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El Debido Proceso


Enviado por   •  2 de Mayo de 2012  •  1.508 Palabras (7 Páginas)  •  599 Visitas

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Definición El Debido Proceso

Es un principio legal por el cual el gobierno debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley. El debido proceso es también conocido como un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, la cual le permite tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legitimas frente al juez. El debido proceso establece que el gobierno está subordinado a las leyes del país que protegen a las personas del estado.

Antecedentes Históricos del Debido Proceso

El debido proceso es considerado como un principio jurídico procesal o sustantivo por medio del cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado equilibrado y justo dentro del proceso, y permitirle tener oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al juez natural.

Es por ello que concebir una garantía al debido proceso, es necesario, indagar sus antecedentes y orígenes tanto a nivel nacional como a nivel mundial. Los antecedentes históricos del derecho al debido proceso se encuentran en:

 La Carta Magna Inglesa del Siglo XIII: En un primer momento se atribuyó valor y efecto constitucionales al principio del debido proceso legal como aún se conoce en la tradición británica y norteamericana: due process of law (1215), o el law of the land.

 La Declaración de los Derechos del Pueblo de Virginia, a raíz de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica, de 1776.

 La Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano, con ocasión a la Revolución Francesa de fines del Siglo XVIII.

 Convención Americana de Derechos Humanos. (Artículos 8, 9,10 y 27).

De acuerdo a una vinculación más directa en la manera como es concebido el debido proceso en el ordenamiento jurídico actual, se debe hacer alusión al articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el cual tiene una mayor semejanza con:

 La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de Bogotá, 1948: En donde quedó consagrado el derecho a un proceso regular el cual se entiende, que todo acusado es inocente hasta que se pruebe que es culpable, es decir, toda persona acusada de delito tiene derecho a ser oída, a ser juzgada por tribunales anteriormente establecidos y de acuerdo con leyes preexistentes y a que no se le imponga penas crueles, infamantes o inusitadas.

Es importante de igual manera destacar la existencia de otro instrumento internacional que forma parte del derecho al debido proceso, como lo es la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948), en donde sus artículos 10 y 11 establecen:

Artículo 10: “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”.

Artículo 11: 1.- “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.”

2.- Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito”.

Durante los años cincuenta dicha evolución continuó a través del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (Roma 1953).

En el ámbito americano, el debido proceso quedó consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Costa Rica, 1969, ratificada y publicada por Venezuela, en Junio de 1977), cuyo articulado garantiza el referido derecho en similares términos a los indicado anteriormente, interesándonos puntualizar la admisión de la confesión como prueba, reiterándose además que el proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los intereses de la justicia.

Ya expuestos estos pactos y convenciones, es importante destacar que con relación a lo descrito por el Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en donde se le otorga una jerarquía constitucional, siendo ellas relativas a los derechos humanos, prevaleciendo inclusive en el orden interno.

De allí que las leyes y, en general, las normas y los actos de autoridad requieran para su validez, no sólo haber sido promulgados por órganos competentes y procedimientos debidos, sino también pasar la revisión de fondo por su concordancia con las normas, principios y valores supremos de la Constitución (formal y material), como son los de orden, paz, seguridad, justicia, libertad, etc., que se configuran como patrones de razonabilidad. Es decir, que una norma o acto

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