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El concepto de derecho internacional


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2015  •  Biografías  •  2.205 Palabras (9 Páginas)  •  148 Visitas

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CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES[pic 1]

“JUSTO SIERRA OREILLY”

ESCUELA DE DERECHO

DERECHO INTERNACIONAL

TRABAJO: RESUMEN

EMILY ABIGAILC CANTO GIO

LOURDES ARJONA CORREA

KARLA MATU DORANTES

4ºB Turno vespertino

Concepto

El concepto de derecho internacional se usa desde que Jeremías Bentham lo empleo en 1789.

Se puede definir como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los estados entre sí.

El derecho de gentes rige las relaciones entre los sujetos o personas de la comunidad internacional

La función del derecho internacional es la de establecer los derechos y los deberes de los estados en, determinar las competencias de cada estado y la de reglamentar las organizaciones e instituciones de carácter internacional

No se debe confundir el derecho internacional público con la política internacional, muchas de las relaciones entre los estados no están reguladas todavía por el derecho de gentes.

El derecho interno regula relaciones de individuos, de personas, en el ámbito de un estado y no tiene aplicación exterior

El derecho internacional privado está constituido por las normas que los tribunales internos de los estados aplican cuando surge un conflicto entre los diferentes sistemas económicos

Del nombre del derecho internacional se desprende que solamente puede existir en relación a comunidades juridico-politicas independientes

Empieza a surgir coetáneamente a la formación de los grandes estados de Europa, en el siglo XVI.

Etapas

A)Comienza en el renacimiento hasta la paz de westfalia. Todavía se advierten resabios medievalistas durante gran parte de este periodo. La comunidad internacional se confunde con la comunidad cristiana revestida de espiritualidad, pero empieza a ser penetrada de un espíritu renacentista.

B) Desde el tratado de westfalia hasta la revolución francesa, el tratado de westfalia marca un hito muy destacado en el progreso de las instituciones internacionales, constituyo durante casi un siglo la estructura política internacional del continente europeo y es el primer síntoma importante de la existencia del derecho internacional.

C) Las guerras napoleónicas que tanto alteraron la faz del continente y que no trajeron ningún desarrollo notable del derecho de gentes y terminaron con un acontecimiento internacional de gran importancia y que constituye el origen del tercer gran periodo en el desenvolvimiento de este orden jurídico, fue el congreso de Viena, que dio paso a un derecho internacional bien estructurado.

D) La guerra mundial (1914-1918) significo un gran golpe para el desarrollo del derecho de gentes y produjo un desaliento muy marcado respecto a la efectividad  de este orden jurídico

E) El gran cambio tuvo lugar a partir de 1945, pues el derecho internacional empezó a ser penetrado por circunstancias que alteraron profundamente este cuerpo legal, tal como la presencia de muchos nuevos estados , los avances tecnológicos contemporáneos y el imperativo de considerar el bienestar de los grupos humanos.

Escuela hispana del Derecho de Gentes

-Se había sostenido que la doctrina del derecho internacional había nacido con el holandés Hugo Grocio en el siglo XVII.

-La gloria de haber sido los fundadores de la ciencia del derecho de gentes corresponde a los llamados juristas-teólogos.

-El mérito de iniciador indudable toca al fraile dominicano Francisco de Vitoria

-El monopolio de la cultura estaba estaba en manos de los clérigos

-El pensamiento era rudimentario: no se tenía a la mano ni la experiencia con lo cual comparar lo nuevo, ni la rica practica que el roce de las naciones produce.

-Las doctrinas internacionalistas que, como la de los juristas clérigos son llamadas “naturalistas”.

-Francisco de Vitoria es el creador de la teoría jurista internacional.

-Francisco Suarez otro de los  teólogos-juristas, filósofo sistematizador de ella, y Grocio, por su espíritu metódico y erudito, tuvo que ser el vulgarizador de ella.

-Vitoria hubo de considerar los nuevos problemas de la conquista de América, Suarez correspondió en su tiempo la situación especial de los jesuitas en el siglo XVII, a Grocio le tocó observar la moderna conducta de la guerra    

-La llamada polémica indiana, iniciada por el vibrante fray Bartolomé  de las casas.

-Se conservan, principalmente, las llamadas reelecciones, osea repeticiones de cátedra, dispuestas por temas ordenados, para facilidad de la enseñanza.

-El derecho de gentes vitoriano surge de la sociabilidad, de la sociedad natural de las relaciones entre los pueblos.

-Fernando Vázquez Menchaca (1512-1569) otro de los genuinos padre de la teoría española del derecho de gentes, oriundo de Valladolid. Se la menciona como fundador del principio de  la libertad de los mares. En su obra más conocida señala: “Todo poder legítimo de príncipes, reyes, emprendedores o de cualquier otro régimen ha sido instituido, creado recibido o simplemente admitido, única y exclusivamente, para bien de los ciudadanos, no para utilidad de los que gobiernan”.

-En el segundo de los libros de Vázquez establece el principio fundamental de que los lugares públicos y comunes no pueden usucapirse porque son de todos y no de nadie en particular. Vázquez debe ser considerado como un fino crítico y como un depurado y elegante dialectico, de un doctrinario democrático.

-Baltazar de Ayala incluido en la escuela hispánica del derecho de gentes (no fue religioso). Figuro como auditor del ejército español de los países bajos.  En 1581 escribio un libro que llamo De Jure et officciisbellicis et disciplina militari, dedicado especialmente a los ejércitos en campaña. Puede ser considerado con el creador del derecho militar de los ejércitos en campaña y su influencia sobre Grocio fue preponderante.

-Francisco Suarez “el doctor eximio” como se le llamo, resulta ser el gran filósofo del derecho de gentes de la escuela hispana y,  a la vez, el que clausura esa brillante manifestación  intelectual.  Ha sido considerado como el talento más ilustre dela Compañía de Jesús. Felipe II lo nombró profesor de Teología en la Vetusta Universidad de Coimbra.

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