Elogio De Los Jueces
lizona24 de Marzo de 2013
3.277 Palabras (14 Páginas)806 Visitas
Para lograr este objetivo, se abordará particularmente cada capítulo de la obra de Piero Calamandrei, realizando algunas consideraciones particulares e intentando cotejar las situaciones planteadas con la realidad imperante en nuestro contexto.
De la fe en los jueces, primer requisito del abogado
La justicia no es un fenómeno que aparece naturalmente, sino que
hay que perseguirla cuando las situaciones concretas lo ameriten.
Poco hace por ello el abogado que se presenta en un tribunal con
el afán de “resolver” controversias, pero no a través de la técnica
jurídica, sino de argucias y corrupción, buscando sufragar solo los
intereses particulares y de su representado, independientemente
que le asista o no la razón.
En contraposición al oscuro personaje del que se hace refiere
en el párrafo anterior, también rondan por los tribunales, los que
el autor conoce como príncipes del foro, que son aquellos postulantes con técnica depurada, honestidad, elocuencia y una trayectoria y reputación merecidas en el ámbito en que se desenvuelven. Las anteriores virtudes, indefectiblemente deberán impeler
al juez a impartir una verdadera justicia, con la guía de la verdad
expuesta claramente por este abogado, por este príncipe del foro.
No obstante, es cardinal aceptar que existen impartidores de
justicia que, antes que superponerla ante cualquier circunstancia,
atienden a los intereses particulares sobre el asunto a resolver y
entonces resulta intrascendente que el conflicto sea dirimido por
alguien carente de capacidad con tal de que, por lo menos, lo realice con imparcialidad, incluso, mediante el simple lanzamiento
de unos dados.
Bien cabe resaltar que los funcionarios judiciales están obligados a buscar primordialmente la verdad material y resolver el caso
de mérito conforme al conocimiento obtenido en el proceso; esto
es, la sentencia debe ajustarse a la realidad y no viceversa. Así,
en un sentido figurado, se podría decir que el juez se convierte en
la encarnación del Derecho, dada la naturaleza de la encomiendaAequitas
que se le asigna. Entonces, sin un juez que comunique los principios y postulados del Derecho, este se convierte en letra muerta,
en una institución inerte.
De laurbanidad(ode ladiscreción) enlos jueces
Los tribunales, según el autor de esta obra —y acertadamente—,
la urbanidad o la discreción no son ajenas al quehacer de un tribunal. La circunstancia de que el juzgador tenga desaciertos, ya
sea en fundamento o motivación de sus resoluciones, no implica
indefectiblemente que se hará acreedor a interminables embates,
en tanto que estos yerros no son resultado del dolo o la corrupción; sin embargo, sí se ha llevado a cabo esta práctica deplorable, independientemente de los motivos.
Al contrario, existen formas para encauzar la actividad desarrollada por las autoridades judiciales. El puro señalamiento y
tendencia a corrección, según Calamandrei, no es más que un
ataque a la investidura que no puede ser tolerado.
Así, pues, la guía del juez debe ser discreta, mostrarle el camino para que este arribe a la conclusión deseada por sus propios
medios, siguiendo los elementos concretos de la acción, los me-
dios probatorios tendientes a acreditarlos y, al final, llegando a
una conclusión generada por su propia convicción.
Sin embargo, esta regla de urbanidad no es unilateral, sino que
también el juez debe respeto al abogado, ya que este tutela —en
un contexto ideal— la justicia desde su propia trinchera; por el
solo hecho de serlo. El autor sugiere, entonces, una despersonalización de los personajes envueltos en la controversia judicial;
esto es, que el juez, el abogado o cualesquier otros funcionarios
no sean objeto de identificación más allá de lo que su función o
investidura significan.Aequitas
De ciertas semejanzas y de ciertas diferencias
entre jueces y abogados
Tanto impartidores de justicia como postulantes poseen características similares y se distinguen por otras, algunas positivas y
otras, por qué no decirlo, negativas.
En primer lugar, según Calamandrei, el abogado se distingue
por la experiencia, en la que el juez “supera” al abogado, quien es
joven y efervescente, mientras aquel se encuentra provisto de la
mesura que otorga la edad. El abogado, joven, por su propia energía es el encargado idóneo de atacar o defender, en tanto el juzgador con su experiencia adquirida por los años, se coloca en posición para dirimir las controversias.
Es por ello, según el autor del libro a que se refiere este trabajo,
que mientras un abogado nace, el juez se hace.
Consecuentemente, se puede afirmar que el abogado y el juez,
en algún momento, estuvieron en la misma circunstancia, pues
parten del mismo origen. No obstante esta similitud, es innegable que también existen sus diferencias; a saber, la característica
buscada en el abogado es la energía y decisión para establecer una
postura y resistir las contradicciones de la contraparte; por otro
lado, en un juzgador se desea la virtud de la imparcialidad, en la
búsqueda del equilibrio. Que estos personajes invirtieran sus virtudes indudablemente llevaría a un colapso del sistema de impartición de justicia.
Sin embargo, el hecho de que abogado y juez provengan de una
misma raíz, no debe significar una confusión entre ambas investiduras. Aunque las funciones de ambos personajes se desenvuelvan en un mismo escenario, estas son distintas y complementarias
para que untribunal pueda ser unrecinto donde, efectivamente, se
pueda impartir justicia.Aequitas
De la denominada oratoria forense
La oratoria forense se puede entender como la forma de expresar
las ideas, argumentos y alegatos en una controversia jurisdiccional, y la cual obedece a tendencias imperantes en un determinado
tiempo y espacio.
Y la oratoria, en la actualidad cobra especial relevancia, debido
a que el camino indefectiblemente lleva a la predominancia de la
oralidad en los procedimientos jurisdiccionales, como hasta ahora
en las materias penal, mercantil y, además,familiar.
En consonancia con Calamandrei, el estudio jurídico es la vía
correcta para agilizar el pensamiento; la frescura de las ideas y la
presencia superficial de estas las hace más accesibles al abogado,
quien deberá expresarlas con la mayor elocuencia posible y prestando especial atención a la esencia del argumento, la convicción
que pretende crear en el juez, aplicando para ello, cierto “maqui-
llaje”.
De cierta inmovilidad de los jueces en la audiencia pública
La denominada inmovilidad de los jueces en la audiencia pública
se considera evidentemente incorrecta o inadecuada, ya que esto
propicia un letargo del juzgador en su recinto laboral.
Hay formas de graduar el tono de voz y manejo de palabras que
se estimen clave para atraer la atención de los juzgadores y guiarlos, en consecuencia. Sin embargo, la resolución de esto no es una
carga obligatoria para los abogados.
Aún en el supuesto de que eso acontezca, solo el juez debe ser
considerado responsable, pues es eltitular de la experiencia, como
ya se ha aseverado antes.
De ciertas relaciones entre los abogados y la verdad, o bien de la
obligada parcialidad del defensor:
A diferencia de los jueces, los abogados indudablemente deben ser
parciales. Esto así, en virtud de que, para que pueda existir unaAequitas
sentencia que se considere justa, esta debe resultar de la ponderación de posturas divergentes que coloquen al juez en un contexto
similar a la realidad de los hechos que generan la controversia. A
contrario sensu, resolver un litigio atendiendo a una sola postura, cargaría con parcialidad al juez, invirtiendo así las virtudes que
este debe poseer y funcionando a favor de las pretensiones de una
de las partes.
Consecuentemente, el postulante, bajo ninguna circunstancia
debe revestir imparcialidad en un proceso judicial, ya que esta característica, colocada en una balanza, no serviría de contrapeso a
la postura de la parte contraria, generando así un claro desequilibrio que el juez difícilmente podría subsanar.
En dicho orden de ideas, el único que está obligado a ser imparcial en su proceder solo puede ser el juez; de lo contrario, los
litigios ya no constituirían un verdadero conflicto de intereses.
De ciertas aberraciones de los clientes, que los
jueces deben recordar en disculpa de los abogados
En este apartado se aborda un tema un tanto controversial. Tomando en cuenta que los clientes (representados) en un proceso
judicial son el alma del mismo, estos impulsan el quehacer del
postulante, ya que sin ellos, realmente no habría intereses que tutelar ni por los cuales velar.
En este entendido, el cliente tiene o debe tener ciertas precauciones al momento de elegir a su representante (abogado). Como
afirmaCalamandrei, los litigantes buscan características divergentes a las que los jueces ven en un abogado que se podría considerar
ideal. Esto así, ya que un abogado útil es el que contribuye
...