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Elogio De Los Jueces


Enviado por   •  24 de Marzo de 2013  •  3.277 Palabras (14 Páginas)  •  741 Visitas

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Para lograr este objetivo, se abordará particularmente cada capítulo de la obra de Piero Calamandrei, realizando algunas consideraciones particulares e intentando cotejar las situaciones planteadas con la realidad imperante en nuestro contexto.

De la fe en los jueces, primer requisito del abogado

La justicia no es un fenómeno que aparece naturalmente, sino que

hay que perseguirla cuando las situaciones concretas lo ameriten.

Poco hace por ello el abogado que se presenta en un tribunal con

el afán de “resolver” controversias, pero no a través de la técnica

jurídica, sino de argucias y corrupción, buscando sufragar solo los

intereses particulares y de su representado, independientemente

que le asista o no la razón.

En contraposición al oscuro personaje del que se hace refiere

en el párrafo anterior, también rondan por los tribunales, los que

el autor conoce como príncipes del foro, que son aquellos postulantes con técnica depurada, honestidad, elocuencia y una trayectoria y reputación merecidas en el ámbito en que se desenvuelven. Las anteriores virtudes, indefectiblemente deberán impeler

al juez a impartir una verdadera justicia, con la guía de la verdad

expuesta claramente por este abogado, por este príncipe del foro.

No obstante, es cardinal aceptar que existen impartidores de

justicia que, antes que superponerla ante cualquier circunstancia,

atienden a los intereses particulares sobre el asunto a resolver y

entonces resulta intrascendente que el conflicto sea dirimido por

alguien carente de capacidad con tal de que, por lo menos, lo realice con imparcialidad, incluso, mediante el simple lanzamiento

de unos dados.

Bien cabe resaltar que los funcionarios judiciales están obligados a buscar primordialmente la verdad material y resolver el caso

de mérito conforme al conocimiento obtenido en el proceso; esto

es, la sentencia debe ajustarse a la realidad y no viceversa. Así,

en un sentido figurado, se podría decir que el juez se convierte en

la encarnación del Derecho, dada la naturaleza de la encomiendaAequitas

que se le asigna. Entonces, sin un juez que comunique los principios y postulados del Derecho, este se convierte en letra muerta,

en una institución inerte.

De laurbanidad(ode ladiscreción) enlos jueces

Los tribunales, según el autor de esta obra —y acertadamente—,

la urbanidad o la discreción no son ajenas al quehacer de un tribunal. La circunstancia de que el juzgador tenga desaciertos, ya

sea en fundamento o motivación de sus resoluciones, no implica

indefectiblemente que se hará acreedor a interminables embates,

en tanto que estos yerros no son resultado del dolo o la corrupción; sin embargo, sí se ha llevado a cabo esta práctica deplorable, independientemente de los motivos.

Al contrario, existen formas para encauzar la actividad desarrollada por las autoridades judiciales. El puro señalamiento y

tendencia a corrección, según Calamandrei, no es más que un

ataque a la investidura que no puede ser tolerado.

Así, pues, la guía del juez debe ser discreta, mostrarle el camino para que este arribe a la conclusión deseada por sus propios

medios, siguiendo los elementos concretos de la acción, los me-

dios probatorios tendientes a acreditarlos y, al final, llegando a

una conclusión generada por su propia convicción.

Sin embargo, esta regla de urbanidad no es unilateral, sino que

también el juez debe respeto al abogado, ya que este tutela —en

un contexto ideal— la justicia desde su propia trinchera; por el

solo hecho de serlo. El autor sugiere, entonces, una despersonalización de los personajes envueltos en la controversia judicial;

esto es, que el juez, el abogado o cualesquier otros funcionarios

no sean objeto de identificación más allá de lo que su función o

investidura significan.Aequitas

De ciertas semejanzas y de ciertas diferencias

entre jueces y abogados

Tanto impartidores de justicia como postulantes poseen características similares y se distinguen por otras, algunas positivas y

otras, por qué no decirlo, negativas.

En primer lugar, según Calamandrei, el abogado se distingue

por la experiencia, en la que el juez “supera” al abogado, quien es

joven y efervescente, mientras aquel se encuentra provisto de la

mesura que otorga la edad. El abogado, joven, por su propia energía es el encargado idóneo de atacar o defender, en tanto el juzgador con su experiencia adquirida por los años, se coloca en posición para dirimir las controversias.

Es por ello, según el autor del libro a que se refiere este trabajo,

que mientras un abogado nace, el juez se hace.

Consecuentemente, se puede afirmar que el abogado y el juez,

en algún momento, estuvieron en la misma circunstancia, pues

parten del mismo origen. No obstante esta similitud, es innegable que también existen sus diferencias; a saber, la característica

buscada

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