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Empresas individuales de responsabilidad limitada (e.i.r.l)


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2011  •  Monografías  •  1.578 Palabras (7 Páginas)  •  8.519 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La E.I.R.L. es creada para atender el entorno social y empresarial que busca la responsabilidad en los negocios, es una forma de organización cuyo régimen jurídico lo norma el Decreto ley 21621, junto con ella existen otras Sociedades buscando hacer empresas comerciales, extractivas, pesqueras, dando trabajo a más personas y proyectando un futuro.

Su campo de acción es dedicarse a las actividades económicas en minoría de cantidades vendidas y la prestación de servicios o comercialización de bienes, cuyo titular o dueño siempre es persona natural, y los tributos que le asignan.

A continuación presento algunas definiciones, artículos, características, órganos de gobierno, de la E.I.R.L.

EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L)

DECRETO LEY Nº 21621. Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.

CONCEPTO DE E.I.R.L. (Art. 1º)

Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal, con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de Pequeña Empresa.

Artículo 2º.- El patrimonio de la Empresa

Está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye. El valor asignado a este patrimonio inicial constituye el capital de la Empresa.

Artículo 3º.- La responsabilidad de la Empresa

Está limitada a su patrimonio. El Titular de la Empresa no responde personalmente por las obligaciones de ésta, salvo lo dispuesto en el artículo 41º.

APORTES:

Capital Social: Se constituyen por los bienes que aporta el titular. Este capital social puede estar constituido por:

- Bienes dinerarios (efectivo)

- Bienes no dinerarios (máquinas, equipos, muebles, enseres, entre otros).

- Bienes mixtos (dinerarios y no dinerarios)

• Artículo 18º.- El patrimonio inicial de la Empresa se forma por los aportes de la persona natural que la constituye.

• Artículo 20º.- El aporte en dinero se hará mediante el depósito en un banco para ser acreditado en cuenta a nombre de la Empresa.

• Artículo 21º.- En los casos de aportes no dinerarios, deberá insertarse bajo responsabilidad del Notario un inventario detallado y valorizado de los mismos. La valorización se hará bajo declaración jurada del aportarte, de acuerdo con las normas que dicte sobre el particular la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV).

CARACTERÍSTICAS:

• La denominación. (Art. 7º de la Ley), que permita individualizarla, seguida de la indicación. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o las siglas EIRL.

• La EIRL tiene una duración indeterminada. (Art. 8º de la Ley)

• Objeto siempre será comercial. (Art. 8º de la Ley)

• Domicilio de la EIRL deberá ser dentro del territorio nacional. (Art. 10º de la Ley)

• El titular pude tener más de una EIRL. (Art. 5º de la Ley)

CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA:

La Escritura de Constitución debe de ser registrada. (Arts. 13º y 15º de la ley)

ESCRITURA PÚBLICA: Documento público otorgado por el Notario Público dando fe que ha presenciado la celebración de un acto jurídico, que deberá ser inscrito en el protocolo notarial.

La Empresa se constituirá por escritura pública otorgada en forma personal por quien la constituye y deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. La inscripción es la formalidad que otorga personalidad jurídica a la Empresa, considerándose el momento de la inscripción como el de inicio de las operaciones. (Artículo 13º)

CONTENIDO DE LA ESCRITURA PÚBLICA. (Art. 15º de la Ley)

• El nombre, nacionalidad, estado civil, nombre del cónyuge si fuera casado, y domicilio del otorgante;

• La voluntad del otorgante de constituir la empresa y de efectuar sus aportes.

• La denominación y domicilio de la empresa;

• El objeto de la empresa.

• El valor del patrimonio aportado en calidad de capital de la empresa;

• El régimen de los órganos de la empresa;

• El nombramiento del primer gerente o gerentes.

• Las otras condiciones lícitas que se establezcan.

ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA E.I.R.L.

ATRIBUCIONES DEL TITULAR. (Art. 39º de la Ley)

a) Aprobar o desaprobar las cuentas y el balance general de cada ejercicio económico.

b) Disponer la aplicación de los beneficios.

c) Resolver sobre la formación de reservas facultativas.

d) Designar y sustituir a los Gerentes y Acreedores.

e) Disponer investigaciones, auditorías y balances.

f) Modificar la Escritura de Constitución de la Empresa.

g) Modificar la denominación, el objeto y el domicilio de la Empresa.

h) Aumentar o disminuir el capital.

i) Transformar, fusionar, disolver y liquidar la Empresa.

j) Decidir sobre los demás asuntos que requiera el interés de la Empresa o que la Ley determine.

RESPONSABILIDAD PERSONAL E ILIMITADA DEL TITULAR. (Art. 41º de la Ley)

a) Cuando la empresa no esté debidamente representada.

b) Si hubiere efectuado retiros que no responden a beneficios debidamente comprobados.

c) Si producida la pérdida del cincuenta por ciento (50%) o más del capital no

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