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Es de la competencia del Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria


Enviado por   •  10 de Enero de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.940 Palabras (8 Páginas)  •  253 Visitas

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      Es de la competencia del Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, la educación en el nivel universitario y los subsistemas contenidos en ésta; las políticas en materia de Ciencia, Tecnología, Innovación y sus aplicaciones; el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, las telecomunicaciones, las tecnologías de información y su desarrollo; los servicios postales; y la red de telecomunicaciones del Estado.

  1.   CNU: El Consejo Nacional de Universidades (CNU) es, en Venezuela, el organismo rector del sistema de educación superior y está adscrito al Ministerio de Educación Superior.
  2. OPSU: Una oficina técnica auxiliar del Consejo Nacional de Universidades, que se encarga de instrumentar las políticas y estrategias para la educación superior señaladas en los planes de la nación. Creada a raíz de la reforma parcial que sufriera la Ley de Universidades en septiembre de 1970.
  3. Núcleo: La estructura funcional, educativa, artística y administrativa que da forma a El Sistema es el núcleo. Allí se llevan a cabo todos los programas orquestales y corales de la Fundación Musical Simón Bolívar, lo que los convierte en centros de enseñanza que, en muchos casos, funcionan como centros de promoción de las actividades educativas, artísticas y culturales de las comunidades. Los núcleos varían en tamaño y complejidad y están ubicados en todos los estados del país.
  4. CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL DE POSTGRADO (CCNPG): Aspira, el CCNPG, ser reconocido en el CNU, la Comunidad Universitaria y la Sociedad por su contribución al mejoramiento de los estudios de postgrado materializada en una oferta nacional de programas pertinentes y relevantes, la consolidación del sistema nacional de postgrado, el cumplimiento de criterios mínimos y comparables a niveles internacionales para su creación y acreditación, elementos que a su vez, pueden permitir asociar su acción al proceso de financiamiento de estas actividades y al proceso de selección de programas por los interesados.
  5. Universidad Autónoma: Se entiende por Universidad Autónoma aquella que es independiente del control de otros entes, en particular del Estado.
  6. Universidad privada: un centro privado de educación superior es una universidad que no es operada por un gobierno, por lo que sólo en algunos casos puede recibir fondos de él.
  7. La Universidad Experimental: Se trata de una nueva fase que continúa, diversifica y reconfigura el trabajo iniciado en el año 2006 a partir de la creación de la cátedra experimental sobre producción de subjetividad.

  1.  El Despacho del Viceministro o Viceministra de Participación y Apoyo Académico: es la instancia responsable de la planificación, coordinación, dirección, control y supervisión de planes, programas y proyectos dirigidos a facilitar la educación integral de los y las estudiantes.
  2.  Colegios Universitarios: Son instituciones de Educación Superior destinadas a la formación profesional en carreras de corta duración, para incorporarse al mercado de trabajo o permitirle continuar sus estudios a niveles más avanzados en otras instituciones de Educación Superior. Otorga el título de Técnico Superior en la especialidad correspondiente.
  3. Los Institutos y Colegios Universitarios son establecimientos especializados en una o dos áreas del conocimiento o en un tipo de programas
  4. Institutos Universitarios de Tecnología: Son instituciones de Educación Superior con esquemas de conocimiento prácticos en sus planes de estudios que preparan Técnicos Superiores en carreras cortas y en áreas prioritarias para ser incorporados en breve plazo al desarrollo industrial del país. Estos institutos ofrecen carreras terminales de dos y medio a tres años de duración.
  5. Institutos Politécnicos: son instituciones de Educación Superior que desarrollan programas teórico-prácticos en el campo de la Ingeniería. Los planes de estudio tienen una duración, estructuras y requisitos similares a los de las Facultades de Ingeniería de las Universidades, otorgan el título de Ingeniero o T.S.U., en la especialidad correspondiente.
  6. Instituto Pedagógico: Es una institución de Educación Superior destinada a la formación del personal docente para los niveles de Educación Preescolar, Básica, Media Diversificada y/o Profesional. Otorga el título de profesor en la especialidad correspondiente.
  7. institutos Universitarios Eclesiásticos: Son instituciones de formación eclesiástica con rango universitario, creadas para capacitar al individuo para la acción religiosa con proyección en la vida social.
  8. Institutos Militares Universitarios: Estas instituciones de gran tradición en la historia del país, están destinadas a preparar, con vocación y aptitudes militares, Oficiales del Ejército.

Para determinar la demanda de cupos para la educación universitaria se constituirá un Registro Único de Preinscripción Nacional, llevado por la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU). Será obligatoria la inscripción en este registro para todo aspirante que desee ingresar o reincorporarse en la educación universitaria.  

Los Ministerios del Poder Popular para la Educación y para la Educación Superior, trabajarán de manera conjunta a los fines de establecer las bases de datos con información de los aspirantes que en un futuro ingresarán a la educación universitaria, aportando datos que permitan la caracterización del estudiante, tales como: ingreso familiar, si posee alguna discapacidad, tipo de plantel donde estudia o estudió, municipio o parroquia, programas de formación en los que está interesado, si es o no indígena, si está privado de libertad, si es deportista o artista, entre otras. Los nuevos bachilleres o técnicos medios actualizarían sus datos indicando las carreras o programas nacionales a los cuales desean incorporarse. Estos datos constituirán la base del Registro Único de Preinscripción Nacional, el cual se actualizará con cada proceso de asignación.

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