mientras que el uso, por integrar solamente un elemento de hecho, precisa probanza.

Es decir, por una parte, la costumbre constituye una fuente de Derecho paralela a la ley y por la otra que es frecuente que la ley, ante la presencia de lagunas o en prevención de ellas, haga referencia a elementos del hecho que vienen a desempeñar una función integradora o supletoria, es decir, haga referencia a los usos.

Las primeras formas de comercio entre los hombres consistieron justamente en el intercambio de productos mano a mano: lo que uno tenía y no necesitaba, se cambiaba por lo que el otro tenía y no necesitaba. Esa forma de intercambio se denomina trueque. El trueque se mantuvo por mucho tiempo, aun en sociedades sedentarias: un jarrón de vino por una bolsita de trigo, pieles de abrigo por un arma de caza, lana de oveja por pescados. ¿Por qué se abandonó el trueque? El desarrollo de nuevos bienes de consumo y el crecimiento de la actividad comercial demostró que este sistema era poco práctico: en primer lugar porque no siempre el otro necesitaba aquello de lo que uno disponía. Por ejemplo, si un artesano de sandalias quería comprar pan, siempre debía encontrar un panadero que necesitara sandalias ó averiguar qué necesitaba el panadero, conseguirlo con su producción de sandalias. y recién después ofrecérselo en trueque. En segundo lugar, también era un problema determinar cuál era el valor exacto de los productos a intercambiar: ¿cuánta lana por un jarrón de vino? ¿de qué tamaño debía ser el jarrón? ¿una vaca valía lo mismo que un camello? .

Todo lo anterior fuerza a concluir, que Colombia no tiene una teoría purista en materia de servicios públicos, no existen referentes diferenciadores entre la teoría clásica y la anglosajona, pensamos que la prestación de los servicios públicos por parte del Estado colombiano, está demarcada por la concepción ideológica del Estado social de derecho, y comprende elementos de ambas teorías.

Cada comerciante posee dos matriculas mercantiles, la de él como persona comerciante y la del establecimiento de comercio; cada persona debe comprar previamente los formularios y después de ser diligenciados deberá pagar por la inscripción y/o renovación de sus dos matrículas mercantiles

Los Servicios Públicos en el Estado Social de Derecho: El concepto de dignidad humana que comprende el Estado social de derecho, se materializa al subordinar la organización del poder político al objetivo de construcción de un orden social justo, con base en la vigencia del principio de igualdad real o efectiva, que proyecte la autonomía del ciudadano y la efectividad de sus derechos fundamentales; sin embargo el modelo constitucional de l.991, garantiza la libertad y los derechos fundamentales en condición de igualdad jurídica o material.

Ante el problema planteado, el poder público ha venido desarrollando a través del legislativo, el principio de discriminación positiva de los servicios públicos, a través de una clasificación que atienda las limitantes y vulnerabilidades de sectores de la población, quienes serían favorecidos por efecto de la discriminación positiva, compensando con subsidios e inexclusión, las desventajas, y desarrollando el principio de igualdad del que trata el artículo 13 constitucional; tal discriminación comprende la ruptura del nexo causal entre la lógica del mercado y la prestación de servicios públicos

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